La aprobación de este decreto de Comisión de Gobierno tiene por objeto regular el uso del mecanismo de actuación administrativa de la tramitación electrónica de forma automatizada en la tramitación de los procedimientos administrativos del Ayuntamiento de Barcelona, así como establecer el procedimiento para en su autorización, los criterios a aplicar y los sistemas de supervisión y mantenimiento de este mecanismo. Se entiende por actuación administrativa automatizada la actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos, en el marco de un procedimiento administrativo en la que no haya intervenido de forma directa el personal al servicio del Ayuntamiento y que utiliza alguno de los sistemas de firma establecidos legalmente por las actuaciones automatizadas: el sello electrónico o el código seguro de verificación (CSV). Este decreto de Comisión de Gobierno es de aplicación a todo el Ayuntamiento de Barcelona, sus organismos autónomos y entes de derecho público de la Corporación municipal así como a las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes cuando ejerzan potestades administrativas.
Aprobación del proyecto normativo
La tramitación del Decreto se ajusta a lo que establece el apartado 2.2 (puntos 164 a 183) de las Directrices para la elaboración de las normas municipales que comprenden las directrices de técnica normativa y las directrices sobre la tramitación del expediente por a la aprobación de las ordenanzas, reglamentos y decretos. De acuerdo con lo anterior, el proyecto de decreto se ha acompañado de las memorias y los informes que figuran a continuación.
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Memorias e informes
Información pública
La Comisión de Gobierno acordó someter el Decreto de Comisión de Gobierno aprobado inicialmente a información pública durante un período de 30 días.
El expediente permaneció expuesto al público para su consulta desde el 30 de junio de 2022 hasta el 10 de agosto de 2022, período durante el cual se pudieron formular alegaciones.
Aprobación definitiva
Al no haberse presentado alegaciones durante el periodo de información pública, según lo que dispone el acuerdo de aprobación inicial el decreto se da por aprobado definitivamente.