¿Qué forma jurídica es la más adecuada para mi proyecto?
Antes de plantearnos cuál será nuestra forma jurídica, deberemos considerar diferentes aspectos:
- Qué tipo de actividad tendremos: con ánimo de lucro o sin ánimo de lucro; según los tipos que tendremos, en algunos casos, la normativa obliga a adoptar determinada forma jurídica.
- El número de personas socias.
- La responsabilidad de los promotores/as.
- El régimen de cotización en la Seguridad Social de las personas socias.
- Los capitales mínimos.
- Los costes y trámites de constitución y gestión.
- La fiscalidad
- Las subvenciones: el acceso a algunas subvenciones o ayudas puede excluir algunas formas jurídicas.
- La imagen frente a los clientes.
También deberemos considerar el tipo de actividad que se ejercerá:
- Las empresas con ánimo de lucro.
Entidades sin ánimo de lucro: básicamente, asociaciones y fundaciones. Para más información sobre este aspecto, puede consultar la página del Centro de Recursos para las Asociaciones Juveniles de Barcelona (CRAJ), que ofrece servicios y recursos a las asociaciones juveniles de la ciudad.
¿Qué formas jurídicas existen para empresas con ánimo de lucro?
Las formas jurídicas pueden dividirse en dos grandes bloques: el de las empresas personalistas y las empresas no personalistas.
Empresas personalistas
Se ejerce la actividad en nombre propio y sin construir formalmente un patrimonio distinto al de las personas que las forman. No existe separación entre patrimonio empresarial y patrimonio particular. Las más conocidas son las siguientes:
- Empresario/a individual (EI): como se conoce de manera incorrecta y popularmente: autónomo/a, “freelance”...
- Sociedad civil privada (SCP): es lo mismo, pero dos o más personas se obligan a poner en común bienes o dinero, trabajo o industria con ánimo de repartir entre sí las ganancias.
Empresas no personalistas
Son aquellas en las que es necesario crear otra persona jurídica, pero que, a efectos del mercado, puede obrar al igual que una persona física. Por tanto, quien contratará y facturará será esta nueva persona jurídica (la sociedad) y no las personas asociadas propietarias de la empresa. Las más utilizadas son: Sociedad limitada (SL), Sociedad anónima (SA), Sociedad limitada laboral (SLL), Sociedad anónima laboral (SAL) y Cooperativas (SCCL).
¿Qué es el Plan de Empresa y qué tiene en cuenta?
El Plan de Empresa es un guión que te servirá para analizar y estructurar tu idea de negocio, reflejará, de forma ordenada y coherente, el proyecto empresarial.
Sirve para obtener un resumen de la estrategia, acciones y medios que el proyecto empresarial necesita para llevarse a cabo de forma objetiva.
Consta de diferentes apartados y aspectos a tener en cuenta:
- Evaluación previa de la idea: Tendrás que pensar en la idea, madurarla y desarrollarla. También tendrás que hacer un autodiagnóstico del perfil de emprendedor para aprovechar aquellas habilidades y competencias más desarrolladas.
- Marketing: Deberás definir una estrategia de marketing, un análisis previo a la decisión de poner en marcha el negocio que incluye conceptos como: estudio de mercado, público objetivo, posicionamiento, promoción...
- Producción y calidad: Se refiere a la metodología que seguirás para fabricar o vender tu producto o servicio, qué recursos necesitarás y los costes, cómo harás el seguimiento de la calidad...
- Organización y gestión: Es importante decidir una estrategia adecuada para el lanzamiento en el mercado de nuestro negocio, esto se puede hacer mediante herramientas como el análisis DAFO, las cinco fuerzas de Porter o la cadena de valor. Tendrás que planificar los objetivos, inversiones, ventas, personal…, con una temporización.
- Constitución y legalización de la empresa: Tendrás que escoger la forma jurídica más adecuada para tu proyecto y conocer los trámites para poner en marcha la empresa. También tendrás que conocer cuáles son las obligaciones fiscales para saber qué impuestos afectan por razón de tu actividad.
- Plan Económico-Financiero y Financiación: Es necesario tener cuantificadas las inversiones que deben llevarse a cabo para la puesta en marcha de la empresa, y el dinero necesario para hacer frente a la gestión diaria del negocio. También deberemos saber los gastos fijos y variables, así como aprender a realizar una previsión de ventas.
Todo esto es una tarea complicada y que requiere esfuerzo, pero se puede aprender, y llevarla a cabo con mayores probabilidades de éxito si se cuenta con el acompañamiento de personal experto.
¿Cómo puedo darme de alta como autónomo/a?
Para darse de alta como autónomo/a es necesario darse de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social.
La documentación que necesitas es la siguiente:
- Original y fotocopia del DNI del titular de la empresa individual (autónomo). (Extranjeros: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia).
- Original y fotocopia de la tarjeta de la Seguridad Social (NO es la tarjeta sanitaria facilitada por el CatSalut). Sirve un informe de vida laboral o una nómina.
- Datos personales del titular y su cónyuge: Fotocopia DNI y Régimen matrimonial (para acreditar el régimen matrimonial deberá presentarse original y fotocopia del Libro de familia).
- Datos del domicilio del titular y de la actividad (incluidos código postal, teléfono y correo electrónico).
- Fecha de inicio de la actividad.
- Epígrafe IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).
- Dado que lo que se solicita es la inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos deberá aportarse la Base de cotización RET escogida.
- Mutua colaboradora de la Seguridad Social seleccionada.
- Datos bancarios para la domiciliación del recibo de autónomos (Indicar IBAN).
- Régimen IRPF: Estimación directa normal (EDN), Estimación directa simplificada (EDS) o Estimación objetiva por módulos (EOM).
- Indicar si tendrá clientes o proveedores de la Unión Europea (Registro operadores Intracomunitarios).
- Si la licencia de apertura está solicitada es necesario el número de referencia.
- Capitalización de la prestación por desempleo (Se debe solicitar antes de iniciar la actividad).
- Certificado acreditativo de discapacidad, en su caso.
- En caso de que contrates trabajadores/as, deberás presentar más documentación.
En la Cámara de Barcelona existe un servicio gratuito para darse de alta, se debe pedir cita previa aquí.
¿Qué documentación y permisos necesito para abrir un negocio en Barcelona?
La documentación que necesitas para abrir un negocio en Barcelona dependerá del tipo de negocio que quieras poner en marcha. Es decir, no necesitas el mismo permiso para abrir un bar de ocio nocturno que abrir una tienda de ropa. Es por eso que lo más adecuado es que te acerques a la Oficina de Atención a las Empresas (OAE), concertando cita previa o al servicio “La OAC te llama” pidiendo cita previa también.
En estos servicios te explicarán toda la documentación que necesitas presentar para poder abrir tu negocio en Barcelona.
¿Qué ayudas existen para jóvenes en el ámbito del emprendimiento?
La más conocida es la Garantía Juvenil (Autoempleo de jóvenes en el marco del programa REACT-UE). Esta convocatoria aparece cada año. Se trata de una subvención de un importe fijo de hasta 13.510€ (2021) para cada joven que se dé de alta como persona trabajadora autónoma durante doce meses para garantizar un ingreso mínimo a la persona trabajadora autónoma al inicio de su actividad económica.
Un resumen de las condiciones de las últimas convocatorias:
- Jóvenes inscritas como personas demandantes de empleo no ocupados (DONO) en el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) o bien en el programa de Garantía Juvenil, en situación de “inscrito beneficiario”.
- Jóvenes que tengan entre 18 y 29 años (ambos incluidos) en el momento de iniciar la actividad como trabajadores/as o trabajadores/as autónomos/as.
- Disponer de domicilio fiscal y centro de trabajo en Cataluña.
- Tendrás que darte de alta de forma ininterrumpida en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos (RETA), en el régimen especial de trabajadores del mar, en el régimen especial de trabajadores de la minería del carbón o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente durante un período de doce meses.
Aparte de ésta, existen diferentes ayudas y subvenciones para diferentes sectores.
Si tienes interés en saber más sobre ello, solicita una cita previa con nuestra Asesoría de Emprendeduría.
¿Cómo puedo capitalizar el paro?
La capitalización del paro es el pago único de la prestación contributiva de paro de forma anticipada y pendiente de cobrar. Esta prestación sirve para fomentar y facilitar iniciativas de emprendimiento y de empleo autónomo. Para poder pedir esta prestación deben cumplirse algunos requisitos como estar en situación de desempleo o no haber hecho uso de la capitalización en los cuatro años inmediatamente anteriores.
Puede solicitarse en cualquier momento siempre que se tengan más de tres meses pendientes de cobro y se cumplan con los requisitos establecidos.
Existen tres modalidades de percepción de la prestación que dependen del tipo de actividad, siendo diferentes para los trabajadores autónomos o socios de una entidad mercantil y para los socios trabajadores o de trabajo de carácter estable en una cooperativa o sociedad laboral.
Encontrarás toda la información ampliada en este enlace.
La solicitud debe presentarse presencialmente en la Oficina de Trabajo más cercana junto con la documentación requerida (según la modalidad de capitalización escogida) pidiendo cita previa al teléfono del SOC: 900 800 046 de 8.30 a 14h.
¿Cómo puedo cobrar si no soy una persona jurídica?
Si no eres una persona jurídica y necesitas facturar podrás hacerlo siempre que no sea una actividad habitual y la actividad no genere ingresos superiores al SMI (Salario Mínimo Interprofesional).
Para realizar la factura debes darte de alta en la Agencia Tributaria con el modelo 36 o el 37. Lo puedes hacer gratuitamente aquí:
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Agencia Tributaria, Plaza del Dr. Letamendi, 13-23, 08007 Barcelona.
Para facturaciones puntuales no es necesario darse de alta en la Seguridad Social.
También tendrás que declarar el IVA con el modelo 303 y el IRPF con el modelo 130 y/o la declaración de la renta.
Después de facturar y cumplir con las obligaciones fiscales, tendrás que darte de baja a Hacienda con el mismo modelo 36 o el 37.
Existen cooperativas de facturación, pero no recomendamos facturar a través de éstas ya que no cumplirías con las obligaciones fiscales y están bajo el punto de mira de Hacienda.
¿Dónde puedo encontrar formación relacionada con el emprendimiento y qué recursos existen para el acompañamiento a la creación de un proyecto?
Existe un buscador de servicios por personas emprendedoras prestados por entidades públicas y privadas de Cataluña. En este buscador podrás filtrar en función del servicio que necesitas (información, asesoramiento personalizado, aceleración e incubación, soporte en trámites, espacio de alojamiento, bolsas de negocios y servicios, premios y concursos de ideas…), el tipo de negocio, el sector y la fase del proyecto.
Por otra parte, Barcelona Activa cuenta con muchos recursos, formaciones y acompañamiento en la formación de empresas. Te recomendamos que consultes su página web.
¿Qué es la Economía Social y Solidaria y a qué principios debe responder a un proyecto para que se considere de Economía Social y Solidaria?
La Economía Social y Solidaria es el conjunto de iniciativas socioeconómicas, formales o informales, individuales o colectivas, que priorizan la satisfacción de las necesidades de las personas por encima del lucro.
Los elementos comunes de todas las iniciativas que definen el carácter transformador de la Economía Social y Solidaria son:
- La gestión democrática y participativa: la Economía Social y Solidaria introduce la democracia en la economía y en la empresa en detrimento de una organización jerárquica en la que unas pocas personas gestionan y deciden.
- La orientación a las necesidades humanas: la Economía Social y Solidaria trabaja para que la economía esté al servicio de las personas para gestionar los recursos equitativamente y explotarlos de forma sostenible.
- El compromiso con la comunidad: Las organizaciones de la Economía Social y Solidaria contribuyen a mejorar la sociedad, creando empleo, prestando servicios, vinculándose al territorio, apoyando causas sociales, financiando iniciativas de solidaridad con los países empobrecidos y laborando con movimientos sociales transformadores.
Puedes ampliar la información al respecto aquí.
Además, el Ayuntamiento de Barcelona cuenta con el equipamiento InnoBA, un espacio que ofrece actividades, servicios especializados, investigación, formación y espacios de experimentación e incubación, en el ámbito de la Economía Social y Solidaria y la Innovación Socioeconómica.