Resumen de la contratación en el Ayuntamiento. Año 2020

Datos de número de contratos y de gasto adjudicado, según tipo de contrato y procedimiento de adjudicación.

La información se actualiza con una periodicidad trimestral.

Información relacionada

Umbrales económicos VEC (valor estimado del contrato, importes sin IVA) en función los procedimientos y las tipologías contractuales más habituales, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, actualizados por la Orden HAC / 1272/2019, de 16 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2020:

Contratación de obras:

  • Contrato menor: inferior a 40.000 euros (ver art. 118 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto simplificado abreviado: inferior a 80.000 euros (ver art. 159.6 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto simplificado: igual o inferior a 2.000.000 euros (ver art. 159.1 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (ver art. 20 LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 5.350.000 euros.
    • Armonizado: igual o superior a 5.350.000 euros.

Contratación de servicios y suministros:

  • Contrato menor: inferior a 15.000 euros (ver art. 118 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto simplificado abreviado: inferior a 35.000 euros (ver art. 159.6 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto simplificado: igual o inferior a 100.000 euros (ver art. 159.1 LCSP 9/2017).
  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (ver art. 21.1.b, art. 22.1.b y 22.1.c LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 214.000 euros o 750.000 euros en los contratos de servicios sociales y otros específicos del anexo IV de la LCSP.
    • Armonizado: igual o superior a 214.000 euros o 750.000 euros en los contratos de servicios sociales y otros específicos del anexo IV de la LCSP.

Contratación de concesiones de servicios y concesión de obras:

  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (ver art. 20 LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 5.350.000 euros.
    • Armonizado: igual o superior a 5.350.000 euros.