Nuevos permisos para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral

El Consejo de Ministros del Gobierno de España celebrado el pasado 27 de junio de 2023 anunció un conjunto de medidas encaminadas a reforzar el derecho a la conciliación y protección a las personas trabajadoras.

La nueva normativa recoge los siguientes permisos laborales:

  • Nuevo permiso parental para el cuidado de hijos o menores acogidos menores de 8 años. Este permiso tiene una duración máxima de 8 semanas y se puede disfrutar de forma flexible.
  • Ampliación del derecho para la adaptación de la jornada de personas con dependientes a cargo. Es necesario acreditar el cuidado de hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado u otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio.
  • 5 días retribuidos para familiares convivientes con trabajadores que sufran un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo domiciliario. Se pueden beneficiar las personas que convivan con el trabajador o trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio y también las parejas de hecho en el ámbito del permiso, así como familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
  • 4 días retribuidos por ausentarse del trabajo por causas de fuerza mayor. Cuando sea indispensable la presencia inmediata por motivos familiares urgentes e imprevisibles (enfermedad o accidente).
  • En los permisos por muerte del cónyuge, se equiparan los derechos de las parejas de hecho con los de los matrimonios.
  • Se amplía el derecho a la reducción de jornada para encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad del cónyuge o pareja de hecho, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, si no existe ningún otro familiar por consanguinidad directa hasta el segundo grado.
  • Se amplía el derecho a la reducción de jornada para el cuidado de hijos o personas a cargo con discapacidad que sean menores de 26 años y que tengan una enfermedad grave, cuando el grado de discapacidad supere el 65% (acreditado antes de cumplir los 23 años).
  • Se establece un permiso remunerado de 15 días naturales en caso de registro de pareja de hecho.
  • Se amplían los períodos de suspensión del contrato del progenitor en las familias monoparentales, en los casos de discapacidad del hijo o hija y nacimientos múltiples.

La nueva normativa garantiza que las personas trabajadoras no puedan ser perjudicadas por ejercer estos nuevos derechos de conciliación, así como que no exista un trato desfavorable entre mujeres y hombres para ejercer sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.

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