La ficha de condiciones de accesibilidad recoge las condiciones de accesibilidad que tiene un establecimiento. Según el Código de accesibilidad de Cataluña, esta ficha tiene que estar disponible para el público de los locales de uso comercial, de pública concurrencia, de uso residencial público y de aparcamiento. A partir del 1 de marzo de 2025, todos estos establecimientos tendrán que ponerla a disposición. Además, habrá que actualizarla en caso de cambio de uso o de actividad y de realización de obras.
La finalidad de la ficha es doble. Por una parte, sirve para facilitar la inspección para comprobar que el establecimiento mantiene las condiciones requeridas y, por otra parte, es útil para informar a las personas usuarias sobre estos requisitos. Hay que tener en cuenta que dos establecimientos similares pueden tener condiciones diferentes según el año de construcción, el inicio de la actividad y las reformas o ampliaciones hechas con el tiempo.
Para consultar más información sobre cuando, como y quién tiene que tramitar el documento, se puede consultar la circular informativa del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión de la Generalitat de Catalunya.