Movilidad, desplazamientos y encuentros sociales
- No se puede entrar ni salir de Cataluña, excepto en casos de urgencia sanitaria, por motivos laborales, cuidado de personas vulnerables, retorno al domicilio habitual y otras causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
- No se puede entrar ni salir de la comarca sin motivo justificado. A partir del 9 de abril se elimina nuevamente la posibilidad de que las personas de una misma burbuja de convivencia puedan traspasar el perímetro comarcal.
- Se mantiene la restricción de la movilidad nocturna entre las 22.00 y las 6.00 horas, excepto en los mismos casos que para la entrada y salida de Cataluña y para la adquisición de productos farmacéuticos y el cuidado de animales de compañía (de 4.00 a 6.00 horas).
- Se limitan los encuentros sociales a un máximo de seis personas y de dos burbujas de convivencia como máximo, siempre que sean en espacios públicos al aire libre. En espacios públicos interiores, los encuentros están restringidos a cuatro personas, y no se permiten los encuentros de más de una burbuja de convivencia en los domicilios particulares.
Centros de trabajo
- Se recomienda limitar al máximo la movilidad de las personas trabajadoras, priorizar el trabajo a distancia y favorecer la flexibilidad horaria.
Comercios
- Aforo limitado a un 30 %.
- A partir del 15 de marzo, pueden abrir durante toda la semana.
- Se permite la apertura de los comercios de hasta 800 metros cuadrados, también a partir del 15 de marzo, y, en caso de que superen esta superficie, podrán abrir acotando el espacio de apertura al público.
- Los centros comerciales pueden abrir, aunque los locales de restauración se mantienen cerrados, así como las zonas recreativas y las áreas de juego infantil.
- Se establecen las 21.00 horas como hora máxima de cierre.
- Los mercados no sedentarios y las ferias de mercado se permiten a partir del 15 de marzo con un 30 % del aforo.
Restauración
- Se permite el consumo en las mesas del establecimiento de 7.30 a 17.00 horas.
- Aforo interior del 30 %, con una ventilación adecuada, y del 100 % en las terrazas.
- Máximo cuatro personas por mesa, excepto si son una burbuja de convivencia habitual.
- Distancia de 2 metros entre mesas.
- El servicio de recogida en el establecimiento se puede hacer hasta las 22.00 horas, y el servicio de reparto a domicilio, hasta las 23.00 horas.
Cultura
- Los teatros, cines, auditorios, salas de conciertos y circos pueden abrir con un aforo del 50 % y un máximo de 500 personas, ampliable a 1.000 personas por actuación, sentadas y con registro previo, si se cumplen las condiciones de ventilación reforzada y se establece un control de las aglomeraciones.
- En las bibliotecas, los museos, los archivos, las salas de exposiciones y galerías de arte el aforo es del 50 %.
- A partir del 15 de marzo se permite la celebración de actividades extraordinarias, como galas, ceremonias de entrega de premios y festivales.
- También se pueden reanudar, a partir del 15 de marzo, las actividades de cultura popular y tradicional, tanto al aire libre en un espacio perimetrado y estático, como en espacios cerrados. Los asistentes tendrán que estar sentados, y se establecerán requisitos de aforo según las condiciones de ventilación y de control de accesos y movilidad de la actividad.
- Cierre a las 22.00 horas como a muy tarde; se permite el retorno después de las 22.00 horas.
- Los equipamientos cívicos pueden hacer actividades presenciales al aire libre para personas de más de 60 años, con grupos que no pueden superar las seis personas.
Actividad deportiva
- Los equipamientos deportivos pueden abrir con un 30 % del aforo, con el servicio de vestuarios, pero se pide que se haga un uso responsable de ellos.
- Las actividades deportivas grupales en espacios cerrados están permitidas con un 30 % del aforo, y el aforo de las piscinas es del 50 %.
- Se puede practicar deporte al aire libre, sin limitación de personas.
- A partir del 15 de marzo se permiten todas las competiciones deportivas federadas. La asistencia de público solo se permite limitando el aforo al 50 % en instalaciones y equipamientos al aire libre y al 30 % en espacios cerrados, excepto en las competiciones estatales e internacionales.
- Estas limitaciones no afectan a los centros de tecnificación y rendimiento deportivo ni a las instalaciones y los equipamientos deportivos profesionales.
Educación y ocio infantil y juvenil
- En las universidades, se permite la presencialidad simultánea de hasta un máximo del 30 % de los universitarios de cada centro y no se podrá superar este porcentaje en ninguna universidad.
- En los estudios posobligatorios (bachillerato, ciclos formativos de grado medio y grado superior), se reduce la asistencia presencial de los alumnos.
- Se permiten las actividades extraescolares y de ocio educativo siempre con grupos de seis niños como máximo, respetando las medidas establecidas y priorizando las actividades al aire libre.
- Se suspenden las actividades de ocio infantil y juvenil.
- Se permiten las salidas escolares con pernoctación fuera de la misma comarca, respetando los grupos burbuja de las escuelas.
Transporte público
- El servicio se mantiene al 100 %, así como la oferta de hora punta entre las 6.00 y las 9.00 horas los días laborables.
Actos religiosos y ceremonias civiles
- Aforo del 30 % de la capacidad de los espacios, con un máximo de 500 personas. En espacios al aire libre o cerrados, se podrá ampliar la capacidad a un máximo de 1.000 personas, sin superar el aforo del 30 %, si se cumplen las medidas de ventilación reforzada, de la calidad del aire y de los accesos.
Locales y establecimientos de ocio nocturno
- Los locales de ocio nocturno se mantienen cerrados.
Parques y ferias de atracciones
- Deben mantenerse cerrados.
Parques y jardines
- No se puede acceder a los parques ni utilizar los juegos infantiles entre las 20.00 y las 7.00 horas, y el aforo se limita al 30 %.
Congresos, convenciones, ferias comerciales y fiestas mayores
- Queda suspendida su celebración presencial.
Actividades relacionadas con el juego
- A partir del 15 de marzo las salas de juegos, casinos y salas de bingo pueden reabrir con el aforo limitado al 30 % y un máximo de 100 personas, garantizando la ventilación mínima establecida. Si, además, cumplen determinadas condiciones de ventilación y calidad del aire reforzadas y garantizan medidas de control de aglomeraciones, podrán abrir, respetando el límite del aforo al 30 %, con un máximo de 250 personas.
Medidas de prevención sanitarias
En todos los espacios y actividades habrá que mantener, como hasta ahora, las medidas de prevención sanitarias adecuadas y garantizar la distancia de seguridad entre personas.