Para contraer un matrimonio civil, la autoridad competente en el Ayuntamiento de Barcelona es el alcalde o alcaldesa, que, al mismo tiempo, delega esta función en los concejales y las concejalas.

La ceremonia tiene lugar en la sede del Distrito, ronda del Guinardó, 49, en la sala Lluís Companys, que tiene un aforo para ochenta personas y que está adaptada para personas con movilidad reducida. El tiempo aproximado de la ceremonia es de quince a treinta minutos.

¿Qué día se celebran las bodas? 

Las bodas se celebran el viernes de 17.00 a 19.00 horas, excepto el mes de agosto, que no se celebran.

Hay una previsión de fechas en este calendario, solo a efectos de consulta. 

En primer lugar, hay que iniciar el expediente de matrimonio civil. Este documento se expide únicamente en el Registro Civil de la ciudad donde está empadronado uno o los dos miembros de la pareja.

En segundo lugar, hay que solicitar la fecha de celebración de la boda civil. Los trámites se pueden hacer por internet, y también presencialmente, con cita previa, en las oficinas de atención ciudadana.

En breve recibiréis la respuesta de la disponibilidad, según el calendario de reservas del Distrito. Para poder hacer la reserva, es imprescindible presentar toda la documentación solicitada.

Una vez hecho el trámite, nos pondremos en contacto con vosotros para concretar día y hora para una reunión y entrevista por teléfono o correo electrónico, y os facilitaremos más información de la organización de la ceremonia.

La sala está dotada con equipos de megafonía y de reproducción de música de libre uso por parte de la pareja contrayente (sin coste). El Distrito dispone de diferentes piezas musicales preestablecidas. En caso de que los contrayentes quieran alguna música concreta, tendrán que hacerla llegar en formato .mp3 o .cda en un CD la semana antes del día de la boda.

El Distrito dispone de un piano en la sala donde se celebran les ceremonias de casamiento, que está a disposición de los contrayentes.

La sala Lluís Companys ofrece un aforo para 62 personas sentadas y 125 de pie. Es la sala de actos del edificio, donde también se celebran los consejos plenarios. Esta situada en la sede del Distrito, un palacete de estilo arábigo de 1890 en el que destacan la fachada de estilo mudéjar, profusamente ornamentada, y el patio interior. 

El Distrito no dispone de servicio de fotografía o vídeo. Si los contrayentes quieren este servicio, deberán gestionarlo y asumir el coste.

La sala estará debidamente adornada con flores. Se hace responsable de ello el propio Distrito.

Sin embargo, los contrayentes pueden solicitar, a su cargo, una decoración floral concreta. Los contrayentes son entonces responsables de la colocación y retirada de la decoración floral, de modo que no condicione la celebración de las otras bodas que se celebren el mismo día.

Durante la ceremonia, solo está permitido el estacionamiento del coche de los novios en la puerta de la sede del Distrito. Para el resto de los invitados, recomendamos que se informen sobre los aparcamientos y el transporte público existente en la zona.