Cómo complementar la pensión con tu vivienda habitual

Según la Encuesta de Condiciones de Vida del Instituto Nacional de Estadística, en España existen casi 9,5 millones de personas mayores de 65 años, de las cuales el 89% son propietarias de su vivienda habitual. En este grupo de edad, los inmuebles representan gran parte de su patrimonio.

También es una realidad que la esperanza de vida ha aumentado y que, cada vez más, muchas personas llegan a la edad de jubilación con buena situación de salud. Por el contrario, en la mayoría de casos ven reducidos sus ingresos (las pensiones suponen alrededor del 70% del último salario) y en los dos últimos años la inflación ha disminuido su poder adquisitivo.

Ante esta situación, es importante que las personas mayores y sus familias tengan conocimiento de diferentes figuras legales, aparte de la venta o alquiler tradicionales, que pueden ayudarles a obtener ingresos adicionales:

  • La venta de la nuda propiedad: Se traspasa la propiedad del inmueble por un valor inferior al valor de mercado, pero se conserva el usufructo de forma vitalicia. De esta manera, la persona puede seguir viviendo en su vivienda o alquilarla para obtener más ingresos.
  • La renta vitalicia inmobiliaria: Se trata de vender la totalidad de la propiedad o sólo la nuda propiedad a cambio de un pago inicial más una renta vitalicia. Se puede seguir haciendo uso de la vivienda de forma temporal o de forma vitalicia, en función de las necesidades y de lo que se acuerde con la parte compradora.
  • La vivienda inversa: Se vende el inmueble pero al mismo tiempo se firma un contrato de alquiler temporal o vitalicio por una renta mensual reducida (o incluso sin renta), que permite al antiguo propietario seguir viviendo en la misma vivienda.
  • La hipoteca inversa: Se constituye una hipoteca con una entidad financiera a cambio de un pago inicial y una renta temporal o vitalicia, que permite mantener la propiedad y uso de la vivienda. En el momento del fallecimiento, la deuda acumulada deberá ser liquidada por los herederos.
  • El anticipo de alquileres: Se mantiene la propiedad pero se cede la gestión del uso a una empresa que adelanta una cantidad de dinero para reformas o para el pago de una residencia. Posteriormente se pone la vivienda en alquiler hasta recuperar la cantidad estipulada. Es una opción más adecuada para personas que no quieren vender, necesitan liquidez y deben vivir en una residencia o en casa de un familiar. Para estos casos el Ayuntamiento de Barcelona tiene un acuerdo con la empresa Pensium sobre la financiación amigable de residencias.

Aparte de las fórmulas tradicionales de venta o alquiler, éstas son algunas de las opciones al alcance de personas mayores propietarias de su vivienda habitual que tengan necesidad de obtener mayores ingresos o pagar una residencia.

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