Tramitación del Decreto de la Tercera Tenencia de Alcaldía de designación de zonas de recreo para animales de compañía

A raíz de la modificación de la Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales (OPTVA) aprobada definitivamente por el Plenario del Consejo Municipal el 25 de noviembre de 2022, la disposición final quinta de esta ordenanza establece que “Por resolución de Alcaldía o del órgano en quien delegue, deben establecerse los espacios reservados para los animales de compañía donde éstos pueden ir sueltos, así como las zonas de uso compartido, en las que, en horarios determinados, los animales de compañía pueden ir sin atar, con un espacio mínimo en cada barrio para su ocio y buen desarrollo social”. A su vez, la disposición final primera de la ordenanza mencionada establece que la resolución de Alcaldía o del órgano en quien se haya delegado lo previsto en la disposición final quinta debe aprobarse en un plazo máximo de tres meses contados desde la aprobación de la modificación de la OPTVA.

Dado que la Alcaldía ha delegado en la Tercera Tenencia de Alcaldía el establecimiento de los espacios reservados y las zonas de uso compartido, se tramita la aprobación del establecimiento de estos espacios y zonas mediante decreto de la tercera teniente de Alcaldía.