Información sobre las bonificaciones, exenciones y ayudas fiscales aplicables a los impuestos de recaudación municipal, como el de bienes inmuebles, el de vehículos de tracción mecánica o el de recogida de residuos.
Impuesto sobre bienes inmuebles
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Bonificaciones
Bonificaciones para:
· Inmuebles de nueva construcción y obras de rehabilitación integral.
· Viviendas de protección oficial (VPO).
· Vivienda habitual de familias numerosas.
· Inmuebles de organismos públicos de investigación y de enseñanza universitaria si se dedican directamente a la investigación o a la enseñanza universitaria.
· Inmuebles dedicados a la vivienda y al sector terciario donde se hayan instalado sistemas voluntarios de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.
· Inmuebles de cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
· Inmuebles en los que se desarrolle una actividad económica destinada al alquiler social de viviendas.
· Inmuebles de propiedad municipal que, no estando incluidos en ningún supuesto de no sujeción o de exención, estén destinados a las actividades propias de las instalaciones deportivas, los centros cívicos y otros equipamientos municipales.
Exenciones
Tienen exención, previa solicitud:
· Los inmuebles que se destinen a la enseñanza para centros docentes privados acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, mientras mantengan su condición de centros total o parcialmente concertados.
· Los bienes inmuebles declarados expresa e individualizadamente monumento o jardín histórico de interés cultural, mediante real decreto, e inscritos en el Registro general como integrantes del patrimonio histórico-artístico español.
· Los bienes inmuebles de los que sean titulares los centros sanitarios de titularidad pública.
Gozan de exención, previa comunicación, comunicación, los bienes cuyos titulares sean las entidades sin fines lucrativos.
Impuesto sobre actividades económicas
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Bonificaciones
Por incremento de la plantilla de trabajadores, para cooperativas, por el uso de energías renovables y por obras en la vía pública, dependiendo del tipo de actividad y de la duración de las obras.
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Exenciones
Por inicio de actividad durante los primeros dos años, para centros de enseñanza, para asociaciones y fundaciones de personas con discapacidad y para las entidades sin ánimo de lucro según la Ley 49/2002.
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
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Bonificaciones
Para las obras que tengan por objeto la realización de construcciones e instalaciones u obras declaradas de especial interés o utilidad municipal porque concurren circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del trabajo, cuando se cumplan los requisitos fijados.
Las obras destinadas a viviendas de protección oficial, cuando se cumplan los requisitos fijados.
Las obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas con discapacidad.
Las obras que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar, cuando se cumplan los requisitos fijados.
Precio público por la recogida de residuos
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Reducción para productores mínimos titulares de actividades profesionales ejercidas en el domicilio de empadronamiento
Bonificación para titulares de actividades profesionales con una superficie de actividad igual o inferior a 25 m2, ejercida en el domicilio de empadronamiento, a título individual y sin personal.
Reducción del precio público de recogida de residuos por contribuir con el Compromiso Barcelona Plástico Cero
Reducción en el pago del precio público a las entidades, titulares de actividades económicas y profesionales que hayan aplicado medidas de eliminación o reducción de plásticos de un solo uso en el marco del Compromiso Barcelona Plástico Cero.
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
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Bonificaciones
Los vehículos clasificados como cero emisiones, los vehículos clasificados como ECO que utilicen gasolina, con emisiones hasta 120 g/km de CO2, y los vehículos considerados de carácter histórico.
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Exenciones
Vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad (tanto si lo conduce la persona con discapacidad como los destinados a su transporte), ambulancias y otros vehículos destinados a la asistencia sanitaria o el traslado de heridos o enfermos, y tractores, remolques, semirremolques y maquinaria agrícola, siempre que estén inscritos en el Registro oficial de maquinaria agrícola (ROMA).
- Registro oficial de maquinaria agrícola (ROMA)
Plusvalía: Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana
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Bonificaciones
En la transmisión, por herencia, de la vivienda habitual. La bonificación está condicionada a no transmitir la vivienda durante los tres años siguientes.
En la transmisión, por herencia, de un local donde el difunto desempeñaba una actividad profesional, habitual, personal y directa.
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Exenciones
· Daciones en pago de la vivienda habitual por la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recae sobre ella misma, contraídas con entidades de crédito o cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.
· La constitución y la transmisión de cualquier derecho de servidumbre.
· Transmisiones de bienes que se encuentren dentro del perímetro delimitado como conjunto histórico-artístico o que hayan sido declarados individualmente de interés cultural, cuando sus propietarios o titulares de derechos reales acrediten que han realizado, a su cargo, obras de conservación, mejora o rehabilitación en los inmuebles mencionados.
Pago a plazos
Fraccionamiento de la deuda de tributos municipales y multas, sin exigencia de garantías para las deudas que no superen los 30.000 euros.