Según la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), tienen la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del año 2023 los siguientes contribuyentes:
- Rentas del trabajo. Quienes hayan obtenido en el ejercicio rentas de trabajo (incluidas las pensiones, entre otras) superiores a las siguientes cuantías anuales:
- Más de 22.000 euros: Con carácter general.
- Más de 15.000 euros: Cuando los rendimientos de trabajo procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, sea superior a 1.500 euros anuales (si es igual o inferior, las rentas de trabajo tendrán que ser superiores a 22.000 euros).
- Deducciones. Quienes, independientemente de las rentas obtenidas, tengan derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten el correspondiente derecho.
- Devolución del IRPF. Aquellos que soliciten la devolución del IRPF que les corresponda (entre otros casos por razón de las retenciones e ingresos a cuenta soportados o por razón de las deducciones por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo).
- Trabajo autónomo. Todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, con independencia de sus rendimientos, como trabajadores por cuenta propia o autónomos:
- en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o
- en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
- Ingreso mínimo vital. Las personas titulares del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas, para mantener la prestación del ingreso mínimo vital, a presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF. Cuando formen parte de la unidad de convivencia del ingreso mínimo vital menores de edad, éstos tendrán que presentar declaración de forma individual o conjunta con sus progenitores (si es la opción de tributación de la unidad familiar).
El plazo para presentar la declaración del IRPF de 2023 finalizará el día 1 de julio de 2024
Si quieres ampliar información sobre quién está obligado a presentar la declaración del IRPF, puedes consultar este enlace de la Agencia Tributaria.
Si necesitas ayuda para realizar la declaración del IRPF encontrarás información de interés en este enlace con el detalle de los servicios de ayuda Campaña Renta 2023.
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