Fase 0 avanzada: guía práctica de medidas para locales comerciales y establecimientos de restauración

18/05/2020 - 12:49 h

DESCONFINAMIENTO. El lunes 18 de mayo, Barcelona empieza la fase 0 avanzada del desconfinamiento. La medida permite, entre otras acciones, la apertura de los comercios de menos de 400 metros cuadrados sin necesidad de cita previa, pero limitando su aforo a un 30 %.

A partir de este lunes, 18 de mayo, los comercios y locales de servicio de menos de 400 metros cuadrados de Barcelona pueden abrir sin necesidad de habilitar un sistema de cita previa. Es una de las novedades que conlleva la entrada de la ciudad en la nueva fase 0 avanzada, que también contempla la reapertura de comercios de más de 400 metros cuadrados de superficie útil de venta y exposición, siempre que limite su espacio a menos de 400 metros cuadrados. En todos los casos, el nuevo estadio de la desescalada implica la limitación del aforo de los locales comerciales a un 30 % de su capacidad.

La entrada en vigor de la fase 0 avanzada incluye varias acciones y medidas dirigidas al tejido comercial de proximidad que modifican algunas de las acciones decretadas el pasado 4 de mayo, durante la fase 0. Con el objetivo de seguir avanzando hacia el retorno a la nueva normalidad, el gobierno español ha aceptado la propuesta presentada conjuntamente por el Ayuntamiento de Barcelona y el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya que solicitaba poder avanzar a la ciudad a una fase intermedia entre la 0 y la 1. Tal y como publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), Barcelona está dentro de la fase 0 avanzada desde este 18 de mayo. Esto implica una serie de medidas pensadas para seguirse aplicando en tiendas y locales de la ciudad. Podéis consultar un resumen de las medidas en formato visual aquí.

¿Qué comercios pueden abrir durante la fase 0 avanzada?

Los criterios son similares a los que ya se aplicaban durante la fase 0, pero con nuevos matices. En primer lugar, a partir del 18 de mayo, pueden seguir abriendo al público todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados de superficie que tuvieron que cerrar el pasado 14 de marzo a raíz de la publicación del Real decreto 463/2020, que declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por la COVID-19. Esta medida no ha variado respecto a la fase 0.

Como novedad, también pueden abrir los establecimientos y locales comerciales que tengan más de 400 metros cuadrados de superficie, si limitan su espacio de venta al público y de exposición a menos de 400 metros cuadrados y si tienen un acceso directo e independiente desde la vía pública. Del mismo modo, pueden seguir abiertos los establecimientos considerados de primera necesidad y que ya tenían la persiana levantada durante la fase dura del confinamiento.

La fase 0 avanzada también permite la apertura de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería o viveros de plantas, siempre que apliquen un sistema de cita previa, independientemente de cuál sea su superficie útil de exposición y venta. Además, las administraciones de lotería también pueden reanudar su actividad, excepto las que se encuentren dentro de un centro comercial.

Ahora bien, igual que pasaba en la fase 0, todavía no pueden levantar la persiana los comercios y servicios que formen parte de un centro comercial, a excepción de aquellos que cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior.

¿Qué requisitos deben cumplirse para abrir durante la fase 0 avanzada?

Los comercios de Barcelona que reabran al público deben cumplir una serie de medidas, detalladas en el BOE por el Gobierno español. Una de las principales novedades es que ya no es necesario que el comercio atienda a la ciudadanía con un sistema de citas previas. Aun así, debe reducirse a un 30 % el aforo del local para garantizar una distancia mínima de 2 metros entre los clientes. Si eso no fuera posible, se deberá regular la entrada al establecimiento para que solo haya un cliente dentro del establecimiento. En el caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30 % se tendrá en cuenta planta por planta.

Durante la fase 0 avanzada, se sigue permitiendo que los establecimientos abiertos puedan poner en marcha sistemas de recogida de productos en el propio local. Sin embargo, la tienda debe garantizar las entregas de una forma escalonada para evitar aglomeraciones en el interior del local y en los accesos. Igual que sucedía con la fase 0, tampoco se permite crear ni utilizar ningún tipo de zona de espera en el interior del establecimiento.

Las tiendas también deben tener un horario de atención preferente para personas mayores de 65 años, que tiene que coincidir con las franjas horarias de este colectivo para dar paseos y practicar actividad física: de diez a doce de la mañana y de siete a ocho de la tarde.

Además, hay que tener en cuenta que, si se realizan acciones comerciales o de promoción, deben tomarse medidas para evitar las aglomeraciones.

Concretamente, ¿qué dice la fase 0 avanzada sobre la regulación de los aforos?

Como ya hemos explicado, la entrada en la fase 0 avanzada conlleva la necesidad de reducir a un 30 % el aforo de los locales comerciales y de servicios para garantizar en todo momento una distancia mínima de 2 metros entre los clientes. Si eso no fuera posible, se deberá regular la entrada al establecimiento para que solo haya un cliente por establecimiento. En el caso de que el establecimiento tenga dos plantas o más, el aforo del 30 % se tendrá en cuenta planta por planta.

En esta fase, es obligatorio indicar el aforo máximo del local y asegurar su cumplimiento en todo momento. También es obligatorio establecer sistemas de recuento y control del aforo, de forma que no se supere en ningún momento, incluyendo al personal del establecimiento. Asimismo, en cuanto a la circulación de personas dentro del local y la distribución de espacios, se modificarán con el objetivo de garantizar las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.

En el caso de los establecimientos comerciales que cuenten con aparcamiento propio para empleados y clientes, si el acceso a las instalaciones no se puede regular de manera automática y sin contacto, se deberá aplicar un control manual y continuado por parte del personal de seguridad.

¿Qué medidas de higiene deben aplicar los comercios?

El comercio de proximidad tiene la obligación de aplicar varias medidas de carácter higiénico para garantizar la seguridad sanitaria de sus clientes y de su personal. En primer lugar, deben realizar tareas de limpieza y desinfección global de las instalaciones al menos dos veces al día.

Además, la tienda debe prestar especial atención a las superficies de contacto más frecuentes para asegurar constantemente su desinfección, por ejemplo, los pomos de las puertas, los mostradores, los muebles del local, los pasamanos, los dispensadores, el suelo, los teléfonos, las perchas, los carros o las cestas, los grifos y otros elementos similares.

Una de las labores de limpieza se tiene que realizar obligatoriamente al finalizar el horario de apertura al público. Para llevar a cabo las distintas desinfecciones, se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía con cantidades 1:50 o cualquiera de los desinfectantes comercializados y autorizados por el Ministerio de Sanidad que tengan un efecto viricida. Después de cada desinfección, el material que se haya utilizado se tiene que eliminar de forma segura y, posteriormente, hay que lavarse las manos.

Con el fin de facilitar las tareas de limpieza, el BOE especifica que se podrá hacer una pausa a lo largo de la jornada —preferiblemente al mediodía— para realizar las tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. El nuevo horario deberá estar especificado en un lugar visible.

Si el establecimiento comercial tiene más de una persona trabajadora atendiendo al público, las medidas de limpieza también se tendrán que aplicar en las zonas privadas del personal como los vestuarios, las taquillas, los servicios, las cocinas y las áreas de descanso. Además, los uniformes y la ropa de trabajo se tienen que lavar a entre 60 y 90 grados y se tienen que ventilar correctamente los locales.

Con respecto al uso de los servicios, solo pueden ser utilizados por el personal y no por la clientela. En caso de que en una situación extraordinaria se tenga que utilizar, el servicio debe desinfectarse después de su uso. Las papeleras deben tener un soporte de activación por pedal y tienen que limpiarse frecuentemente: al menos una vez al día.

Además, con respecto a los establecimientos comerciales que tengan ascensores o montacargas, se debe limitar su uso al mínimo imprescindible, estableciendo una ocupación máxima de una persona (excepto si se puede garantizar una separación de 2 metros; o para aquellas personas que precisen asistencia).

¿Qué medidas de prevención de riesgo tienen que aplicar los comercios para proteger a su personal?

En primer lugar, el BOE recuerda que, tal y como sucedía durante la fase 0, no pueden incorporarse a sus puestos de trabajo aquellas personas que se encuentren en aislamiento domiciliario por haber sido diagnosticadas con COVID-19 o que tengan alguno de los síntomas compatibles. Quienes no hayan tenido síntomas pero estén en cuarentena por haber tenido contacto con una persona con indicios o diagnóstico de COVID-19 tampoco pueden reincorporarse.

La persona titular del negocio debe asegurarse de que todo el personal cuente con equipos de protección individual adecuados para sus tareas y proporcionarles geles hidroalcohólicos o agua y jabón. Si no se puede garantizar la distancia de 2 metros durante la jornada, hay que facilitarles obligatoriamente mascarillas e información sobre el correcto uso de los equipos de protección.

El fichaje mediante huella digital se tiene que sustituir por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas. En caso de que no sea posible, hay que desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso.

La disposición de los puestos de trabajo y la organización de los turnos tiene que adaptarse para garantizar siempre la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal mínima de 2 metros entre trabajadores. La responsabilidad recae sobre el titular de la actividad económica o la persona en quien se deleguen estas funciones. La distancia de seguridad también se tendrá que cumplir en los vestuarios, en las zonas de taquillas y en los servicios del personal.

¿Qué medidas de protección debe adoptar el comercio para proteger a los clientes?

Los comercios tienen que velar por que los clientes solo estén en el establecimiento el tiempo imprescindible para comprar o recibir el servicio. También hay que señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros entre clientes, con marcas en el suelo o carteles, por ejemplo.

Los establecimientos tienen que poner a disposición de la clientela dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad viricida autorizados por el Ministerio de Sanidad del Gobierno español. Se tienen que colocar en los accesos del local. Además, en los establecimientos que tengan zonas de autoservicio, tiene que ser el trabajador del comercio quien manipule los productos. Del mismo modo, no se pueden poner a disposición de los clientes productos de prueba.

Con respecto al comercio dedicado a la venta de prendas de ropa o similares, el establecimiento debe implementar medidas para que la ropa o los productos sean higienizados antes de facilitarse a los clientes. Los probadores los podrá utilizar una única persona y se tendrán que limpiar y desinfectar después de cada uso.

En el caso de la hostelería y la restauración, ¿qué efectos tiene la fase 0 avanzada?

La entrada de Barcelona en la fase 0 avanzada no comporta ningún cambio para la restauración. Así, siguen vigentes las condiciones que ya se aplicaban durante la fase 0. Pueden abrir solo para ofrecer servicios de entrega a domicilio o de recogida de pedidos, tomando el encargo previamente por teléfono, en línea o desde un vehículo. Para la recogida, se debe establecer una franja horaria para evitar aglomeraciones en torno al establecimiento. Hay que recordar que solo pueden abrir durante el horario de recogida de pedidos y que está prohibido permitir el consumo en el interior de los establecimientos.