Criterios de prioridad para la ordenación de las solicitudes

Cuando el número de solicitudes es superior a la oferta, se aplican las prioridades y criterios que determina la normativa vigente para ordenar las solicitudes y asignar las plazas escolares de los centros. Estos criterios pueden ser prioritarios o complementarios.

Criterios prioritarios

• Existencia de hermanos o hermanas escolarizados/as en el centro: 50 puntos

• Proximidad del domicilio del alumno o alumna al centro o, en su caso, proximidad del puesto de trabajo del padre o madre, tutor o tutora o guardador/a de hecho (en el sentido de guarda legal previsto en el Derecho civil catalán o de resolución de acogida del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias):

– Domicilio en el área de influencia del centro: 30 puntos

– Domicilio dentro del municipio de Barcelona pero fuera del área de influencia del centro: 15 puntos

– Domicilio fuera del municipio de Barcelona: 0 puntos

– Cuando a instancia del padre o madre, tutor o tutora, se toma en consideración en lugar del domicilio, la dirección del puesto de trabajo de uno de ellos, y esta está dentro del área de influencia del centro: 10 puntos

En cuanto al baremo del domicilio, se llevará a cabo de acuerdo con la dirección que figure en el volante de convivencia del alumno o alumna, donde debe constar que convive con uno o con ambos tutores (en todos los casos, debe convivir con la persona solicitante).

• Renta anual de la unidad familiar.

• Cuando el padre o madre, tutor o tutora sean beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía o del ingreso mínimo vital: 15 puntos

Criterios complementarios

• El padre, la madre o el tutor o tutora legal trabajan en el centro educativo: 10 puntos

• Condición legal de familia numerosa: 10 puntos

• Condición legal de familia monoparental: 10 puntos

• El alumno o alumna ha nacido en un parto múltiple: 10 puntos

• Situación de acogida familiar del alumno o alumna: 10 puntos

• Discapacidad en el alumno o alumna, padre, madre, tutor, tutora o hermanos/as: 15 puntos

• Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo: 10 puntos

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