¿De qué hablamos cuando hablamos de desconexión digital?

La nueva regulación del teletrabajo ha entrado en vigor esta semana e incluye en su articulado un nuevo derecho para los trabajadores y trabajadoras: el de la desconexión digital. ¿Pero qué es y cómo se aplica?

Desconnexió digital
14/10/2020 - 12:54 h

La nueva regulación del teletrabajo, aprobada por el Consejo de Ministros del Gobierno español el pasado 22 de septiembre, ha entrado en vigor esta semana. La normativa incluye en su articulado un nuevo derecho para los trabajadores y trabajadoras: el de la desconexión digital. ¿Pero qué significa y cómo se traduce en la práctica?

El confinamiento provocado por la Covid19 forzó a muchas empresas a adaptarse rápidamente al teletrabajo. Sin medios, ni políticas internas, ni la experiencia de la práctica este teletrabajo improvisado ha provocado en muchos casos un incremento del número de horas trabajadas durante un día. Un estudio de NordVPN del mes de mayo, apuntaba que con el teletrabajo trabajábamos dos horas al día más que cuando íbamos a la oficina. La norma lanza un mensaje a los empresarios para que entiendan, pues, que la disponibilidad de la plantilla no puede convertirse en un 24/7 y que hay que garantizar la desconexión digital y, de rebote, el derecho a la conciliación familiar y personal.

La desconexión digital es, por tanto, el derecho de los trabajadores a no conectarse a ningún dispositivo digital de carácter profesional durante sus períodos de descanso, sus vacaciones y la duración máximo de su jornada. Es decir, no responder mensajes de Whatsapp, correos electrónicos o llamadas a través de los smartphones u ordenadores que haya proporcionado la empresa al trabajador por el desarrollo de sus tareas. Este derecho, que estaba recogido previamente en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales y que se incorpora ahora a la normativa vinculada al teletrabajo, surge como consecuencia de una realidad social y profesional que impone a los trabajadores y trabajadoras a estar permanentemente en línea o conectados, con el menoscabo que ello puede suponer para su salud mental o incluso a su privacidad.

Más allá de esta normativa general, la nueva ley establece ahora la necesidad de que cada empresa pueda desarrollar una política interna que concrete con más detalle la práctica de esta desconexión en la que «se definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización de personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática ». En esta normativa, se debería recoger, por ejemplo, si la empresa puede enviar correos a sus trabajadores fuera de su horario laboral (al margen de que éste no tenga que responder por la protección que le ofrece la ley). El empresario también deberá disponer de un registro horario de entrada y salida de las personas trabajadoras, sin perjuicio de la flexibilidad horaria propia del trabajo a distancia. Esta obligación ya era efectiva en el trabajo presencial y también se incorpora al régimen de trabajo a distancia.

Francia es uno de los países pioneros en la aplicación de este derecho. El 1 de enero de 2017 entró en vigor uno de los aspectos más relevantes de su última reforma laboral: la desconexión digital. El tema también se ha discutido en otros países como Chile.