Plan especial de ordenación de los establecimientos comerciales destinados a la venta de artículos de recuerdo o suvenires

El Ayuntamiento de Barcelona aprobó en el 2018 la modificación del “Plan especial de ordenación de los establecimientos comerciales destinados a la venta de artículos de recuerdo o suvenires en la ciudad de Barcelona” con el objetivo de dar respuesta al aumento progresivo del turismo en la ciudad y la desaparición de la estacionalidad del turismo y mejorar la coexistencia de la actividad turística con la actividad diaria de la ciudadanía que vive y trabaja en áreas con un gran número de visitantes.

El primer plan, aprobado en el 2008, tenía como objetivo limitar, en determinados entornos urbanos de la ciudad que empezaban a sufrir la masificación turística, la presencia de nuevas tiendas de suvenires y recuerdos turísticos por su impacto negativo en el paisaje urbano y en los entornos urbanos de especial interés cultural. Las actividades incluidas en esta regulación fueron desde la venta de recuerdos típicos de artesanía, pasando por las camisetas y gorras, hasta artículos para el hogar y menaje o productos típicos de bisutería y marroquinería.

Inicialmente se implantó en todo el territorio de Ciutat Vella y en los entornos del Park Güell y de la Sagrada Família. El documento también establecía unos entornos de protección en torno a los edificios catalogados como bienes culturales de interés nacional (nivel A). Posteriormente, y como respuesta al creciente interés del monumento de la Sagrada Família entre los turistas, en el 2012 el Ayuntamiento de Barcelona amplió el perímetro de limitación de la Sagrada Família en una posterior modificación del plan.

La modificación del plan incluye, como elemento principal, la ampliación de los perímetros de especial protección de la ciudad en los que se limita la apertura de estos establecimientos. Esta comprende los entornos de la Sagrada Família y Sant Antoni, en L’Eixample; el entorno del Camp Nou, en Les Corts; los entornos del Park Güell, en Gràcia y Horta-Guinardó; y los entornos de la Casa Vicens, en Gràcia. Aparte, también se aprovecha el cambio de normativa para ajustar los perímetros, entornos y ámbitos vigentes, mejorar los entornos de protección de los edificios catalogados como bienes culturales de interés nacional (nivel A) y clarificar la normativa vigente.

El objetivo del plan también es proteger el tejido comercial de los barrios, evitando que la apertura de este tipo de establecimientos acabe desplazando el comercio tradicional, con los inconvenientes que esto también genera para la calidad de vida de la ciudadanía.

Sagrada Família

La ampliación del entorno de la Sagrada Família crece por toda la avenida de Gaudí (ámbito 43) y en seis manzanas más de la zona situada entre el paseo de Sant Joan (ámbito 42), la avenida Diagonal y las calles de Nàpols y Rosselló. En total, quince manzanas más de estos entornos quedan incorporadas en el ámbito de prohibición de la apertura de nuevos establecimientos de venta de productos de regalo destinados al consumo del turismo. Estos territorios se incorporan al ámbito de prohibición con las mismas condiciones que el resto, es decir, se aplicará la misma norma.

Sant Antoni

En el caso de Sant Antoni, vista la presión turística que se empieza a detectar y, en concreto, en torno al nuevo mercado, la Comisión de Gobierno también ha acordado prorrogar la actual suspensión de apertura de tiendas de venta de recuerdos en este ámbito realizada en el 2017 e incluirla dentro de las zonas del plan. En concreto, el perímetro que se incorpora a la modificación normativa es el que configuran la calle de Casanova, la ronda Sant Antoni, la avenida del Paral·lel, la calle de Calàbria y la calle de Sepúlveda (ámbito 41). En total, 23 manzanas de L’Eixample, incluida la del mercado.

Camp Nou

La gran capacidad de atracción de visitantes del Camp Nou también hace necesaria la delimitación de un ámbito de ordenación de los establecimientos de recuerdos en el principal recorrido de acceso por Travessera de Les Corts desde la parada de metro de Les Corts. El acceso en transporte público y a pie hace que este tramo sea un espacio cada vez más transitado. Por este motivo, el ámbito de la suspensión (ámbito 44) abarca el perímetro comprendido a lo largo de la Travessera de Les Corts, por debajo del Camp Nou y hasta la salida de esta estación de metro.

Park Güell

Desde los distritos de Gràcia y Horta Guinardó también se han constatado que la previsión de la presión turística sobre el Park Güell hace necesaria una ampliación del actual ámbito de suspensión. En el caso del distrito de Gràcia, la modificación del plan propone ampliar el ámbito de la suspensión vigente, de modo que se contemplen los habituales recorridos desde las paradas de metro hasta el recinto del parque. Esta zona comprende el ámbito delimitado por la Travessera de Dalt, la avenida de Vallcarca, el paseo de la Mare de Déu del Coll y la calle del Santuari (ámbito 45). Con respecto al distrito de Horta-Guinardó, se abordan los itinerarios del ámbito comprendido entre Travessera de Dalt y la plaza de Alfons X (ronda del Guinardó con calle de Praga) y el Recinto Modernista de Sant Pau y entornos (av. Gaudí) (ámbito 47).

Casa Vicens

La Casa Vicens, del arquitecto Antoni Gaudí, abrió puertas al público el pasado noviembre del 2017 y se prevé que tenga una gran afluencia de visitantes al año. Por este motivo, se ha considerado oportuno ampliar el ámbito de especial protección para limitar el impacto negativo de la apertura de tiendas de recuerdo en una zona que ya ha empezado a sufrir un incremento de turistas a causa de la apertura de este monumento. Así, se crea un nuevo ámbito de forma triangular, delimitado por la calle de Gran de Gràcia, la avenida de la Riera de Cassoles y rambla del Prat, incluyendo básicamente los recorridos desde las paradas de metro de la L3 de Lesseps y Fontana o desde los ferrocarriles de Gràcia (ámbito 46).

 

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