Uso natural
Són usos naturales del paisaje aquellas actividades y elementos que se considera que no provocan una distorsión grave en el derecho colectivo a disfrutar de un paisaje adecuado para el desarrollo de la vida ciudadana.
Són usos naturales del paisaje aquellas actividades y elementos que se considera que no provocan una distorsión grave en el derecho colectivo a disfrutar de un paisaje adecuado para el desarrollo de la vida ciudadana. Para poder hacer un uso natural del paisaje sólo hace falta seguir las disposiciones de la Ordenanza y pedir la licencia o autorización municipal correspondiente.
Dependiendo de la zona y de la ubicación concreta de la instalación pueden ser usos naturales:
· Rótulos de identificación comercial
· Algunas instalaciones publicitarias
· Vallas de obra y andamios
· Terrazas y veladores
· Antenas y aparatos de aire acondicionado en el tejado