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Economía Social y Solidaria

Economía, Hacienda, Promoción Económica y Turismo
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  1. Inicio
  2. / Impulsamos la ESS (PIESS)
  3. / Subvenciones Fortalecemos la Economía Social y Solidaria

‘Enfortim l’economia social solidària’

Convocatoria de subvenciones 2025.
Del 15 de abril al 14 de mayo

El Ayuntamiento de Barcelona abre la novena convocatoria específica de economía social y solidaria con la Convocatoria de subvenciones 2025 del Programa de subvenciones para el fortalecimiento de la economía social y solidaria y para la intercooperación en la Estrategia #ESSBCN2030 - “ENFORTIM L’ESS 2025” con un presupuesto total de 900.000 euros. 

Se pueden presentar solicitudes con la posibilidad de obtener hasta el 80 % del coste total del proyecto, con importes máximos dependiendo de cada modalidad. 

La convocatoria 2025 prioriza, en su ámbito A, el fortalecimiento de las empresas y organizaciones de la ESS, y, en su ámbito B, la promoción de la intercooperación en el marco de la Estrategia #ESSBCN2030.

Subvenciones     Trámite 

Nota para los usuarios del lector de pantalla. Esta galería muestra un elemento, que puede ser una imagen o un vídeo. Utilice los controles del área “Controles de la galería” para ver el elemento anterior o el siguiente. También puede hacer clic sobre el elemento que desea visualizar.
Slide 1 of 1

Ámbito temático A. Fortalecimiento: creación y consolidación


6.000 €

Aa Creación de nuevas cooperativas y transformación de otras formas jurídicas preexistentes en cooperativas
 


9.000 €

Ab Acciones de consolidación empresarial y escalabilidad de las iniciativas de economía social y solidaria para fortalecer su viabilidad económica, así como orientación de esa consolidación al Acuerdo y Estrategia #ESSBCN2030 y a los objetivos estratégicos del PIESS 2024-2027
 


9.000 €

Ac Digitalización: acciones vinculadas a la implementación de procesos de digitalización para el fortalecimiento de las empresas y organizaciones de la ESS orientadas al desarrollo de los objetivos de la Estrategia #ESSBCN2030 y del PIESS 2024-2027
 


Ámbito temático B. Intercooperación


25.000 €

Ba Intercooperación de 2.º y mayor nivel: proyectos promovidos por organizaciones de la economía social y solidaria o de las finanzas éticas de segundo nivel y superior que contribuyan al despliegue de la Estrategia #ESSBCN2030 y a los objetivos estratégicos del PIESS 2024-2027 y tengan por destinatarias a sus organizaciones socias
 


25.000 €

Bb Acciones de intercooperación para crear o fortalecer ecosistemas cooperativos o clústeres de ESS y otras acciones de intercooperación promovidas por organizaciones y empresas de la economía social y solidaria vinculadas, en cualquiera de los casos, a la Estrategia #ESSBCN2030 y a los objetivos del PIESS 2024-2027
 


18.000 €

Bc Proyectos de implementación y acciones de intercooperación significativos para el desarrollo de los proyectos de ciudad de la #ESSBCN2030
 

Más información

Todos los aspectos relevantes sobre la convocatoria están regulados en las Bases reguladoras y en la convocatoria, y se pueden encontrar en ambos documentos.

BASES REGULADORAS CONVOCATORIA

En los dos documentos adjuntos (“Manual tramitación 2025” e “Información Enfortim 2025”) se puede encontrar información que facilita el proceso de tramitación y solicitud y explica el contenido de la convocatoria “ENFORTIM L’ESS 2025”. No obstante, en ningún caso sustituyen lo que dicen las bases reguladoras y la convocatoria, aprobadas y publicadas, que son el marco normativo y de referencia y que siempre hay que tener presentes.

MANUAL TRAMITACIÓN 2025 INFORMACIÓN "ENFORTIM 2025"

 

  • El importe máximo depende de la modalidad y no puede superar el 80 % del gasto total del proyecto que ejecutar.


    Véase en la convocatoria, en el punto 7, “CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES”.
     

  • Los proyectos deben iniciarse en el 2025 y pueden tener una duración máxima de doce meses.


    Véase en la convocatoria, en el punto 8, “DURACIÓN DE LOS PROYECTOS”.
     

  • El periodo y la forma de presentación de las solicitudes de las subvenciones es el previsto en el apartado 5 de la convocatoria, “PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES”.

    Al publicarse la convocatoria en el BOPB en fecha 14 de abril de 2025, el periodo de presentación de solicitudes es del 15 de abril al 14 de mayo de 2025. Cualquier solicitud presentada fuera de este plazo no se admitirá a trámite.
     

  • Véase en la convocatoria, en el punto 1, “ORGANIZACIONES SOLICITANTES”.

  • Se limita a un máximo de una solicitud de subvención por persona física o jurídica. 

    Excepcionalmente, las personas jurídicas pueden presentar un segundo proyecto en la modalidad Bb o Bc, solo en los casos en que el primer proyecto se haya presentado en una de las modalidades del ámbito A o en la modalidad Ba.

    Véase en la convocatoria, en el punto 7, “CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES”, apartado “Incompatibilidades y compatibilidades”.
     

  • Véase, detalladamente, en la convocatoria, en el punto 6, “SOLICITUD Y FORMULARIOS”.

  • Véase, detalladamente, en la convocatoria, en el punto 5, “PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES”.

  • Véase, detalladamente, en la convocatoria, en el apartado “FINALIDAD Y OBJETIVOS”, y en los puntos 7, “CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES”; 9, “ÁMBITOS TEMÁTICOS Y MODALIDADES DE LOS PROYECTOS”; 13, “CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN”; 14, “CRITERIOS ESPECÍFICOS DE VALORACIÓN”, y 15, “MODALIDADES DE PROYECTOS”. También véase, detalladamente, en las bases de la convocatoria, en el punto 7, “REQUISITOS DE LOS PROYECTOS”.

  • Véase, detalladamente, en la convocatoria, en los puntos 12, “VALORACIÓN DEL PROYECTO”; 13, “CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN”; 14, “CRITERIOS ESPECÍFICOS DE VALORACIÓN”, y 15, “MODALIDADES DE PROYECTOS”.

  • Véase, detalladamente, en las bases de la convocatoria y en la convocatoria para aceptar cumplir con las obligaciones allí fijadas. Especialmente, véase el punto 16, “OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS”, de las bases de la convocatoria.

  • Véase, en detalle, lo previsto en el punto 18, “REFORMULACIÓN DE PROYECTOS”, de las bases de la convocatoria, y en el punto 16, “REFORMULACIÓN, JUSTIFICACIÓN Y CONTROL”, de la convocatoria.

  • Véase, en detalle, lo previsto en el punto 19, “LA JUSTIFICACIÓN Y EL CONTROL”, de las bases de la convocatoria, y en el punto 16, “REFORMULACIÓN, JUSTIFICACIÓN Y CONTROL”, de la convocatoria.

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