Cada año, entre los meses de abril y junio, se abre el período para realizar la declaración de la renta correspondiente al año anterior. A partir del 11 de abril de 2023, se podrá presentar la del año 2022. Se pueden consultar todas las fechas relevantes en el calendario de la renta 2022 de la Agencia Tributaria (AEAT).
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) afecta a las personas físicas que hayan recibido algún tipo de ingreso (trabajo, pensiones, rendimientos del capital y ganancias del patrimonio, etcétera).
Sin embargo, existen algunas exenciones y obligaciones importantes a tener en cuenta, sobre todo para poder responder a la pregunta que se hacen muchas personas en estas fechas:
¿Qué personas están obligadas a realizar la declaración de la renta?
- Quien haya tenido en 2022 unos ingresos del trabajo superiores a los 22.000 euros brutos anuales, como norma general.
- Quien haya tenido unos ingresos del trabajo superiores a los 14.000 euros brutos anuales procedentes de más de un pagador, cuando el segundo y posterior sumen más de 1.500 euros. Por ejemplo, una persona que en 2022 haya cobrado 12.500 euros brutos de una empresa, 1.000 euros de una segunda empresa y 600 euros de una tercera empresa está obligada a presentar la declaración de la renta.
- Las personas titulares del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia. Aunque sus ingresos brutos hayan sido inferiores a los de los dos apartados anteriores.
- Las personas con rendimientos íntegros del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros brutos anuales.
- Las personas que tengan derecho a una devolución de dinero por parte de la Agencia Tributaria, aunque no estén obligadas a realizar la declaración. Si quieren recibir el dinero, tendrán que hacer la renta.
Se pueden consultar detalladamente todas las obligaciones y exenciones en este enlace.
También existen diferentes servicios y recursos a disposición de la ciudadanía:
- Declaración de la renta por teléfono (del 3 de mayo al 29 de junio). Se puede pedir cita previa a través de la App “Agencia Tributaria”, por internet con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o por teléfono al 91 535 73 26 o 901 12 12 24.
- Declaración presencial en una oficina de la Agencia Tributaria (a partir del 25 de mayo). Se puede pedir cita previa en los teléfonos 91 553 00 71 o 901 22 33 44, también por la App o por internet.
- Manual práctico de la Renta 2022.
- Vídeos informativos de la Renta 2022.
Toda la información de este artículo se puede encontrar en el portal web de la Campaña de Renta 2022 de la AEAT.
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