Personas empadronadas en el territorio correspondiente a la ciudad de Barcelona que tengan más de 16 años. Si el proceso lo requiere o aconseja, puede reducirse la edad de las personas que pueden firmar.
¿Cómo se promueve?
Se debe presentar la solicitud y la documentación que ha de acompañarla al registro del Ayuntamiento en cualquier Oficina de Atención Ciudadana. El Ayuntamiento comprobará el cumplimiento de los requisitos y, a partir de entonces, se dispone de entre dos y cuatro meses para recoger las firmas y demostrar que aquella cuestión es de interés general.
Cada tipo de iniciativa tiene establecido un mínimo de firmas, en función también de si es un tema de distrito o de ciudad.
¿Qué cantidad de firmas se necesitan?
Está establecido un mínimo de firmas para cada tipo de iniciativa. El número también varía en función de si es una iniciativa por un tema de ciudad, de distrito o de un ámbito territorial inferior a un distrito.
Para iniciativas de ciudad
- Para proponer la celebración de una consulta ciudadana, es necesario recoger un mínimo de 88.709 firmas válidas.
- Para la aprobación o modificación de una norma, es necesario recoger un mínimo de 15.000 firmas válidas.
- Para convocar un proceso participativo o proponer la creación de un órgano de participación, es necesario recoger un mínimo de 9.000 firmas válidas.
- Para convocar una audiencia pública, es necesario recoger un mínimo de 7.000 firmas válidas.
- Para incorporar uno o varios puntos al orden del día del Consejo Municipal, es necesario recoger un mínimo de 3.750 firmas válidas.
Para iniciativas de distrito
Consultas ciudadanas | Aprobación de normas | Procesos i órganos | Audiencias | Puntos orden del día | |
Ciutat Vella | 5800 | 2500 | 1500 | 1000 | 500 |
Eixample | 14400 | 6500 | 3900 | 2600 | 1300 |
Sants - Montjuïc | 10100 | 4500 | 2700 | 1800 | 900 |
Les Corts | 4500 | 2000 | 1200 | 800 | 400 |
Sarrià - Sant Gervasi | 8100 | 3500 | 2200 | 1500 | 700 |
Gràcia6 | 6600 | 3000 | 1800 | 1200 | 600 |
Horta - Guinardó | 9400 | 4000 | 2500 | 1700 | 800 |
Nou Barris | 9300 | 4000 | 2400 | 1700 | 800 |
Sant Andreu | 8100 | 3500 | 2200 | 1500 | 700 |
Sant Martí | 12900 | 5700 | 3400 | 2300 | 1100 |
Cuando la iniciativa afecte a más de un distrito, se recogerán las firmas resultantes de la suma de la cantidad de cada distrito indicada en el apartado anterior reducidas en el porcentaje siguiente.
- Para dos distritos, menos el 10%
- Para tres distritos, menos el 15%
- Para cuatro distritos, menos el 20%
- Para cinco distritos, menos el 30%
- Para seis distritos, menos el 40%
- Para siete distritos, menos el 45%
- Para ocho distritos, menos el 50%
- Para nueve distritos, menos el 55%
Para iniciativas de ámbito inferior a un distrite
Para convocar un Consejo de Barrio
Para la convocatoria de un Consejo de Barrio es necesario recoger el 1% de firmas válidas de la población total del barrio afectado, con un mínimo de 25 y un máximo de 450.
Para promover un proceso participativo
Para promover un proceso participativo o la creación de un órgano de participación de ámbito de barrio o zonas inferiores a distrito, el número de firmas a recoger será del 2% del territorio afectado, con un mínimo de 50 y un máximo de 900.
Per promover una consulta
Para promover una consulta en un ámbito inferior a un distrito, el número de firmas debe mantener la proporcionalidad legal según la población implicada, con un mínimo de 250 firmas.
¿Quién puede recoger las firmas?
Las firmas deben ser recogidas por las personas fedatarias. Solo ellas pueden comprobar la identidad de la persona que firma y dan fe de la autenticidad de las firmas.
¿Quién puede ser persona fedataria?
Cualquier persona mayor de 18 años empadronada en Cataluña y que jure o prometa autentificar las firmas que se adjuntan a la iniciativa. La Comisión Promotora traslada al Ayuntamiento el listado de personas federatarias para su legitimación a través de la correspondiente notificación.
¿Cómo apoya el Ayuntamiento a una iniciativa ciudadana?
El Ayuntamiento ofrece soporte técnico y económico para facilitar la recogida de firmas con el objetivo de evitar discriminaciones por falta de recursos materiales y económicos.
¿Qué tipo de apoyo?
Apoyo técnico asesorando al grupo impulsor para una buena realización del proceso, facilitando las herramientas necesarias para llevarla a cabo, como la plataforma digital Decidim.barcelona, y haciendo difusión de la iniciativa para que llegue al máximo de población posible.
El Ayuntamiento también dará soporte económico, subvencionando con 1 euro cada firma recogida hasta el máximo establecido de firmas. Para poder disponer de este apoyo económico será necesario recoger la cantidad mínima de firmas válidas exigidas y justificar todos los gastos relacionados con la iniciativa.
¿Qué puedo hacer si necesito más información?
Puede realizar su consulta a través de este formulario.