AYUDAS PATRIMONIALES Y COMERCIO

Estas ayudas contemplan varios programas:

• Actuaciones de mejora del paisaje urbano donde se pueda justificar y validar el interés paisajístico, patrimonial y/o histórico o de memoria.

• Actuaciones de interés por conjunto

Dentro de este programa, se incluyen las actuaciones por conjunto de la plaza Real

• Locales comerciales históricos protegidos (emblemáticos)

• Locales comerciales históricos no protegidos

• Mejora de la imagen exterior en locales comerciales

+ información

Actuaciones subvencionables

Programa actuaciones de mejora del paisaje urbano donde se pueda justificar y validar el interés paisajístico, patrimonial y/o histórico o de memoria.

1. Actuaciones de mejora del paisaje urbano donde se pueda justificar y validar el interés paisajístico, patrimonial y/o histórico o de memoria.

Se considerarán las siguientes situaciones:

- Obras de restauración o rehabilitación en elementos comunes de edificios catalogados (individualmente o en entornos o conjuntos catalogados) de los elementos del edificio con interés patrimonial o de paisaje incluidos en el catálogo del patrimonio o inventarios reconocidos por el Ayuntamiento (publicados en la web municipal) o incluidos como elementos de interés en los estudios de paisaje realizados por el Ayuntamiento. También se podrán considerar otros elementos de interés, siempre que se incluya en la petición un informe de análisis histórico del elemento, sobre el cual el IMPU pedirá el visto bueno del Departamento de Patrimonio Arquitectónico del Ayuntamiento de Barcelona. Se considerarán:

- Restauración de acabados y cromatismos originales utilizando técnicas propias de la época de construcción. Son objeto de estas subvenciones, la recuperación de estucos, esgrafiados, acabados de piedra natural o artificial, elementos decorativos dañados o desaparecidos, elementos pictóricos, elementos cerámicos, recuperación de carpinterías originales, recuperación de los elementos de forja y cierres verjas o elementos decorativos de artesonados, entrevigados, etc...

- Recuperación de composiciones originales, huecos arquitectónicos de acuerdo con la composición original, utilizando materiales y técnicas propias y adecuadas para el edificio.

- Recuperación de elementos singulares desaparecidos o dañados. En especial, tribunas, vidrieras, balaustradas y otros elementos decorativos de interés.

- Eliminación de elementos distorsionadores de la composición original del edificio, como son aplacados sobre paramentos originales.

- Integración compositiva de remontas sobre los edificios descritos.

- Restauración de ascensores históricos incluidos en el muestreo realizado por el Ayuntamiento, donde será imprescindible incorporar los valores compositivos del elemento original.

- Obras en entornos de edificios catalogados que permitan la apreciación y dignificación de edificios catalogados, se considerarán obras rehabilitación o restauración de elementos perceptibles desde el espacio público de edificios contiguos a elementos catalogados, como son:

- La permeabilización de cierres que permitan la visión desde el espacio público de los elementos patrimoniales.

- Dignificación de entornos inmediatos y visibles a la hora de edificios patrimoniales, a fin de hacer posible la apreciación del elemento.

2. Actuaciones de aseo de instalaciones sobre fachadas en edificios incluidos en el catálogo del patrimonio o inventarios reconocidos por el Ayuntamiento (publicados en la web municipal) o incluidos como elementos de interés en los estudios de paisaje realizados por el Ayuntamiento.

Se considerarán las siguientes actuaciones:

- la reordenación de aparatos de aire acondicionado

- la unificación de la extracción de humos de las cocinas hasta cubierta

- el aseo de instalaciones de telefonía y telecomunicaciones

 

Programa actuaciones de interés por conjunto:

Se considerarán actuaciones que se emprendan de forma conjunta en un ámbito determinado y donde se pueda considerar el interés paisajístico de una actuación colectiva. Será necesario un documento acreditativo por parte del Ayuntamiento del reconocimiento como conjunto del elemento, como puede ser la aprobación de un plan director de restauración o rehabilitación, la aprobación de un proyecto de conjunto o reconocimiento como conjunto dentro del catálogo del patrimonio o inventario reconocido por el Ayuntamiento o incluidos como conjuntos de interés en los estudios de paisaje realizados por el Ayuntamiento.

Se considerarán las obras de rehabilitación o restauración de elementos comunes perceptibles desde el espacio colectivo y que estén contenidas en estos casos:

- Obras de recuperación de los elementos propios del conjunto: materiales y colores de acabados, elementos decorativos, etc.

- Recuperación de composiciones dañadas o desaparecidas propias de un conjunto arquitectónico.

- Restauración conjunta de frentes de fachada que formen parte de un conjunto.

 

Actuaciones de conjunto de la plaza Reial

Se considerarán actuaciones que se emprendan de forma conjunta en el ámbito delimitado en el Anexo I de esta convocatoria.

Se considerarán las obras de rehabilitación o restauración de elementos comunes perceptibles desde el espacio colectivo y que estén contenidas en estos casos:

- Obras de restauración de las fachadas y porches de acuerdo con los criterios establecidos en el Plan de Acción de la Plaza Real. Cómo son: recuperación de los elementos propios del conjunto: materiales y colores de acabados, elementos decorativos, etc.

 

Programa locales históricos protegidos (emblemáticos):

Obras de restauración de los locales incluidos en el Plan Especial Urbanístico de Protección de la Calidad Urbana. Por la renovación de la imagen exterior de locales comerciales, incluye la renovación de carpinterías exteriores, identificación, retirada de instalaciones visibles desde la vía pública, aseo de elementos añadidos u obsoletos, obras de recuperación de la composición arquitectónica exterior, materiales y colores, en el ámbito del local. Se incluyen también como actuaciones subvencionables aquellos elementos interiores protegidos en el catálogo del Plan Especial Urbanístico de Protección de la Calidad Urbana.

 

Programa locales históricos no protegidos:

Obras de restauración y renovación de la imagen exterior de locales comerciales, incluye la renovación de carpinterías exteriores, identificación, retirada de instalaciones visibles desde la vía pública, aseo de elementos añadidos u obsoletos, obras de recuperación de la composición arquitectónica exterior, materiales y colores, en el ámbito del local.

Puede incluirse la restauración o restitución de los elementos interiores que se consideren de especial interés.

Se incluirán dentro del presupuesto protegido todas las actuaciones destinadas a mejora de imagen exterior, mejora de la accesibilidad y mejora de la sostenibilidad.

 

Programa mejora de la imagen exterior en locales comerciales:

Obras de renovación de la imagen exterior de locales comerciales, incluye la renovación de carpinterías exteriores, identificación, retirada de instalaciones visibles desde la vía pública, aseo de elementos añadidos u obsoletos, obras de recuperación de la composición arquitectónica exterior, materiales y colores, en el ámbito del local.

Se incluirán dentro del presupuesto protegido todas las actuaciones descritas en el párrafo anterior destinadas a mejora de imagen exterior, mejora de la accesibilidad y mejora de la sostenibilidad.

 

A quién se dirige

Actuaciones de interés patrimonial:
Propietarios o inquilinos del elemento sobre el que se actúa y donde se cumplan los requisitos generales de la convocatoria sin restricciones de cambio de titularidad o actividad u ocupación. Sin embargo, se excluyen de forma expresa las promociones inmobiliarias.

Actuaciones de interés por conjunto y actuaciones de conjunto de la plaza Reial:
Propietarios o inquilinos del elemento sobre el que se actúa y donde se cumplan los requisitos generales de la convocatoria sin restricciones de cambio de titularidad o actividad u ocupación. Sin embargo, se excluyen de forma expresa las promociones inmobiliarias.

Locales históricos protegidos (catalogados):
Propietarios y inquilinos de locales comerciales incluidos en el Plan Especial Urbanístico de Protección de la Calidad Urbana, siempre que se cumplan los requisitos generales de la convocatoria. Se admitirán locales en los que se haya producido un cambio de titularidad o de actividad.

Locales históricos no protegidos:
Propietarios o inquilinos de locales comerciales de menos de 500 m2 donde se cumplan los requisitos generales de la convocatoria y donde se fundamente su condición de local histórico. Se admitirán locales en los que se haya producido un cambio de titularidad o de actividad.

Mejora de la imagen exterior en locales comerciales:
Propietarios o inquilinos de locales comerciales de menos de 500 m2 en los que se cumplan los requisitos generales de la convocatoria.

Requisitos generales y plazos

El plazo de presentación de las solicitudes de subvención, se abrirá al día siguiente de la publicación en el BOPB de esta convocatoria y terminará el 15 de noviembre de 2024.

Se puede cerrar el plazo de admisiones en función de las disponibilidades presupuestarias en una fecha anterior o posterior a la establecida mediante su publicación en el BOPB.

El plazo máximo para presentar la comunicación de inicio de obras es el 31 de marzo de 2025.

Requisits generals

- Se podrán solicitar ayudas para obras de rehabilitación o restauración en edificios o parcelas de titularidad privada.

- Con carácter general y siempre que los programas no especifiquen otra fecha, se considerarán obras en edificios de más de 10 años de antigüedad.

- No obstante lo anterior, mediante convenio se podrán acoger a esta convocatoria titulares de actividad que se emplacen sobre parcelas de titularidad pública. En ningún caso se podrán otorgar ayudas por actuaciones incluidas en las condiciones obligadas en el contrato de concesión.

- Se excluyen de las ayudas aquellos emplazamientos donde haya habido un cambio de uso, actividad o titularidad en los dos años anteriores a la solicitud del informe técnico previo (se exceptúan cambios de titularidad de viviendas dentro de comunidad de propietarios). En el caso de locales comerciales, sólo deberá garantizar esta condición el local sobre el que se solicita subvención. En caso de que se pida subvención para edificios o parcelas con régimen de propiedad horizontal, se considerará que como mínimo un 70% de las entidades o un 70% de la superficie sobre rasante del edificio debe haber sido ocupada de forma permanente en los dos años anteriores a la solicitud de inscripción y deberá garantizarse en los tres años posteriores a la concesión de la subvención. Se excepciona de esta obligación aquellos programas en los que se especifique explícitamente lo contrario.

- Las ayudas no son acumulables por la misma actuación a excepción de las actuaciones de interés patrimonial o de conjunto si así se determina en el informe técnico previo. En cualquier caso, la acumulación de subvenciones no podrá dar lugar a una ayuda superior al 50% de la actuación.

- Para que la solicitud sea admitida, el importe mínimo de la obra a ejecutar es de 750€.

- En todos los casos y para todos los programas, será imprescindible respetar las condiciones establecidas en la concesión de la subvención en un plazo mínimo de 5 años. En caso contrario, se podrá pedir el regreso de la misma. Este requisito incluye el buen estado de funcionamiento y uso de instalaciones y el buen mantenimiento de las actuaciones realizadas.

- No se podrá pedir ayudas para una misma actuación subvencionada en los 10 años anteriores a la solicitud.

- Con el fin de realizar un seguimiento de la continuidad de los compromisos tomados con la subvención, la propiedad debe permitir la inspección de las obras realizadas durante los 4 años posteriores a la finalización de las obras.

- En el caso de fincas con arrendatarios, los propietarios de inmuebles arrendados no podrán imputar el importe de la subvención como parte del coste global de las obras efectuadas con el fin de repercutirlo en los incrementos de rentas de los alquileres o de actualización de éstas.

- Asimismo para divulgar el patrimonio y de las buenas prácticas de intervención, el solicitante se compromete a facilitar el acceso del ayuntamiento a la obra durante los 4 años siguientes a su ejecución con el fin de hacer difusión.

Cuál es el importe de las subvenciones

Se considera presupuesto protegible la suma de los gastos derivados de la actuación incluyendo los gastos de la obra, el IVA, los gastos generales y el beneficio industrial imputable a la obra, los honorarios técnicos directamente imputables a la actuación y las tasas e impuestos derivados del permiso de obra de la actuación por la que se solicita la ayuda.

Actuaciones de interés patrimonial:
Para las obras en elementos comunes o entornos de edificios catalogados: 30% con un tope de 30.000€. Son acumulables con las demás subvenciones siempre que no se supere el 50% de subvención para la misma actuación.

Para obras de aseo de instalaciones: 20% con un tope de 20.000 €

Actuaciones de interés por conjunto:
Máximo del 40% con un tope de 45.000€. Son acumulables con los demás programas siempre que no se supere el 50% de subvención para la misma actuación.

Actuaciones de conjunto de la plaza Real
Máximo del 45% con un tope de 50.000 €, siempre que la actuación se emprenda de forma conjunta de acuerdo con los márgenes que se establecen en el Plan de acción de la Plaza Real. O bien los pasajes de acceso de forma conjunta. Son acumulables con los demás programas siempre que no se supere el 50% de subvención para la misma actuación.

Locales históricos protegidos (emblemáticos):
50% con un tope de 20.000 euros

Locales históricos no protegidos:
35% con un tope de 15.000 euros

Mejora de la imagen exterior en locales comerciales:
20% con un tope de 15.000 euros

Dónde dirigirse

Si quieres contactar con el Instituto Municipal del Paisaje Urbano, puedes hacerlo mediante la siguiente dirección electrónica:

paisatgeurba@bcn.cat

Igualmente, puedes usar los canales de comunicación ciudadana:

https://atencioenlinia.ajuntament.barcelona.cat/