Entra en vigor el plan para reducir el ruido en el Triángulo Lúdico

08/09/2023 - 12:42 h

El plan establece un marco de medidas entre las que destacan el mantenimiento de las restricciones en la apertura de nuevos establecimientos que venden alcohol y la regulación de los horarios.

Resueltas las alegaciones que presentaron entidades vecinales y empresas que pertenecen a los ámbitos del ocio nocturno y la restauración, el día 1 de septiembre entró en vigor el Plan específico de medidas para la reducción del ruido en el ámbito de mayor densidad de actividades del Triángulo Lúdico del Parc i la Llacuna del Poblenou.

El plan afecta a la zona delimitada por las calles de Almogàvers (entre las calles Marina y Álava), Pallars (entre las calles Zamora y Álava), Pere IV (entre las calles Zamora y Ávila), y Zamora, Pamplona y Álava (entre las calles Almogávares y Pere IV). Entre las medidas más destacadas que establece se incluyen el mantenimiento de las restricciones de apertura de nuevos establecimientos musicales, bares, y tiendas que venden alcohol, y establece que no se autorizarán más terrazas y reducirá su horario actual.

PRINCIPALES MESURAS QUE CONTEMPLA EL PLAN

Reducción horaria de los establecimientos comerciales que venden comida y bebida
Los establecimientos con libertad de horario, tendrán que cerrar en horario nocturno de miércoles a sábado, de las 10 h de la noche a las 7 h de la mañana.

Limitación de las terrazas
No se admitirá la instalación de nuevas terrazas ni se permitirá la ampliación de las existentes.

Reducción horaria de las terrazas
Las terrazas existentes tendrán un horario restringido de 8 a 23 h todo el año, lo que acorta 1 hora el horario de miércoles a jueves y 2 horas de viernes a sábado y vísperas de festivo.

Reducción del ruido en las terrazas
Las personas titulares de los establecimientos con terraza tendrán que adoptar todas las medidas posibles para minimizar el ruido provocados por sus actividades, entre las cuales:

  1. Información específica y permanente a los clientes sobre el uso de un tono de voz no excesivamente alto.
  2. Uso de tacos insonorizadores a todos los pies de los elementos situados en el espacio público.
  3. Disposición de sistemas de sujeción protegidos para minimizar el ruido en su colocación o retirada.
  4. Indicación de la ubicación y superficie de ocupación de los módulos de terrazas.
  5. Los elementos de la vía pública permanecerán apiladas cuando el establecimiento cierre, y en caso de que permanezca cerrado más de 48 horas, deberán retirarse de la vía pública.
  6. De forma voluntaria, podrán instalar equipos de medida acústica y/o avisadores en terrazas como medida de sensibilización destinada a los clientes del establecimiento.

No permitir la realización de eventos lúdicos, culturales o festivos en el espacio público y no autorizar actividades extraordinarias en espacios abiertos (por ejemplo azoteas o terrazas) en horario nocturno.

Medidas a adoptar por los establecimientos de concurrencia pública (actividades recreativas musicales y actividades de restauración) para minimizar su ruido. También se prevé la firma de un nuevo convenio de colaboración para la prevención del incivismo y el despliegue del correspondiente dispositivo de vigilancia privada y de agentes cívicos.

Reducción horaria de determinadas actividades de restauración en la zona de máxima concentración de locales de ocio nocturno. Previamente a esta medida se realizará una reordenación del flujo de personas. Sólo en caso de que esta medida previa no funcione, pasados tres meses, se aplicaría la reducción horaria.

Medidas a llevar a cabo directamente por los servicios municipales, tales como control e inspección de las actividades y terrazas, presencia policial o limpieza de las calles una vez finalizadas las actividades.

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