La última forma de racismo aceptada en Europa: el antigitanismo de Estado
Artículo escrito por Ismael Cortés
Definiciones de antigitanismo
El Consejo de Europa (CoE) define el antigitanismo[1] como “una forma específica de racismo dirigida contra los gitanos, una ideología basada en la superioridad racial, una forma de deshumanización y de racismo institucional alimentada por la discriminación histórica, que se expresa, entre otros modos, mediante la violencia, el discurso del odio, la explotación, la estigmatización y la discriminación más descarnada”.
En el mismo texto, el CoE añade que el antigitanismo es una forma específica de racismo que se caracteriza porque: en primer lugar, es persistente tanto históricamente como geográficamente (es permanente y no disminuye); en segundo lugar, es sistemático (es aceptado prácticamente por toda la comunidad); y, en tercer lugar, suele acompañarse de actos de violencia. Estas características sitúan al antigitanismo, según el CoE, al mismo nivel que el antisemitismo en el continente europeo.
Dimensiones del antigitanismo
Utilizando el modelo de análisis de los mecanismos de producción y reproducción de la violencia diseñado por la Cátedra Unesco de Filosofía para la Paz, se pueden identificar tres dimensiones en las que se articula el antigitanismo: la simbólica, la material y la institucional.
La dimensión simbólica del antigitanismo implica a los discursos (hablados, recitados, cantados o escritos), las imágenes (documentales, artísticas o publicitarias) y los textos (fílmicos, científicos o literarios) que representan a las personas gitanas de una forma estereotipada. La dimensión simbólica del antigitanismo refuerza el distanciamiento cultural entre las personas gitanas y el resto de la sociedad; y genera una desactivación de los mecanismos éticos fundamentales de identificación con el prójimo: la empatía, la compasión o la solidaridad.
El discurso de odio constituye un caso in extremis de violencia simbólica, cuyos efectos no solo desactivan la identificación moral con el prójimo, sino que activan mecanismos afectivos de odio al diferente y justifican el uso de la violencia física contra un objetivo humano determinado (individual o colectivo). La Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) reconoce al colectivo gitano (internacionalmente conocido como “romaní”) como uno de los grupos que deben ser especialmente protegidos por los Estados miembros, por su carácter de grupo vulnerabilizado históricamente debido a episodios sistemáticos de difamación, pogromos y genocidio.
La dimensión material del antigitanismo hace alusión a las desigualdades en vivienda, empleo, salud, patrimonio heredado y nivel de ingresos, lo cual determina las oportunidades vitales de desarrollo. A este respecto, quiero destacar los siguientes datos recogidos en el informe sobre el estado de los derechos de los romaníes, publicado en 2018 por la Agencia Europea para los Derechos Fundamentales (FRA):
- pobreza: el 90% de los encuestados vive en hogares con un nivel inferior al ingreso de la línea de pobreza nacional en sus respectivos países;
- trabajo asalariado: dos tercios de los encuestados se encuentran fuera del mercado laboral;
- salud: la esperanza de vida al nacer en la UE es de 76 años para los hombres y 82 para las mujeres. Para los romaníes, se estima que es entre 10 y 15 años menos dependiendo de las comunidades encuestadas;
- vivienda: el 45% de los encuestados vive en hogares donde falta al menos uno de los siguientes equipamientos o instalaciones básicos: cocina, baño, ducha o electricidad.
Además, el último informe de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) insta a los Estados a acabar urgentemente con el fenómeno de segregación escolar que los niños y las niñas romaníes sufren a causa de la guetificación a la que se ha sometido a un segmento importante de la población romaní.
La dimensión institucional del antigitanismo implica a las acciones del funcionariado público (i.e. personas que trabajan como profesores, policías, autoridades políticas, jueces, fiscales, trabajadores sociales, médicos, reporteros, etc.). El antigitanismo institucional produce:
- prejuicios y estereotipos, a través del sistema educativo, los múltiples circuitos de producción y distribución cultural, y los medios de comunicación;
- discurso de odio, a través de los partidos políticos de prácticamente todo el espectro ideológico;
- persecución policial, que incluye identificaciones en la calle de manera “arbitraria” y acoso a personas migrantes gitanas;
- derribos de viviendas y deportaciones en masa;
- guetificación de la población gitana en barrios periféricos;
- exclusión del acceso a puestos de representación política en los partidos;
- exclusión de los espacios de producción de conocimiento.
Antigitanismo de Estado
Hablar de “antigitanismo de Estado” implica hablar de responsabilidad institucional en el mantenimiento y reproducción de un tipo de discriminación racial que se ha llamado el “apartheid” tolerado de Europa. El Estado se materializa en sus instituciones, que en última instancia se rigen por las normas constitucionales que definen los derechos y libertades fundamentales. Esto es lo que se conoce como el Estado de derecho: donde toda acción institucional obedece a una norma jurídica.
En el caso del Estado español, contrariamente a lo que prescribe el Derecho internacional que emana de las Naciones Unidas, los derechos de las minorías no están garantizados en nuestra Constitución. Esta situación de desprotección jurídica contradice los diferentes documentos ratificados por España relativos al estatuto de las minorías, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, así como otros documentos internacionales que pretenden orientar la acción de los Estados en este ámbito, como la Declaración sobre el derecho al desarrollo de 1986 o la Declaración sobre los Derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas de 1993.
Desde 1977, la ONU ha venido utilizando la siguiente definición de minoría[2]: “Un grupo numéricamente inferior al resto de la población de un Estado, que se encuentra en una posición no dominante y cuyos miembros, que son nacionales del Estado, poseen características étnicas, religiosas o lingüísticas diferentes de las del resto de la población y manifiestan, aunque sólo sea implícitamente, un sentimiento de solidaridad para preservar su cultura, sus tradiciones, su religión o su idioma.” En base a esta definición, otros países de Europa occidental como Alemania o Suecia han reconocido al pueblo romaní como una minoría nacional, lo cual allana el camino para el efectivo reconocimiento de los derechos culturales, políticos y económicos de este pueblo sin Estado.
Paradójicamente, el Estado español se comprometió en 2011 con una “Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en España 2012-2020”, sin reconocer ni ahora ni entonces al pueblo gitano como una minoría nacional. Esta falta de reconocimiento relega fuera del ámbito constitucional cualquier medida que se derive de esta estrategia. Por ende, en lugar de iniciar un proceso de institucionalización de los derechos de los romaníes, la Estrategia de Inclusión ha generado una subcontratación por parte de los sucesivos gobiernos, que han delegado su responsabilidad en organizaciones de la sociedad civil. Este proceso de desplazamiento de la garantía de los derechos fundamentales de colectivos marginalizados a entidades del tercer sector se conoce en la teoría crítica del desarrollo como ONGización, y ha sido especialmente estudiado en los casos de Haití e India.
La noción de antigitanismo de Estado apunta a reorientar las políticas públicas priorizando el análisis de la discriminación contra la población gitana, para identificar la responsabilidad institucional en el mantenimiento y reproducción de las formas estructurales, históricamente arraigadas y sistémicas de racismo, poniendo el foco en los actores estatales. En la línea de trabajo que he desarrollado con el Centro Europeo de Estudios Políticos, esta propuesta de trabajo se centra en torno a cuatro ejes: la identificación de actores institucionales nacionales, regionales y locales; la puesta en marcha de programas de capacitación y educación para funcionarios (incluyendo a las autoridades políticas); la realización de un mapeo de los recursos disponibles para políticas destinadas a población gitana; y, finalmente, el diseño de protocolos de comunicación institucional, orientados tanto a medios de comunicación como a los circuitos culturales y al discurso político.
Para concluir, quiero subrayar que el concepto de antigitanismo de Estado se enmarca en la discusión política más amplia acerca de la actualidad de los derechos y libertades fundamentales y las amenazas neofascistas al Estado de derecho en la UE. El peligro político actual estriba en las posibilidades reales y fehacientes de que el Estado de derecho, garante del carácter universal de la ciudadanía, esté gobernado por y para una comunidad cultural particular: generando una jerarquía de ciudadanías de primera, segunda y tercera clase, en base a criterios étnicos o culturales.
En este contexto, son especialmente preocupantes los últimos éxitos electorales de partidos tales como: Agrupación Nacional (Francia), Fidesz (Hungría), Ley y Justicia (Polonia), Liga Norte (Italia), Partido de la Libertad (Austria) o el Partido Popular Danés (Dinamarca). Recientemente hemos asistido a un indignante episodio de antigitanismo de Estado, perpetrado nada menos que por el Ministro del Interior italiano, Matteo Salvini, al declarar en una entrevista de radio la intención de crear un censo de aquellas personas que sean de etnia gitana, para expulsar a los que no hayan nacido en el país, lamentando que los que sean italianos «hay que quedárselos».
En un Estado de derecho, la sociedad civil tiene el deber de pedir cuentas a las instituciones por el cumplimiento de los derechos humanos; y, además, tiene la misión de identificar la responsabilidad política de quienes, activa o pasivamente, producen y reproducen situaciones de menosprecio a los derechos y libertades fundamentales de la ciudadanía.
[1] La Alianza contra el Antigitanismo define el ‘antigitanismo’ como: «Un dispositivo de dominación históricamente construido, un racismo persistente y cotidiano contra los grupos humanos identificados bajo el estigma ‘gitano’ u otros términos relacionados e incorpora: 1. una percepción y descripción homogeneizadora y esencializante de estos grupos; 2. la atribución de características específicas y diferenciales; 3. estructuras sociales de discriminación que tienen como efecto el ostracismo y la reproducción de desigualdades.”
[2] Definición aportada por Capotorti en 1977, en calidad de Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías.
Otras Reflexiones
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Más información
- Alliance against Antigypsyism (2016): Antigypsyism - A Reference Paper
- Council of Europe (2012) Descripting Glossary of Terms Related to Roma Issues
- Centre for European Policy Studies (2017) Combating Institutional Anti-Gypsyism: Responses and promising practices in the EU and selected Member States
- Fundamental Rights Agency (2018) A persisting concern: anti-Gypsyism as a barrier to Roma inclusion
- Parlamento Europeo (2017) Resolución de 25 de octubre sobre los aspectos de la integración de los gitanos en la Unión relacionados con los derechos fundamentales: combatir el antigitanismo