Criterios de prioridad para la ordenación de las solicitudes

Cuando el número de solicitudes es superior a la oferta, se aplicarán las prioridades y criterios que determina la normativa vigente para ordenar las solicitudes y asignar las plazas de las escoles bressol. Estos criterios pueden ser prioritarios o complementarios.

Criterios prioritarios

Los criterios prioritarios son los siguientes:

Existencia de hermanos o hermanas escolarizados/as en el centro. 50 puntos

Proximidad del domicilio del alumno al centro o, en su caso, proximidad del puesto de trabajo del padre o madre, tutor o tutora o guardador/a de hecho.

  • Domicilio en el área de influencia del centro. 30 puntos

  • Domicilio dentro del municipio de Barcelona, pero fuera del área de influencia del centro. 15 puntos

  • Domicilio fuera del municipio de Barcelona. 0 puntos

  • Cuando a instancia del padre o madre, tutor o tutora, se tome en consideración, en vez del domicilio, la dirección del puesto de trabajo de uno de ellos, y ésta está dentro del área de influencia del centro. 10 puntos

En cuanto al baremo del domicilio, se realizará de acuerdo con la dirección que figure en el volante de convivencia del alumno/a, donde debe constar que convive con uno o ambos tutores (en todos los casos debe convivir con el solicitante).

  • Renta anual de la unidad familiar.

Cuando el padre o madre, tutor o tutora sean beneficiarios de la ayuda de la renta garantizada de ciudadanía o del Ingreso Mínimo Vital. 15 puntos

Criterios complementarios

Los criterios complementarios sirven para desempatar y son:

  • El padre, madre o el tutor o tutora legal trabaja en el centro educativo: 10 puntos

  • Familia numerosa. Cuando el niño/a forma parte de una familia numerosa: 10 puntos

  • Familia monoparental. Cuando el niño/a forma parte de una familia monoparental: 10 puntos

  • Ser gemelo o trillizo. Cuando el niño/a haya nacido en un parto múltiple: 10 puntos

  • Cuando el niño/a se encuentra en una situación de acogida familiar: 10 puntos

  • Discapacidad del niño/niña, padre, madre, tutor, tutora o hermanos/as: 15 puntos

  • Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo: 10 puntos

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