Resumen de la contratación en el Ayuntamiento. Año 2019

Datos de número de contratos y de gasto adjudicado, según tipo de contrato y procedimiento de adjudicación.

La información se actualiza trimestralmente, con la excepción de la relativa a los contratos menores derivados de una autorización genérica de gasto.

Para estos contratos, los datos se publicarán con la siguiente periodicidad:

  • Gasto efectuado: trimestralmente informará del gasto efectuado de forma agregada
  • Número de contratos: anualmente se informará del número de contratos de forma agregada, así como mediante un único listado

Para más información, se puede consultar la base vigésimo séptima, apartados d), e) y f) del punto 1, de las bases de ejecución del Presupuesto 2018 prorrogado.

Información relacionada

Umbrales económicos VEC (valor estimado del contrato, importes sin IVA) en función los procedimientos y las tipologías contractuales más habituales, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:

Contratación de obras:

  • Contrato menor: inferior a 40.000 euros (véase art. 118 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto simplificado abreviado: inferior a 80.000 euros (véase art. 159.6 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto simplificado: igual o inferior a 2.000.000 euros (véase art. 159.1 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (véase art. 20 LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 5.548.000 euros.
    • Armonizado: igual o superior a 5.548.000 euros.

Contratación de servicios y suministros:

  • Contrato menor: inferior a 15.000 euros (véase art. 118 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto simplificado abreviado: inferior a 35.000 euros (véase art. 159.6 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto simplificado: igual o inferior a 100.000 euros (véase art. 159.1 LCSP 9/2017).

     
  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (véase art. 21.1.b, art. 22.1.b y 22.1.c LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 221.000 euros o 750.000 euros en los contratos de servicios sociales y otros específicos del anexo IV de la LCSP.
    • Armonizado: igual o superior a 221.000 euros o 750.000 euros en los contratos de servicios sociales y otros específicos del anexo IV de la LCSP.

Contratación de concesiones de servicios:

  • Procedimiento abierto y procedimiento restringido (véase art. 20 LCSP 9/2017):
    • No armonizado: inferior a 5.548.000 euros.
    • Armonizado: igual o superior a 5.548.000 euros.