De acuerdo con lo que dispone el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se realizó una consulta pública, a través del portal web del Ayuntamiento de Barcelona, con el fin de recoger la opinión de la ciudadanía y organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma sobre:
a) Antecedentes y problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación
c) Los objetivos de la norma
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno pudieron, en ejercicio del derecho que les reconoce el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, remitir sus opiniones y aportaciones sobre los aspectos planteados entre el 27 de enero y el 27 de febrero de 2023.
Consulta pública previa
De acuerdo con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se llevó a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recoger la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 27 de enero de 2023 y el 27 de febrero de 2023.