División Territorial de Barcelona
Antecedentes
La necesidad de conocer la ciudad y las características de su territorio ya llevó, a finales del siglo XIX, a que la Administración municipal estableciera una división de distritos. Si nos remitimos a los Anuarios Estadísticos de Barcelona de principios del siglo XX, ya encontramos multitud de información por Distritos y por Barrios (“División en Distritos Municipales con carácter interino, aprobada por el Consistorio de 24 de abril de 1897, con motivo de la agregación a Barcelona de los pueblos del llano”).
División Territorial vigente
La actual división territorial de la Ciudad se aprobó en Consejo Plenario de 18-1-1984, después de las décadas de grandes transformaciones sociales y urbanísticas de los años 60 y 70, culminando un proceso de elaboración realizada por una comisión ciudadana en el cual participaron diferentes entidades e instituciones oficiales, además de profesionales expertos. Desde entonces la ciudad de Barcelona se encuentra dividida en diez Distritos Municipales.
La división territorial vigente en Barcelona es:
-
10 Distritos municipales
-
73 Barrios
-
233 Áreas Estadísticas Básicas (AEB)
-
1.068 Secciones Censales (SC)
La aprobación de la nueva división de 73 Barrios fue el 22 de diciembre de 2006 en el Plenario del Consejo Municipal, en el punto 21 del orden del día. La aprobación de la delimitación y la denominación de los Barrios se hizo al amparo del artículo 21 de la Carta Municipal de Barcelona y compromete a la reorganización/modificación de los reglamentos de organización y funcionamiento de los Distritos, así como a los trámites de actualización del seccionado de la Ciudad.
Las 233 Áreas Estadísticas Básicas (AEB) son una división con finalidad puramente estadística, muy útil para hacer estudios y con la misma función que la anterior zonificación de 248 zonas de búsqueda pequeña (ZRP).
Las 1.068 secciones censales (SC) vigentes están reguladas por los criterios de mantenimiento marcados a la Ley Orgánica 5/1985 sobre Régimen Electoral General (artículo 23.2, sobre la distribución de los electores de un municipio por secciones censales). Éste seccionado es variable en el tiempo dependiendo de los cambios de población. El actual seccionado rige desde el 1 de enero de 2014.
Puede consultar esta información en formato de datos abiertos por distritos, barrios, áreas estadísticas básicas y secciones censales.
Distritos
Los Distritos municipales son la unidad territorial mayor dentro del municipio de Barcelona. Tienen denominación oficial numérica y nominal.
Barrios
El año 2004 se inició el proyecto La Barcelona dels Barris con el objetivo de establecer una delimitación de la ciudad en Barrios significativos desde el punto de vista urbanístico y social, como marco territorial para el desarrollo de actuaciones urbanas y la dotación de ciertos niveles de equipamientos y servicios municipales (servicios de proximidad).
Criterios o condiciones para la delimitación de los 73 Barrios:
-
Delimitación interna en los Distritos, sin alteración de sus límites.
-
Identidad histórica y/o consolidada en la percepción ciudadana.
-
Importante grado de homogeneidad interna y de diferenciación de los otros desde los puntos de vista urbanístico y social.
-
No fragmentación de Barrios muy cohesionados y homogéneos, excepto cuando sus dimensiones lo hagan necesario.
-
Población comprendida entre 5.000 y 50.000 habitantes (con alguna excepción), con el fin de evitar diferencias excesivas entre ellos, y al mismo tiempo garantizar la viabilidad como espacios de convivencia y de prestación de ciertos servicios, dotaciones urbanas y equipamientos.
-
Extensión territorial similar
-
Previsión de nuevos crecimientos ya planeados.
Con el fin de identificar, delimitar y formalizar los Barrios de la Ciudad, el Ayuntamiento de Barcelona convocó una ponencia de 22 personas, entre las cuales había expertos (sociólogos, abogados, periodistas, geógrafos, urbanistas, profesores universitarios, economistas y arquitectos, entre otros), además de los representantes de grupos políticos, equipos directivos de los Distritos y técnicos municipales. También se abrió un tiempo de participación ciudadana, para que todo el mundo pudiera opinar, para que los agentes ciudadanos más representativos, especialmente las asociaciones de vecinos, manifestaran su opinión y demandas al respecto.
Al mismo tiempo que los 73 Barrios, también se crearon dos áreas de interés especial: Montjuïc y Zona Franca. Por sus características (poca población y gran superficie), reciben un tratamiento especial: para los datos estadísticos están incluidas dentro del barrio al cual pertenecen – Montjuïc dentro del Poble Sec y la Zona Franca dentro de la Marina del Prat Vermell; pero territorialmente se pueden desglosar y considerar independientemente.
Para denominar los Barrios se siguieron los criterios recomendados por el Institut d’Estudis Catalans. La denominación, al igual que la de los Distritos, es numérica y nominal.
Áreas Estadísticas Básicas (AEB)
Es el nivel territorial intermedio entre los Barrios y las secciones censales. En su elaboración se siguió la directriz de todo el sistema territorial: cada nivel territorial tiene que estar contenido en el inmediatamente superior. En la definición de estas zonas trabajó la Comisión de expertos que hizo una propuesta, que se mantuvo con algunas modificaciones.
Criterios o condiciones para la delimitación de las AEB:
-
Un número máximo de entre 200 y 250 zonas.
-
Finalidad puramente estadística. Muy útiles para hacer estudios, con la misma función que la anterior zonificación de 248 ZRP.
-
No romper islas.
-
Un mínimo de electores de 500, siguiendo también la Ley electoral.
-
Zonas uniformes dentro de los Distritos (población, urbanísticos y sociológicos)
La denominación es numérica, de la 1 a la 233.
Secciones censales
Las secciones censales están reguladas por los criterios de mantenimiento marcados a la Ley Orgánica 5/1985 sobre Régimen Electoral General (artículo 23.2, sobre la distribución de los electores de un municipio por secciones censales). Este seccionado es variable en el tiempo, dependiendo de los cambios de población. Desde el año 1991 las secciones censales han sufrido diversas modificaciones, vinculadas a las revisiones del Censo Electoral.
A efectos de 1 de enero de 2014 el seccionado censal de la ciudad de Barcelona se modificó para adaptarlo a los criterios de mantenimiento del seccionado marcados a la Ley.
También la aprobación de la delimitación de los 73 Barrios implicó la actualización del seccionado censal y padronal de la Ciudad. Con esta finalidad se creó la Comisión de Zonificaciones Estadísticas, con la función de:
-
Implementar en las bases de datos municipales las delimitaciones de los 73 Barrios y de las zonas estadísticas derivadas.
-
Definir el nuevo seccionado de la ciudad adaptado a los Barrios y las zonas estadísticas mencionadas.
-
Acordar con el INE el nuevo seccionado y obtener la aprobación.
-
Implementar el nuevo seccionado y la nueva división territorial en general en las bases de datos municipales.
La Comisión estaba formada por diferentes representantes y técnicos municipales del Instituto Municipal de Informática (Población, Cartografía), de Urbanismo, del Catastro del Instituto Municipal de Hacienda y del Gabinete Técnico de Programación y del Departamento de Estadística.
Otra de las razones para la modificación del seccionado fue la necesaria revisión de muchas de las secciones para hacer cumplir el criterio que marca la ley en cuanto al número de electores, y además, racionalizar el proceso de organización de las elecciones. La modificación del seccionado se hizo al amparo del artículo 24.1 de la Ley electoral que trata sobre los organismos que tienen competencia en la determinación de las secciones censales.
En el BOE de 11-4-1997 se publicó la Resolución de 9-4-1997 de la Presidenta del INE y del Director General de Cooperación Territorial por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre gestión y revisión del padrón; en ella, se especifican los criterios generales de las secciones censales y de las revisiones del seccionado dentro de cada término municipal.
Criterios o condiciones para la delimitación de las secciones censales:
-
Definir secciones las más homogéneas posibles, de formas regulares y con un número de electores aproximado de 1.000.
Finalmente se aprovechó para efectuar ajustes y corregir errores en los límites de algún distrito, que se habían visto modificados por obras de infraestructuras recientes o que incluían errores de delimitación puntuales.
La Alcaldía adoptó hacer la propuesta de resolución de proponer a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de Barcelona el nuevo seccionado y ordenó el cumplimiento con fecha 31 de diciembre de 2008. El acuerdo fue ratificado en el Consejo Plenario de abril de 2009 y ya empezó a aplicarse el año 2009 tanto en las estadísticas como en el ámbito electoral.
La denominación de las secciones censales es numérica: nº. Distrito nº. Sección censal; empezando en cada distrito la numeración de las secciones desde el número 1.
El 1 de enero de 2014 se modificó el seccionado censal, pasando de 1.061 a 1.068 secciones censales.
Barcelona y el entorno metropolitano
El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) se constituyó como administración pública el 21 de julio del 2011, de acuerdo con la Ley 31/2010 aprobada por el Parlament de Catalunya.
Desde aquel momento, el AMB sustituye las tres entidades metropolitanas vigentes hasta aquella fecha: la Mancomunidad de Municipios del Área Metropolitana de Barcelona, la Entidad del Medio Ambiente (EMSHTR) y la Entidad Metropolitana del Transporte.
La AMB está formada por 36 municipios: Badalona, Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Barcelona, Begues, Castellbisbal, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cervelló, Corbera de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat, Gavà, L’Hospitalet de Llobregat, Molins de Rei, Montcada y Reixac, Montgat, Pallejà, la Palma de Cervelló, el Papiol, El Prat de Llobregat, Ripollet, Sant Adrià del Besós, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Climent de Llobregat, Sant Cugat de Llobregat, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Vicenç del Horts, Santa Coloma de Cervelló, Santa Coloma de Gramenet, Tiana, Torrelles de Llobregat, Viladecans.
El Ámbito Metropolitano de Barcelona, con un alcance territorial más lejano y extenso, es un ámbito territorial funcional que comprende siete comarcas: Alt Penedès, Baix Llobregat, Barcelonès, Garraf, Maresme, Vallès Occidental y Vallès Oriental.
El ámbito metropolitano de Barcelona es uno de los ocho ámbitos funcionales territoriales definidos en el Plan Territorial General de Cataluña.