En mayo de 2023 se aprobó definitivamente la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la primera del Estado desde la promulgación de la Constitución. Entró en vigor el 26 de mayo del año pasado y conlleva una serie de cambios que afectan tanto a las personas inquilinos como a las propietarias.
Una de estas novedades es el índice que regula los precios de los alquileres y que ha entrado en vigor el 16 de marzo de 2024, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Para resolver las dudas de la población, el Ayuntamiento de Barcelona ha publicado una recopilación de preguntas frecuentes sobre la limitación del precio de alquiler en zonas declaradas de mercado residencial tensionado, como la ciudad de Barcelona:
- En Barcelona, cuando alquilo una vivienda, ¿me pueden poner el precio que quiera la propiedad?
- ¿Cuál es el precio máximo que me pueden pedir por un alquiler de vivienda habitual?
- ¿De qué depende que se aplique el índice de precio?
- ¿Esta regulación a qué contratos afecta?
- ¿Cuál es el único índice de referencia que marca el precio máximo de alquiler en la actualidad?
- Entonces, si se cumplen estas condiciones, ¿no pueden incrementarme el precio de alquiler por encima de las limitaciones establecidas anteriormente?
- ¿Qué ocurre si ya tengo un contrato de alquiler vigente previo a la publicación del índice?
- ¿Cómo se actualiza el precio anual de los contratos vigentes durante todo el año 2024?
- ¿La persona propietaria tiene la obligación de hacerme un contrato nuevo cuando acabe lo que tenía?
- ¿Si me renuevan el contrato me pueden añadir nuevos gastos o cuotas?
- ¿Por qué el precio del alquiler en Barcelona está limitado?
- ¿Qué significa zona de mercado residencial tensionado?
- ¿Cuándo se considera que la propiedad es gran tenedora?
- ¿Qué ocurre si el propietario no respeta la ley y se establece contractualmente una renta superior? ¿Existe algún organismo específico para reclamarlo?
- ¿Estos límites también se aplican en los contratos de temporada?
- ¿Qué ocurre si firmo un contrato de temporada que de facto es de vivienda habitual?
- ¿Qué ocurre si la vivienda no ha sido arrendada en los cinco años anteriores al 26/05/2023 (entrada en vigor de la Ley 12/2023)?
- ¿Qué información debe constar en el nuevo contrato?
- ¿Se aplicará la contención de rentas en el supuesto de que, el contrato alquilado en los anteriores 5 años, sea de renta antigua (sujeto al TR 1964)?
- ¿Se aplicará la normativa relativa a la contención de rentas en el supuesto de que el contrato alquilado se encontrara en tácita reconducción?
Puedes encontrar las respuestas a todas estas preguntas en este enlace.
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