La vigente Ordenanza sobre el uso de las vías y los espacios públicos de Barcelona del Ayuntamiento de Barcelona fue aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo Municipal de 27 de noviembre de 1998 y modificada por acuerdo del Pleno del Consejo Municipal el 20 de julio de 2001, después de más de veintidós dos años de vigencia, se detecta que la evolución en la movilidad, hacen necesaria una actualización de esta norma.
La iniciativa pretende adaptar el contenido de la Ordenanza a la nueva realidad social y jurídica, recogiendo la importancia de establecer un régimen de penalidades que permita, en el marco de la relación de sujeción especial que hay con los titulares de las licencias, adoptar las medidas de disciplina adecuadas para imponer un uso del espacio público ordenado.
La vigente Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador del Ayuntamiento de Barcelona fue aprobada por acuerdo del Pleno del Consejo Municipal de 26 de marzo de 2010 y, después de más de once años de vigencia, se detecta que es necesaria una actualización de esta norma, para aplicar un procedimiento sancionador más adecuado a los incumplimientos de las empresas adjudicatarias de licencias temporales de uso común especial del dominio público para el estacionamiento de bicicletas, ciclomotores y motocicletas de uso compartido en régimen de explotación económica en el término municipal de Barcelona.
Consulta pública previa
De acuerdo con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se lleva a cabo una consulta pública, con carácter previo a la elaboración del proyecto normativo, para recoger la opinión de los ciudadanos y organizaciones más representativos potencialmente afectados por la futura norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideren adecuado, pueden remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 2 de julio de 2021 y el 16 de julio de 2021.
Aprobación del proyecto normativo
La modificación puntual de la Ordenanza de terrazas es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, de conformidad con los artículos 16 a ) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.
Después de que la Comisión de Gobierno aprueba el proyecto normativo, los grupos municipales que no han presentado el proyecto o no han dado su conformidad disponen de un plazo de quince días para presentar enmiendas.
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Memorias e informes
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Inicio de la tramitación
Aprobación inicial
La Ordenanza fue aprobada inicialmente por la Comisión de ecología, urbanismo, infraestructuras y movilidad, en la sesión de 14 de septiembre de 2021.
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Sesión de 14 de septiembre de 2021 de la Comisión de ecología, urbanismo, infraestructuras y movilidad
Información pública
La Comisión de ecología, urbanismo, infraestructuras y movilidad acordó someter la Ordenanza aprobada inicialmente a información pública durante el plazo de 30 días, en el que se pudieron presentar las alegaciones que se consideraron oportunas, tal como dispone el artículo 178.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 2/2003 de 28 de abril, y el artículo 112 del Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de Barcelona.
El expediente quedó expuesto al público para su consulta desde el 28 de septiembre de 2021 hasta el 10 de noviembre de 2021, período durante el cual se pudieron formular alegaciones.
Aprobación definitiva
Incorporadas, en su caso, las alegaciones formuladas durante el período de información pública, la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad dictaminó la propuesta de aprobación definitiva y la ordenanza se sometió al Plenario del Consejo Municipal para su aprobación definitiva.
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Texto consolidado
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Sesión de 16 de noviembre de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad
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Sesión ordinaria de noviembre de 2021 del Pleno del Consejo Municipal
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Publicación en los diarios oficiales