El 9 de junio hay elecciones al Parlamento Europeo. El Ayuntamiento de Barcelona ha habilitado 299 colegios electorales y 1.688 mesas. El número de electores en esta convocatoria es de 1.107.208, una cifra que incluye españoles y comunitarios que han solicitado el voto.
¿Qué colegio electoral me corresponde para ir a votar en Barcelona?
Revisa la tarjeta censal antes de ir a votar. Si quieres saber dónde tienes que votar, puedes consultarlo llamando al teléfono 010 o en el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
Para las elecciones al Parlamento Europeo del 9 de junio de 2024, el censo electoral está formado por personas españolas y por personas de otros estados miembros de la Unión Europea residentes en la ciudad que se inscribieron previamente, antes del 30 de enero, para poder participar en estos comicios.
Para consultar el censo, hay que disponer, como mínimo, de medios de identificación de nivel bajo (PIN o IdCat Mòbil) o de nivel medio (certificado digital) y solicitarlo en el portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
En caso de que te hayan nombrado miembro de una mesa electoral, también te indicará el cargo. Encontrarás más información en
¿Cómo puedo saber si me han nombrado miembro de una mesa electoral en Barcelona?
Para saber si te han nombrado miembro de una mesa electoral y qué cargo te corresponde, puedes llamar al teléfono 010 o consultarlo a través de este trámite.
Encontrarás más información en https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca/tramit/20180001307
¿Qué hay que tener en cuenta?
A la hora de votar es imprescindible llevar el original del documento de identificación personal con fotografía (DNI, pasaporte o permiso de conducir), que es válido aunque esté caducado.
Trámites de urgencia
Durante la jornada electoral, la Oficina de Atención Ciudadana Monumental (en la calle de Sicília, 216-218) abrirá de 9.00 a 19.00 horas para atender trámites de urgencia, dar información general sobre las elecciones, como el horario de las votaciones, resolver consultas de los ciudadanos sobre dónde tienen que votar y expedir volantes de empadronamiento para las personas que constan en el padrón municipal antes de la fecha de cierre del censo electoral y que por algún motivo no aparecen en él. En este último caso, la persona afectada tiene que ir al INE, que se reserva la potestad de expedir el certificado para que pueda votar.