Tarifa plana

Fons tarifa plana

Es una nueva modalidad de pago domiciliado que permite efectuar el pago conjunto de todos los tributos del año, escogiendo el número de mensualidades en que se quiere pagar.

 

Las personas físicas y también las jurídicas pueden pedir la tarifa plana.

La tarifa plana se tiene que pedir por Internet a través del trámite de la oficina virtual.

Requisitos

Para el año 2024 la podrá solicitar entre el 15 de noviembre de 2023 y el 10 de enero de 2024.  

Cada año se informará en el calendario fiscal de las fechas para darse de alta en la tarifa plana.

Se pueden incluir los siguientes tributos:

  • IBI, Impuesto sobre bienes inmuebles
  • IVTM, Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
  • RESIDUOS, Precio público por la recogida de residuos
  • VADOS, Tasa de vados
  • TERRAZAS, Tasa por utilización privativa de la vía pública

Se pueden domiciliar un total de 20 objetos. La persona solicitante ha de ser titular de los tributos desde el 1 de enero del año anterior al que pide la tarifa plana.

Es decir, si la tarifa se pide para el 2024 se incluirán los tributos de los que se sea titular desde el 1 de enero de 2023.

La cuota a pagar es una estimación que tiene en cuenta los importes de los tributos que pagó el año anterior.

Durante el año, se ajustará la cuota según el importe de los recibos del año en curso. Se harán dos regularizaciones:

  • En el mes de junio la cuota se ajustará a los importes del año de IBI, IVTM y también, si la hubiera, a la deuda anulada o suspendida por presentación de aval.
  • En el mes de noviembre la cuota se ajustará a los importes de la tasa de vados, precio público de residuos, utilización de la vía pública (terrazas) y también, si la hubiera, a la deuda anulada o suspendida por presentación de aval con posterioridad al mes de junio.
Preguntas frecuentes

¿Cuál es la cuota mínima a pagar?

El importe mínimo de la cuota es de 30 €

¿Puedo escoger las cuotas de pago?

Sí, puede elegir entre las diferentes opciones que le ofrece el sistema.

¿Si me doy de alta en la tarifa plana que pasa con los recibos que tengo domiciliados?

Al darse de alta en la tarifa plana, se dan de baja automáticamente los recibos que tiene domiciliados.

Si en algún momento se da de baja de la tarifa plana, tendrá que volver a domiciliar los tributos que estaban incluidos en dicha tarifa.

¿Me puedo dar de baja de la tarifa plana?

Puede sol·licitar la baja de la tarifa plana en cualquier momento a través del trámite y tendrá efectos para el año siguiente.

En caso de impago de una cuota, la baja se produce automáticamente para el año en curso.

¿En qué tipo de cuenta tengo que domiciliar la tarifa plana?

Tiene que domiciliar la tarifa plana en una cuenta bancaria IBAN del tipo “ES”, de entidades financieras autorizadas a operar en territorio español.

La persona titular de la cuenta también tiene que ser titular de los tributos incluidos en la tarifa plana.

¿Puedo cambiar la cuenta donde está domiciliada la tarifa plana?

Puede cambiar la cuenta en cualquier momento a través del trámite, siempre y cuando sea una cuenta del tipo ES.

Se generará un justificante de la modificación indicando la fecha en que será efectivo el cambio.

¿Qué pasa si devuelvo un recibo?

En caso de que se devuelva un recibo, independientemente del motivo, se cancelará de manera inmediata la tarifa plana. Le comunicaremos la baja, con la deuda pendiente si procede.

¿Tengo que renovar cada año la tarifa plana?

Esta modalidad de pago domiciliado se prorroga automáticamente cada año, siempre que no se dé de baja.

¿Puedo cambiar el número de plazos, o su importe, durante el año?

No se pueden cambiar ni el número de plazos ni el importe de la cuota durante el año. Si que lo podrá cambiar para el año siguiente en el periodo que se indique para hacerlo.

¿Cómo puedo hacer el seguimiento de lo que estoy pagando?

En su espacio personal podrá consultar los cargos en cuenta efectuados y los previstos.

Me he dado de alta en la tarifa plana y no sale un coche, o inmueble que me he comprado este año.

La tarifa plana solo incorpora los objetos tributarios de los que sea titular desde el 1 de enero del año anterior a su vigencia.

Es decir, si se ha comprado un vehículo con fecha posterior al 1 de enero del 2023, el impuesto no se incorporará a la tarifa plana de 2024. Tendrá que pagarlo aparte.

Si renueva la tarifa plana para 2025, entonces sí que estará incluido.

¿Qué pasa si el importe de uno de los tributos, por ejemplo el IBI, se incrementa en 2024?

Como la tarifa plana se calcula en función del importe del 2023, la cuota del mes de junio, y posteriores, se incrementará para ajustarla al importe del ejercicio.

¿Qué pasa si el importe de uno de los tributos es inferior al que pagué el año anterior?

Como la tarifa plana se calcula en función del importe del 2023, la cuota del mes de junio, y posteriores, disminuirá para ajustarla al importe del ejercicio.

¿Qué significa que se ajustarán los importes de las cuotas?

La tarifa plana se calcula según lo que se pagó el año anterior. Por lo tanto, una vez se conoce el importe de los impuestos del año,  se va ajustando la cuota. 

La cuota se ajustará dos veces al año:

  • En el mes de junio, según los importes de IBI y IVTM y también si hay alguna deuda anulada o suspendida por presentación de aval.
  • En el mes de noviembre,  según los importes de la tasa de vados, precio público de residuos, utilización de la vía pública (terrazas) y también si hay alguna deuda anulada, o suspendida por presentación de aval con posterioridad  al mes de junio.

¿Si al final he pagado más de lo que me tocaba, tengo que pedir la devolución?

No hace falta que pida la devolución porque esta se hará automáticamente en la cuenta donde tiene domiciliadas las cuotas.

Al hacer el alta de la tarifa plana compruebo que hay un objeto tributario que ya no es de mi titularidad, ¿Qué puedo hacer?

En el mismo trámite puede ir al apartado Consultas e incidencias y explicar el problema.

Me he dado de alta de la tarifa plana, pero quiero retrocederla. ¿Lo puedo hacer?

Sí, puede hacerlo. Pero, tiene que tener en cuenta que los recibos dejarán de estar domiciliados para el año siguiente. Tendrá que volver a domiciliar individualmente cada uno de los impuestos.