Bodas civiles
Para contraer un matrimonio civil, la autoridad competente en el Ayuntamiento de Barcelona es el alcalde o alcaldesa, que, al mismo tiempo, delega esta función en los concejales y las concejalas.
La ceremonia tiene lugar en la sede del Distrito, plaza del Bonsuccés, 3, tercera planta, en la sala Ernest Lluch, que tiene un aforo para cien personas y que está adaptada para personas con movilidad reducida. El tiempo aproximado de la ceremonia es de quince a treinta minutos.
¿Qué días se celebran las bodas?
Las bodas se celebran un día al mes, el primer viernes, de 17.00 a 19.00 horas, excepto el mes de agosto, que no se celebran.
Hay una previsión de fechas en este calendario, solo a efectos de consulta.
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En primer lugar, hay que iniciar el expediente de matrimonio civil. Este documento se expide únicamente en el Registro Civil de la ciudad donde está empadronado uno o los dos miembros de la pareja.
En segundo lugar, hay que solicitar la fecha de celebración de la boda civil. Los trámites se pueden hacer por internet, y también presencialmente, con cita previa, en las oficinas de atención ciudadana.
En breve recibiréis la respuesta de la disponibilidad, según el calendario de reservas del Distrito. Para poder hacer la reserva, es imprescindible presentar toda la documentación solicitada.
Una vez hecho el trámite, nos pondremos en contacto con vosotros para concretar día y hora para una reunión y entrevista por teléfono o correo electrónico, y os facilitaremos más información de la organización de la ceremonia.
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La sala está en la sede del Distrito de Ciutat Vella, en un antiguo convento barroco construido entre 1626 y 1635, y que actualmente está protegido como bien cultural de interés local. La sala se encuentra en la tercera planta. Es una sala grande y luminosa, con un gran número de ventanas arqueadas por la parte superior que aportan mucha luz. La gran altura del techo, sostenido por enormes vigas de madera, da una impresión de amplitud y mantiene el espíritu antiguo del edificio, y convierte la sala en un lugar idóneo para las bodas.
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La sala estará debidamente adornada con flores. Se hace responsable de ello el propio Distrito.
Sin embargo, los contrayentes pueden solicitar, a su cargo, una decoración floral concreta. Los contrayentes son entonces responsables de la colocación y retirada de la decoración floral, de modo que no condicione la celebración de las otras bodas que se celebren el mismo día.
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La sala está dotada con equipos de megafonía y de reproducción de música de libre uso por parte de la pareja contrayente (sin coste). El Distrito dispone de diferentes piezas musicales preestablecidas. En caso de que los contrayentes quieran alguna música concreta, tendrán que hacerla llegar en formato MP3 en un lápiz USB la semana antes del día de la boda.
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El Distrito no dispone de servicio de fotografía o vídeo. Si los contrayentes quieren este servicio, deberán gestionarlo y asumir el coste.
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Durante la ceremonia, solo está permitido el estacionamiento del coche de los novios en la puerta de la sede del Distrito. Para el resto de los invitados, recomendamos que se informen sobre los aparcamientos y el transporte público existente en la zona.