El Consejo Ciudadano por la Sostenibilidad es un órgano consultivo y de participación sectorial de ciudad, que actúa en los ámbitos relacionados con la sostenibilidad.
Representa los diferentes colectivos y sectores implicados en el logro de los objetivos del Compromiso Ciudadano por la Sostenibilidad, la hoja de ruta para avanzar hacia una ciudad más sostenible. Es promotor de estrategias de implicación, corresponsabilización y participación de las organizaciones ciudadanas.
Actualmente el Consejo se rige por un Reglamento de funcionamiento interno, aprobado por el Plenario del Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona el 3 de octubre de 2014. Desde entonces, la acción por la sostenibilidad y las organizaciones implicadas han aumentado mucho en número, actividad y complejidad de ámbitos de intervención.
El planteamiento de un nuevo reglamento obedece a la necesidad de actualizar contenidos y competencias; mejorar la coherencia y coordinación con otros consejos sectoriales del Ayuntamiento, la participación, la representatividad y la diversidad de agentes implicados y potenciar la democratización del Consejo.
En aras a la transparencia y simplificación normativa, se quiere optar por aprobar un nuevo reglamento, y no por introducir modificaciones puntuales en el anterior, porque se considera que de este modo se facilita la lectura, comprensión y aplicación de sus preceptos.
Consulta pública previa
De acuerdo con el que establece en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se abre una consulta pública para recoger la opinión de las personas y organizaciones potencialmente afectadas por la futura norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideraron oportuno, pudieron remitir sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento informativo que se incluye, entre el 24 de agosto y el 7 de septiembre de 2021.
Aprobación del proyecto normativo
El nuevo Reglamento es una iniciativa normativa ejercida por la Comisión de Gobierno, de conformidad con los artículos 16 a) y 27 de la Carta municipal de Barcelona.
Después de que la Comisión de Gobierno aprueba el proyecto normativo, los grupos políticos municipales que no han presentado el proyecto o no han dado su conformidad disponen de un plazo de quince días para presentar enmiendas.
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Memorias e informes
Aprobación inicial
El nuevo Reglamento fue aprobado inicialmente por la Comisión de ecología, urbanismo, infraestructuras y mobilidad, en la sesión de 17 de mayo de 2022.
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Sesión de 17 de mayo de 2022 de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad
Información pública
La Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad acordó someter el Reglamento aprobado inicialmente a información pública durante el plazo de 30 días, período durante el cual se pudieron presentar las alegaciones que se consideraron oportunas, tal como dispone el artículo 178.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 2/2003 de 28 de abril, y el artículo 112 del Reglamento orgánico municipal del Ayuntamiento de Barcelona.
El expediente quedó expuesto al público para su consulta desde el 1 de junio de 2022 hasta el 14 de julio de 2022, período durante el cual se pudieron formular alegaciones.
Aprobación definitiva
Valoradas las alegaciones presentadas durante el período de información pública, la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad dictaminó la propuesta de aprobación definitiva, y el Reglamento de funcionamento del Consejo Ciutadà por la Sostenibilidad se sometió al Consejo Plenario para su aprobación definitiva.
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Sesión de la Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad del día 20 de septiembre de 2022
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Sesión ordinaria de septiembre de 2022 del Pleno del Consejo Municipal
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Publicación en los diarios oficiales