Tramitación de la ordenanza de servicios funerarios del Ayuntamiento de Barcelona

En aplicación de las previsiones de la Ley 2/1997, de 3 de abril, de servicios funerarios, que confiere a los municipios la potestad para regular los servicios funerarios, fue aprobada la Ordenanza reguladora de los servicios funerarios de Barcelona por acuerdo del Consejo plenario de 24 de octubre de 1997. Posteriormente, y con ocasión de la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios del mercado interior, se aprobó en Cataluña el Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, que supuso la modificación, entre otras normas, de diversos aspectos de la citada Ley 2/1997, de 3 de abril, con el fin de adecuarlos a los nuevos requerimientos y en las Directivas comunitarias.

A la vista de que buena parte del contenido de la regulación municipal no se adecua a los objetivos y el espíritu de las normas actualmente en vigor, se plantea su actualización.