Servicio de Asistencia Personal de Barcelona (SAP-BCN)
El servicio facilita un asistente o asistenta personal a personas con discapacidad y en situación de dependencia para realizar las actividades de la vida diaria y de inclusión en la comunidad.
El objetivo es promover el derecho a la vida independiente y la inclusión en la comunidad, tal como reconoce la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas.
La persona usuaria es la responsable de seleccionar al asistente personal que le realizará el servicio, y de decidir para qué actividades necesita ayuda, cuándo y cómo las quiere hacer.
¿Quién puede solicitar el servicio?
Pueden solicitar el servicio las personas de cualquier edad que cumplan los siguientes requisitos:
- Vivir en Barcelona de manera ininterrumpida por un mínimo de un año.
- Tener reconocimiento de grado de discapacidad, mínimo del 33 %.
- Tener reconocimiento del grado de dependencia (I, II o III).
En el momento de pedir el servicio hay que tener los reconocimientos de grado o el comprobante de haber realizado las solicitudes.
¿Cómo puedes pedir el servicio?
Podéis descargar la solicitud, rellenarla a mano, firmarla y presentarla:
- Presencialmente al Servicio de Atención al Público del Instituto Municipal de Personas con Discapacidad (IMPD), solicitando cita previa.
- O telemáticamente, a través del correo electrónico sap@bcn.cat.
También podéis rellenar directamente la solicitud (versión accesible), imprimirla, firmarla y presentarla a través de las mismas vías.
Si quieres solicitar más información sobre el servicio, puedes contactar con el Servicio de Atención al Público del IMPD enviando un correo electrónico a sap@bcn.cat o llamando al teléfono 934 132 775 (de lunes a viernes, de 9.30 a 13.30 horas).
Una vez recibida su solicitud, una persona de nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para concertar una entrevista. Revisaremos los documentos que nos has entregado y analizaremos tu situación mediante un cuestionario que deberás completar. Más adelante te informaremos de tu posición en la lista de espera.
¿Qué hay que saber del servicio?
Cuando recibas el Servicio de Asistencia Personal, deberás solicitar la prestación por asistente personal de la Ley de dependencia (LAPAD) de la Generalitat de Catalunya. Puedes solicitarla en tu Centro de Servicios Sociales.
La ayuda económica que recibirás cubrirá una parte del coste del servicio de asistente personal que se te ha otorgado. El resto del coste lo asumirá el IMPD en función de los criterios establecidos.
Con el apoyo del Departamento de Derechos Sociales.