Ayudas de comedor escolar curso 2023-2024

A partir del lunes 15 de mayo ya se pueden solicitar las ayudas de comedor escolar del curso 2023-2024 para el alumnado de P3 a 4º de ESO escolarizado en centros públicos y concertados. Las ayudas van dirigidas a familias con ingresos por debajo de los umbrales establecidos en la convocatoria (se indican más adelante). La solicitud debe tramitarse a través del centro educativo.

¿Cómo se realiza la solicitud?

Las solicitudes se presentarán a través de un formulario telemático dirigido al alumnado que esté matriculado o preinscrito para el curso 2023-2024, con un período inicial y cuatro períodos abiertos de solicitudes:

Periodo de junio 2023: entre el 15 de mayo y el 16 de junio, ambos incluidos. El plazo para presentar las solicitudes firmadas en el centro es hasta el 20 de junio.

Periodos abiertos de presentación de solicitudes extraordinarias (nuevas peticiones, alumnado recién llegado y situaciones sobrevenidas):

  • Primer período: entre el 4 y el 25 de septiembre de 2023, ambos incluidos, y hasta el 27 de septiembre para llevarla firmada al centro.
  • Segundo período: entre el 26 de septiembre y el 30 de noviembre de 2023, ambos incluidos, y hasta el 4 de diciembre para llevarla firmada al centro.
  • Tercer período: entre el 1 de diciembre de 2023 y el 29 de febrero de 2024, ambos incluidos, y hasta el 4 de marzo para llevarla firmada al centro.
  • Cuarto período: entre el 1 de marzo de 2023 y hasta el último día que se admitan nuevas admisiones del curso 2023-2024.

¿Cuál es el precio del servicio de comedor?

El precio de comedor es de 6,91 €, a todos los efectos, para aquellos centros que tienen un espacio de mediodía con una duración máxima de dos horas y media total. Y de 6,54€, en aquellos centros que tienen un espacio de mediodía con una duración máxima de dos horas. Las ayudas pueden ser del 70% o 100% sobre el precio en función del umbral de ingresos.

¿Cuál es el umbral económico para obtener una ayuda?

Los ingresos de los miembros de la unidad familiar, no podrán superar la suma de los siguientes importes brutos (estos umbrales se amplían en el caso de los alumnos con una discapacidad acreditada superior o igual al 33%):

  • Primer progenitor (sustentador/a principal): 11.365,60 €
  • Segundo progenitor (sustentador/a principal) y otros adultos que integran la unidad familiares (abuelo/a…): 5.682,80 €
  • Por cada niño/a de la unidad familiar: 3.409,70 € (hermanos y solicitante)

Puede consultar toda la información en la página del Consorcio de Educación de Barcelona y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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