Convocatoria de subvenciones para la reducción de la pobreza y la precariedad de las mujeres en el marco de la estrategia contra la feminización de la pobreza y la precariedad (2016-2024) para el 2022

Estado:
En justificación
Plazo de presentación:

Del 25 de noviembre al 24 de diciembre de 2021 (ambos inclusive)

Temas:
Derechos sociales y servicios sociales
Ciudad
2022
Acceso al trámite:
Ir a la Oficina Virtual

Última actualización:

Las subvenciones tienen por objeto proyectos que tengan como marco la Estrategia contra la feminización de la pobreza y la precariedad 2016-2024 (EFPP), teniendo en cuenta las especificidades que le son propias, y deberán fomentar actividades de interés público o social que tengan como objetivo la reducción de la pobreza y la precariedad femenina —a corto, medio y largo plazo— en la ciudad de Barcelona, de acuerdo con los objetivos definidos por la Dirección de Servicios de Género y Políticas del Tiempo de la Gerencia Municipal, que incluye la EFPP y los contenidos concretados en la convocatoria.

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas que cumplan los objetivos y requisitos de la convocatoria y que estén enmarcadas en estas bases reguladoras, en alguna de las siguientes formas:

  • Entidades sin ánimo de lucro. 
  • Agrupaciones de personas físicas de proyectos de reducción de la pobreza y precariedad de las mujeres que no estén formalizados.

El 24 de noviembre se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona la modificación de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones en el marco de la Estrategia contra la feminización de la pobreza y la precariedad en la ciudad de Barcelona (2016-2024) para el 2022, con un plazo de presentación de solicitudes del 25 de noviembre al 24 de diciembre de 2021, ambos incluidos.

Para los sujetos obligados que se indican en el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, es obligatorio cumplimentar y presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento,  siguiendo las instrucciones indicadas en este portal. El resto de sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración también deben hacerlo preferentemente por esta vía. En el caso excepcional de presentación presencial, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, estos documentos se pueden presentar en cualquiera de las oficinas del Registro General que se indiquen en el documento anexo 1, previa concertación de cita con el Ayuntamiento de Barcelona.

 

 

Estado:
En justificación
Plazo de presentación:

Del 25 de noviembre al 24 de diciembre de 2021 (ambos inclusive)

Temas:
Derechos sociales y servicios sociales
Ciudad
2022
Acceso al trámite:
Ir a la Oficina Virtual