¡Nueva subvención para pagar el alquiler! Se dirige a jóvenes y ya la puedes pedir

11/03/2024 - 10:56 h

Vivienda. La convocatoria está abierta del 11 de marzo a las 9 h al 12 de abril a las 15 h. ¿Sabes en qué consiste y cómo solicitarla?

La Generalitat de Catalunya concede una nueva subvención para el pago del alquiler, dirigida a jóvenes de hasta 35 años.

La convocatoria está abierta del 11 de marzo a las 9 h al 12 de abril a las 15 h.

Si quieres solicitarla y no entiendes exactamente en qué consiste la ayuda y los requisitos para pedirla, cómo funciona el trámite, qué documentación adjuntar, si hay más subvenciones disponibles…

Reserva plaza para la sesión “Cómo solicitar la subvención al pago del alquiler para jóvenes” (21 de marzo a las 18 h, en el Centro de Información y Asesoramiento para Jóvenes).

¿EN QUÉ CONSISTE LA SUBVENCIÓN?

Es una ayuda directa pensada para contribuir al pago de tu renta de alquiler o cesión de uso de una vivienda o de una habitación, con el objetivo de su mantenimiento.

La puedes pedir:

  • Preferentemente online a través de la web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña (¡Ep! Para hacerlo necesitarás habilitar un certificado digital o el idCAT Mòbil).
  • En caso de necesidad, también la podrás solicitar presencialmente a través de las Oficinas de la Vivienda de Barcelona, pidiendo cita previa por teléfono (llamando al 010 – gratuito y hábil de 7 a 23 h, los 7 días de la semana).

Si te conceden la subvención, recibirás un pago que subvencionará tu alquiler anual del año de la convocatoria (es decir, el alquiler de todo el 2024).

Su cuantía anual será de 240 € como mínimo y de 3.000 € como máximo, dependiendo del esfuerzo que dedicas a pagar el alquiler.

En caso de que pidas la subvención para el pago de un contrato de alquiler firmado entre el 1 de enero y el 12 de abril del 2024, la ayuda consistirá en una cuantía mensual de 20 € como mínimo y de 250 € como máximo, a partir del mes siguiente al de inicio de contrato y hasta diciembre del 2024.

Requisitos básicos

  • Ser titular de un contrato de alquiler, cesión de uso o habitación y estar empadronado/a en el piso.
  • Tus ingresos no pueden sobrepasar los 24.301,58€ anuales (3,05 veces el Indicador de Renta de Suficiencia – IRSC).
  • El alquiler que pagas no puede ser superior al establecido por la normativa.
    – En Barcelona ciudad y su área metropolitana (Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Oriental y Vallès Occidental), el umbral máximo del alquiler para poder acceder a la convocatoria es de 950 € en el caso de pisos y 450 € en el caso de habitaciones.
    – En caso de familias numerosas y monoparentales, y para Unidades de convivencia con algún miembro con grado de discapacidad reconocida y baremo de movilidad favorable, el importe máximo del alquiler de la vivienda en la ciudad de Barcelona, Baix Llobregat, Maresme, Vallès Oriental y Vallès Occidental, será de 1.100€ al mes.

Consulta otros requisitos y más información en la web vivienda. barcelona.

RECOMENDACIONES QUE PUEDES APLICAR YA Y QUE TE FACILITARÁN LA VIDA

¡Presenta la solicitud sin problemas! Te recomendamos:

  • Que utilices la vía telemática para hacer la solicitud. Con tranquilidad: la concesión de la ayuda no va por orden de entrada de solicitudes. Tienes hasta el 12 de abril a las 15 h.
  • Que habilites un certificado digital o el idCAT Mòbil.
  • Que prepares la siguiente documentación básica: hoja de datos bancarios, contrato de alquiler o habitación, recibos de alquileres pagados hasta la fecha de presentación, y declaración de la renta o Certificado de imputaciones del año 2022 (puedes obtener este certificado aquí). Si empezaste a trabajar el año 2023, puedes adjuntar tu vida laboral y el Certificado de retenciones e ingresos del ejercicio 2023. Y si eres recién llegado, retornado o exiliado, la acreditación de ingresos obtenidos en el extranjero, debidamente traducida.
  • Que digitalices en formato. PDF los documentos requeridos (¡vigila que no pesen demasiado!).
  • Es importante que tengas en cuenta que, si has recibido la subvención por un importe de 1.000€ o más, tendrás la obligación de hacer la declaración del ejercicio correspondiente y declarar la cantidad concedida.
  • Para recibir asesoramiento sobre el trámite puedes pedir cita con el servicio “Vivienda Te Llama”, llamando al 010 o accediendo directamente al portal de trámites del Ayuntamiento de Barcelona. Aparte, puedes contactar con Joves de Barcelona, en puntos distribuidos por toda la ciudad, o a través del Whatsapp 662 333 350.