Tasa por utilización privativa de la vía pública (terrazas)
Es la tasa que se paga por ocupar la vía pública para instalar un velador o una terraza.
Es la tasa que se paga por ocupar la vía pública para instalar un velador o una terraza.
Información sobre la gestión de otras tasas del Ayuntamiento de Barcelona
Es una tasa fija por el uso especial de la vía pública que se debe pagar cada año por tener cajeros automáticos abiertos en la vía pública a menos de 80 cm de línea de la fachada.
Este tributo graba realizar de cualquier construcción, instalación u obra para la qué se exige obtener una licencia de obras o urbanística o bien presentar la declaración responsable o comunicación previa, con independencia de que se haya obtenido o no.
Todas las transmisiones, con o sin incremento de valor, se tienen que declarar mediante el trámite de declaración/autoliquidación.
En el caso de una transmisión de bienes o derechos que no disponen de referencia catastral, se tiene que declarar mediante el trámite: Declaración de plusvalía a efectos de valoración.