Cuando compartas la calzada con otros vehículos, debes hacerlo preferentemente por los carriles más próximos a las aceras. Puedes ocupar la parte central. Indica con antelación las maniobras de adelantamiento o cambio de dirección. Respeta los semáforos, la señalización y los pasos de peatones. Recuerda que conduces un vehículo más.
No puedes circular por el carril bus si no está expresamente permitido y señalizado.
Del mismo modo que los usuarios de la bicicleta deben ceñirse a unas normas por respeto a los demás usuarios, los conductores de vehículos de motor tienen que respetar a los ciclistas. Así, los vehículos de motor:
- Cuando adelanten a un ciclista, tienen que hacerlo ocupando el otro carril de circulación contiguo en el mismo sentido de la marcha y respetar una distancia de seguridad lateral mínima de 1,5 metros.
- Deben mantener, circulando por detrás, una distancia de seguridad respecto de la bicicleta de, como mínimo, 3 metros. No pueden circular, parar ni estacionar en los carriles bici, vías ciclistas y zonas de reserva de estacionamiento de bicicletas.
- No pueden hacer maniobras que impliquen poner en peligro la integridad del ciclista.
- No pueden realizar maniobras de acoso que, al no respetar las distancias de seguridad, hacer luces o utilizar el claxon, constituyan un intento de modificar la trayectoria o marcha dentro del carril o impliquen un riesgo para la seguridad del conductor.
- La circulación por el carril bici da prioridad de paso a las bicicletas con respecto a los vehículos de motor y también cuando los vehículos de motor realicen, en las calzadas, maniobras de giro a derecha e izquierda y corten el sentido de la marcha del ciclista. En algunas intersecciones, la alfombra roja marca esta preferencia de paso.
Es muy importante recordar que los peatones son los usuarios más vulnerables y, por este motivo, cuando haya peatones cerca, hay que extremar la precaución en la conducción.
- Bicis por las aceras En general, la circulación por la acera no está permitida. No obstante, cuando no haya zona habilitada (carril bici o calle bici zona 30), se puede circular excepcionalmente por esta si se cumplen las siguientes condiciones:
- Aceras de más de 4,75 metros (5 metros a partir de enero de 2019) con 3 metros de espacio libre.
- Circulación de noche (entre las 22.00 y 7.00 horas) por aceras de más de 4,75 metros y 3 metros de espacio libre.
- Menores de 12 años y acompañantes.
Las bicicletas podrán circular en ambos sentidos de la marcha en calles de peatones, calles residenciales de 20 km/h de velocidad máxima o cuando tengan plataforma única, excepto que exista señalización específica que lo prohíba.
En general, la circulación por la acera no está permitida. No obstante, cuando no haya zona habilitada (carril bici o calle bici zona 30), se podrá circular excepcionalmente si se cumplen las siguientes condiciones:
- Aceras de más de 5 metros con 3 metros de espacio libre.
- Circulación de noche (entre les 22.00 i 7.00 horas) por aceras de más de 4,75 metros y 3 metros de espacio libre.
- Menores de 12 años y acompañantes.
Si en la via per la que se circula hay carril bici habilitado esta prohibido circular en bicicleta per la acera.