Tramitación de la modificación de la Ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Barcelona

La  vigente Ordenanza de terrazas, aprobada por el Plenario del Consejo Municipal el 20 de diciembre de 2013, prevé como uno de sus objetivos favorecer el equilibrio entre los usos de las terrazas y los usos colectivos del espacio público, garantizando por una parte la calidad de los espacios para ciudadanía y vecindad y la convivencia ciudadana y, por otro, el apoyo y promoción de la actividad económica de los sectores de restauración y asimilados.

Dadas las disfunciones detectadas en la aplicación de la ordenanza, como por ejemplo la falta de flexibilidad para adaptarla al territorio, y la disconformidad de los agentes afectados, mediante acuerdo del Pleno del Consejo Municipal de 24 de julio 2015, concretado en la  Medida de Gobierno de impulso a la modificación de la Ordenanza de terrazas, se decidió iniciar un proceso para aprobar una modificación de la Ordenanza de terrazas que la haga más comprensible y aplicable y la adapte a las necesidades reales del vecindario, los restauradores y el territorio.

Consulta pública previa

De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se lleva a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto de modificación de la ordenanza, para recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.

La ciudadanía y las organizaciones que lo consideren adecuado, pueden remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 19 de diciembre de 2017 y el 9 de enero de 2018. Cerrado este plazo, se ha realizado una valoración de las aportaciones recibidas.

Proyecto normativo de modificación de la Ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Barcelona

La modificación de la Ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Barcelona es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, de conformidad con los artículos 16 a) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.

Después de que la Comisión de Gobierno aprueba el proyecto normativo, los grupos municipales que no han presentado el proyecto o no han dado su conformidad disponen de un plazo de quince para presentar enmiendas.

Aprobación inicial del proyecto de modificación de la Ordenanza de terrazas

El proyecto de modificación de la Ordenanza de terrazas fue aprobado inicialmente por la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad, en su sesión celebrada el día 1 de febrero de 2018.

Información pública

La Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad, en su sesión celebrada el día 1 de febrero de 2018, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Barcelona y someterla a información pública durante un período de 30 días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Reglamento Orgánico Municipal.

El expediente estará expuesto al público para su consulta del 9 de febrero de 2018 hasta el 22 de marzo de 2018, período durante el cual se podrán formular alegaciones.

Proceso de participación ciudadana

De acuerdo con las previsiones del Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona, se estableció un proceso participativo sobre la reforma de la Ordenanza de terrazas, para promover el debate entre los colectivos implicados y facilitar que todas las partes interesadas dieran a conocer sus planteamientos. Para hacer posible la participación activa de toda la ciudadanía en el proceso, también se abrió un espacio en la plataforma Decidim.barcelona para permitir hacer aportaciones a la propuesta aprobada inicialmente.

Aprobación definitiva

Incorporadas, en su caso, las alegaciones, sugerencias y enmiendas de los grupos municipales presentadas durante el periodo de información pública, la Comisión dictaminó la propuesta de aprobación definitiva y la ordenanza se sometió al Plenario del Consejo Municipal para su aprobación definitiva.