¿Quién puede pedir la tarifa plana?
Únicamente las personas físicas.
Las personas jurídicas NO pueden pedir la tarifa plana.
¿Cómo puedo pedir la tarifa plana?
La tarifa plana se tiene que pedir por Internet a través del trámite de la oficina virtual.
Requisitos
- Tiene que tener certificado digital, idCAT Mòbil o Clave Pin
- Tiene que estar dado de alta en el registro de la notificación electrónica
- No tiene que tener deuda pendiente
¿Cuándo puedo pedir la tarifa plana?
Para el año 2024 la podrá solicitar entre el 15 de noviembre de 2023 y el 10 de enero de 2024.
Cada año se informará en el calendario fiscal de las fechas para darse de alta en la tarifa plana.
¿Qué tributos se incluyen?
Se incluyen los siguientes tributos, de los cuales la persona solicitante sea titular el 1 de enero del 2022.
- IBI, Impuesto sobre bienes inmuebles
- IVTM, Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
- RESIDUOS, Precio público por la recogida de residuos
- VADOS, Tasa de vados
- TERRAZAS, Tasa por utilización privativa de la vía pública
¿Cómo se calcula la cuota a pagar?
La cuota a pagar es una estimación que tiene en cuenta los importes de los tributos que pagó el año anterior.
Durante el año, se ajustará la cuota según el importe de los recibos del año en curso. Se harán dos regularizaciones:
- En el mes de junio la cuota se ajustará a los importes del año de IBI, IVTM y también, si la hubiera, a la deuda anulada o suspendida por presentación de aval.
- En el mes de noviembre la cuota se ajustará a los importes de la tasa de vados, precio público de residuos, impuesto sobre actividades económicas, utilización de la vía pública (terrazas) y también, si la hubiera, a la deuda anulada o suspendida por presentación de aval con posterioridad al mes de junio.