A menudo encontramos, en los contratos de alquiler de vivienda, una cláusula que permite a la persona arrendadora visitar la vivienda alquilada durante el contrato de alquiler para comprobar el estado de conservación de ésta.
Esta es una situación abusiva que perjudica a la persona inquilina, ya que faculta a la persona arrendadora a entrar en la vivienda cuando quiera, perturbando al inquilino en el uso pacífico de la vivienda.
La persona arrendadora tiene que garantizar el uso pacífico de la vivienda durante el tiempo que dure el contrato de alquiler. Tenemos que pensar que, cuando alquilamos una vivienda para que sea nuestra vivienda habitual, estamos fijando nuestro domicilio, el lugar donde viviremos y estableceremos nuestro espacio privado.
Tenemos que pensar también, que el concepto «domicilio» se encuentra protegido por la Constitución española, cuando habla del derecho a la «inviolabilidad de domicilio» y que, por lo tanto, la persona arrendadora no puede entrar cuando quiera con la excusa de comprobar el estado de la vivienda. Sería una intromisión en el espacio íntimo y privado de la persona o personas que habitan la vivienda.
Así, sólo estaría permitida la entrada del arrendador en la vivienda alquilada, cuando se tenga que hacer alguna obra de reparación en la vivienda, en este caso si que está justificado que la persona arrendadora pueda entrar en la vivienda específicamente para eso y siempre hablando con antelación con las personas inquilinas.
Si tienes dudas sobre alguna de las cláusulas de tu contrato de alquiler o quieres revisar bien el contrato antes de firmar, puedes contactar con la Asesoría de Vivienda a través de los Servicios infoJOVE de Barcelona.