PEUAT

Plan especial urbanístico de alojamientos turísticos

  • Hoteles apartamentos
     
  • Hostales y pensiones
     
  • APARTAMENTOS TURÍSTICOS
     
  • VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO
     
  • Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona
     
  • ALBERGUES DE JUVENTUD
     
  • HOTELES
     
  • Hogares compartidos
     
Il·lustració d'una ciutat
Il·lustració d'una ciutat

¿Qué es el PEUAT?

El Plan especial urbanístico de alojamientos turísticos (PEUAT) regula la implantación de establecimientos de alojamiento turístico, así como de albergues de juventud, viviendas de uso turístico y hogares compartidos.

Esta regulación responde a la necesidad de hacer compatibles los alojamientos turísticos de la ciudad con un modelo urbano sostenible basado en la garantía de los derechos fundamentales y la mejora de la calidad de vida de los vecinos y vecinas.
Más allá de la oferta turística, el plan tiene también por objeto regular el alojamiento temporal en las residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona.

En fecha 23 de diciembre de 2021, el Plenario del Consejo Municipal aprobó definitivamente el texto del nuevo Plan de alojamientos turísticos, y su entrada en vigor se ha producido el 26 de enero de 2022, con la publicación en el BOPB.

Más información:

Un instrumento de gestión de las VUT

Las viviendas de uso turístico (VUT) son viviendas cedidas por su propietario, directa o indirectamente, a terceros, de manera reiterada y a cambio de una contraprestación económica, para una estancia de temporada.

El PEUAT establece el crecimiento cero de las VUT en toda la ciudad.

Así, para evitar una excesiva concentración y garantizar una distribución territorial equilibrada, cuando cese una VUT de una de las zonas saturadas se permitirá una nueva alta o la redistribución de la zona de crecimiento contenido.

Evolución del número de viviendas de uso turístico, 2005-2021

Fuente: CEAT, septiembre de 2021 y Observatorio del Turismo en Barcelona, Ayuntamiento de Barcelona

Hogares compartidos

El nuevo documento aprobado regula también la figura de los hogares compartidos. La Generalitat de Catalunya creó esta nueva modalidad de alquiler de habitaciones de uso turístico en viviendas habituales con el Decreto 75/2020 de turismo, que se publicó el 6 de agosto de 2020. Prevé alquileres que no superen los 31 días de estancia con un máximo de cuatro plazas por piso y requiere que quien solicite la autorización sea la persona que vive habitualmente en la vivienda.

El PEUAT establece las condiciones generales de implantación de esta nueva modalidad de alojamiento turístico, aunque la regulación de los requisitos y condiciones para el ejercicio de estas actividades está supeditada al desarrollo de la futura ordenanza que la establezca específicamente.

Fachada de un edificio de la Plaça de la Vila de Gràcia

LAS ZONAS
El PEUAT es un instrumento urbanístico para ordenar y controlar la implantación de alojamientos turísticos en la ciudad y garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía.
LAS ZONAS
ZONA 1
ZONA 2
ZONA 3
ZONA 4
  ATE
EJES

Aparte de las condiciones comunes en el ámbito de ciudad, el PEUAT distingue cuatro zonas específicas con regulación propia. Cada una de estas se caracteriza por la distribución de los alojamientos en su territorio, la proporción entre el número de plazas que ofrecen y la población residente actual; la relación y las condiciones en las que se dan determinados usos; la incidencia de las actividades en el espacio público, y la presencia de puntos de interés turístico, así como por las características morfológicas de sus tejidos.

ZONA 1

ZONA DE DECRECIMIENTO. NO SE ADMITE LA IMPLANTACIÓN DE NINGÚN NUEVO TIPO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO NI LA AMPLIACIÓN DE PLAZAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS YA EXISTENTES.

VILA DE GRÀCIA
EIXAMPLE
HOSTAFRANCS
SANT ANTONI
POBLE SEC
CIUTAT VELLA
VILA OLÍMPICA
POBLENOU
PL. ESPANYA
RAMBLA
PLAYAS
PLAYAS

ZONA 1

ES DONDE HAY LA MAYOR CONCENTRACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS.

MEDIA DE POBLACIÓN DE VISITANTES FRENTE A RESIDENTES
25,1 %
ZONA 1
46 %
GÒTIC
68 %
DRETA EIXAMPLE
7,5 % media barrios de la ciudad
ZONA 1

¿Cómo se conseguirá el decrecimiento?

Más del 60 % de la oferta de plazas de Barcelona se sitúa en esta zona. Así pues, cuando cese una actividad de alojamiento, no se permitirá la apertura de ninguna otra.

VUT:

no podrá abrirse ninguna nueva. Se posibilita que, cuando exista una baja del censo de la zona 1, pueda abrirse un nuevo establecimiento en la zona 3, en las condiciones que se determinan para esta zona. Transitoriamente, y para el distrito de Ciutat Vella, se posibilita el reagrupamiento en edificio completo.

Hogares compartidos:

se admite su implantación mediante reconversión de las viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

no se admite ninguna nueva. Se admite su implantación mediante reconversión de establecimientos de alojamiento turístico o albergues de juventud ya existentes.

ZONA 2

MANTENIMIENTO DEL NÚMERO DE PLAZAS Y ESTABLECIMIENTOS ACTUALES. NO SE ADMITE LA AMPLIACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS EXISTENTES.

SANTS
SANT ANTONI
DIAGONAL MAR
EL PARC I LA LLACUNA DEL POBLENOU
LES CORTS
BAIX GUINARDÓ
FORT PIENC
FONT DE LA GUATLLA
PLAYAS
SAGRADA FAMILIA
DIAGONAL

ZONA 2

IMPORTANTE CONCENTRACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

9,7 %
ZONA 2
MEDIA DE POBLACIÓN DE VISITANTES FRENTE A RESIDENTES
7,5 % media barrios de la ciudad
ZONA 2

¿Cómo se conseguirá el mantenimiento?

Cuando se dé de baja en el censo un establecimiento, podrá implantarse otro del mismo número de plazas. Se definen criterios de distancias y de densidad radial en función de las dimensiones de los establecimientos.

VUT:

cuando se produzca una baja en la zona 2, será posible abrir un nuevo establecimiento en la zona 3, en las condiciones que se determinan para esta zona.

Hogares compartidos:

se admite su implantación mediante reconversión de las viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

no se admite ninguna nueva. Se admite su implantación mediante reconversión de establecimientos de alojamiento turístico o albergues de juventud ya existentes.

ZONA 3

SE PERMITIRÁ IMPLANTAR NUEVOS ESTABLECIMIENTOS Y AMPLIAR LOS EXISTENTES

HORTA
LES CORTS
SARRIÀ
VALLCARCA
EL GUINARDÓ
LA SAGRERA
LA VERNEDA
NOU BARRIS
RONDA DE DALT
MERIDIANA
GRAN VIA
ZONA 3

¿Cómo se conseguirá el crecimiento contenido?

El crecimiento será posible siempre que no se supere la densidad máxima de plazas, establecida sobre la base de la capacidad morfológica del ámbito y el grado actual de oferta de alojamiento turístico. Se definen criterios de distancias y de densidad radial en función de las dimensiones de los establecimientos.

VUT:

  • Se posibilita su redistribución dentro de la propia zona.
  • Puede abrirse un nuevo establecimiento cuando se produzca una baja en la zona 1, en la zona 2 o en la zona 4, hasta un máximo de 370 establecimientos.
  • Solo podrán situarse en manzanas cuya densidad no supere una relación de 1,48 % entre el número de VUT y el número de viviendas (media de la zona de mantenimiento) o bien hasta llenar un edificio entero con un máximo de diez VUT (y, en este caso, con usos de no vivienda).

Hogares compartidos:

se admite su implantación en la zona 3 por medio de la reconversión de viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

se admite su implantación bien por reconversión de un establecimiento de alojamiento turístico o albergue de juventud ya existentes, o bien como nueva implantación bajo condiciones de densidad radial.

ZONA 4

OTROS ÁMBITOS CON REGULACIÓN ESPECÍFICA

LA MARINA DEL PRAT VERMELL
22@ NORD
LA SAGRERA
ESTACIÓ DE SANTS
PASSEIG ZONA FRANCA
PL. GLÒRIES
MERIDIANA
ZONA 4

Cuatro grandes áreas de transformación

Esta zona corresponde a cuatro grandes áreas de transformación de la ciudad: la Marina del Prat Vermell, la Sagrera, el ámbito norte del 22@ y la estación de Sants, con características muy diversas, tanto de posición urbana como de intensidad edificatoria, de sus usos y de las condiciones en las que se están desarrollando.

VUT:

en estas áreas no se permiten nuevas VUT. La baja de una VUT ya existente permite abrir una nueva en la zona 3.

Hogares compartidos:

se admite su implantación por medio de la reconversión de VUT ya existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

se admite su implantación bien por reconversión de un establecimiento de alojamiento turístico o albergue de juventud ya existentes, o bien como nueva implantación bajo condiciones de densidad radial.

Áreas de tratamiento específico (ATE) y ejes principales

SE LIMITA LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS CON CONDICIONES ADICIONALES EN ESTAS ÁREAS

HORTA
SANT RAMON NONAT (COLLBLANC)
SARRIÀ
LES CORTS
VILAPICINA
FARRÓ
SANT ANDREU
CLOT - CAMP DE L'ARPA
SANTS
ATE

Se determinan unas áreas de tratamiento específico para los tejidos de la ciudad que requieren unas características de implantación diferenciadas a causa de su morfología urbana y los usos predominantes.

Se trata, básicamente, de los cascos antiguos de Sants, Les Corts, Sarrià, Horta, Sant Andreu, Clot - Camp de l’Arpa, el Poblenou, el Farró, Sant Ramon Nonat y Vilapicina.

Se definen unos ejes principales, coincidentes con la mayor parte de las vías estructurantes de la ciudad en el ámbito de movilidad, con unos parámetros reguladores específicos.

EJES PRINCIPALES

En estos ejes principales hay una regulación específica, independientemente de la regulación de la zona en la que se encuentran. Los ejes están situados en las zonas 2 y 3.

Condiciones

Para los establecimientos que se sitúen sobre los ejes principales se establece una condición de densidad lineal de 150 metros entre establecimientos, que sustituye la densidad radial.

• Esta distancia lineal se contará a partir del punto medio de la fachada del establecimiento.

• Además, estos establecimientos generan distancias radiales sobre su entorno inmediato.
TARRAGONA
AV. JOSEP TARRADELLAS
VIA AUGUSTA
RONDA DEL MIG
MERIDIANA
DIAGONAL
GRAN VIA
EJES PRINCIPALES
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INICI
Plan especial urbanístico de alojamientos turísticos
LAS ZONAS

El PEUAT es un instrumento urbanístico para ordenar y controlar la implantación de alojamientos turísticos en la ciudad y garantizar los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Aparte de las condiciones comunes en el ámbito de ciudad, el PEUAT distingue cuatro zonas específicas con regulación propia. Cada una de estas se caracteriza por la distribución de los alojamientos en su territorio, la proporción entre el número de plazas que ofrecen y la población residente actual; la relación y las condiciones en las que se dan determinados usos; la incidencia de las actividades en el espacio público, y la presencia de puntos de interés turístico, así como por las características morfológicas de sus tejidos.

ZONA DE DECRECIMIENTO. NO SE ADMITE LA IMPLANTACIÓN DE NINGÚN NUEVO TIPO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO NI LA AMPLIACIÓN DE PLAZAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS YA EXISTENTES.

¿Cómo se conseguirá el decrecimiento?

Más del 60 % de la oferta de plazas de Barcelona se sitúa en esta zona. Así pues, cuando cese una actividad de alojamiento, no se permitirá la apertura de ninguna otra.

VUT:

no podrá abrirse ninguna nueva. Se posibilita que, cuando exista una baja del censo de la zona 1, pueda abrirse un nuevo establecimiento en la zona 3, en las condiciones que se determinan para esta zona. Transitoriamente, y para el distrito de Ciutat Vella, se posibilita el reagrupamiento en edificio completo.

Hogares compartidos:

se admite su implantación mediante reconversión de las viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

no se admite ninguna nueva. Se admite su implantación mediante reconversión de establecimientos de alojamiento turístico o albergues de juventud ya existentes.

MANTENIMIENTO DEL NÚMERO DE PLAZAS Y ESTABLECIMIENTOS ACTUALES. NO SE ADMITE LA AMPLIACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS EXISTENTES.

¿Cómo se conseguirá el mantenimiento?

Cuando se dé de baja en el censo un establecimiento, podrá implantarse otro del mismo número de plazas. Se definen criterios de distancias y de densidad radial en función de las dimensiones de los establecimientos.

VUT:

cuando se produzca una baja en la zona 2, será posible abrir un nuevo establecimiento en la zona 3, en las condiciones que se determinan para esta zona.

Hogares compartidos:

se admite su implantación mediante reconversión de las viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

no se admite ninguna nueva. Se admite su implantación mediante reconversión de establecimientos de alojamiento turístico o albergues de juventud ya existentes.

SE PERMITIRÁ IMPLANTAR NUEVOS ESTABLECIMIENTOS Y AMPLIAR LOS EXISTENTES

¿Cómo se conseguirá el crecimiento contenido?

El crecimiento será posible siempre que no se supere la densidad máxima de plazas, establecida sobre la base de la capacidad morfológica del ámbito y el grado actual de oferta de alojamiento turístico. Se definen criterios de distancias y de densidad radial en función de las dimensiones de los establecimientos.

VUT:

  • Se posibilita su redistribución dentro de la propia zona.
  • Puede abrirse un nuevo establecimiento cuando se produzca una baja en la zona 1, en la zona 2 o en la zona 4, hasta un máximo de 370 establecimientos.
  • Solo podrán situarse en manzanas cuya densidad no supere una relación de 1,48 % entre el número de VUT y el número de viviendas (media de la zona de mantenimiento) o bien hasta llenar un edificio entero con un máximo de diez VUT (y, en este caso, con usos de no vivienda).

Hogares compartidos:

se admite su implantación en la zona 3 por medio de la reconversión de viviendas de uso turístico existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

se admite su implantación bien por reconversión de un establecimiento de alojamiento turístico o albergue de juventud ya existentes, o bien como nueva implantación bajo condiciones de densidad radial.

Otros ámbitos con regulación específica

Cuatro grandes áreas de transformación

Esta zona corresponde a cuatro grandes áreas de transformación de la ciudad: la Marina del Prat Vermell, la Sagrera, el ámbito norte del 22@ y la estación de Sants, con características muy diversas, tanto de posición urbana como de intensidad edificatoria, de sus usos y de las condiciones en las que se están desarrollando.

VUT:

en estas áreas no se permiten nuevas VUT. La baja de una VUT ya existente permite abrir una nueva en la zona 3.

Hogares compartidos:

se admite su implantación por medio de la reconversión de VUT ya existentes.

Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona:

se admite su implantación bien por reconversión de un establecimiento de alojamiento turístico o albergue de juventud ya existentes, o bien como nueva implantación bajo condiciones de densidad radial.

SE LIMITA LA IMPLANTACIÓN DE NUEVOS ESTABLECIMIENTOS CON CONDICIONES ADICIONALES EN ESTAS ÁREAS

Se determinan unas áreas de tratamiento específico para los tejidos de la ciudad que requieren unas características de implantación diferenciadas a causa de su morfología urbana y los usos predominantes.

Se trata, básicamente, de los cascos antiguos de Sants, Les Corts, Sarrià, Horta, Sant Andreu, Clot - Camp de l’Arpa, el Poblenou, el Farró, Sant Ramon Nonat y Vilapicina.

Se definen unos ejes principales, coincidentes con la mayor parte de las vías estructurantes de la ciudad en el ámbito de movilidad, con unos parámetros reguladores específicos.

En estos ejes principales hay una regulación específica, independientemente de la regulación de la zona en la que se encuentran. Los ejes están situados en las zonas 2 y 3.

Condiciones

Para los establecimientos que se sitúen sobre los ejes principales se establece una condición de densidad lineal de 150 metros entre establecimientos, que sustituye la densidad radial.

• Esta distancia lineal se contará a partir del punto medio de la fachada del establecimiento.

• Además, estos establecimientos generan distancias radiales sobre su entorno inmediato.
ZONA 1
ZONA 2
ZONA 3
ZONA 4
ATE
EJES
VILA DE GRÀCIA
EIXAMPLE
HOSTAFRANCS
SANT ANTONI
POBLE SEC
CIUTAT VELLA
BARCELONA
VILA OLÍMPICA
POBLENOU
PL. ESPANYA
RAMBLA
PLAYAS
PLAYAS
ZONA 1

ZONA 1

ES DONDE HAY LA MAYOR CONCENTRACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS.

MEDIA DE POBLACIÓN DE VISITANTES FRENTE A RESIDENTES
25,1 %
ZONA 1
46 %
GÒTIC
68 %
DRETA EIXAMPLE
7,5 % media barrios de la ciudad
VILA DE GRÀCIA
SANTS
SANT ANTONI
DIAGONAL MAR
EL PARC I LA LLACUNA DEL POBLENOU
LES CORTS
BAIX GUINARDÓ
FORT PIENC
FONT DE LA GUATLLA
PLAYAS
SAGRADA FAMILIA
DIAGONAL
ZONA 2

ZONA 2

IMPORTANTE CONCENTRACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

9,7 %
ZONA 2
MEDIA DE POBLACIÓN DE VISITANTES FRENTE A RESIDENTES
7,5 % media barrios de la ciudad
HORTA
LES CORTS
SARRIÀ
VALLCARCA
EL GUINARDÓ
LA SAGRERA
LA VERNEDA
NOU BARRIS
RONDA DE DALT
MERIDIANA
GRAN VIA
ZONA 3
LA MARINA DEL PRAT VERMELL
22@ NORD
LA SAGRERA
ESTACIÓ DE SANTS
PASSEIG ZONA FRANCA
PL. GLÒRIES
MERIDIANA
ZONA 4
HORTA
SANT RAMON NONAT (COLLBLANC)
SARRIÀ
LES CORTS
VILAPICINA
FARRÓ
SANT ANDREU
CLOT - CAMP DE L'ARPA
SANTS

ATE

dels cascs antics que conformaven els antics municipis que es van agregar a Barcelona a finals del segle XIX i inicis del XX

TARRAGONA
AV. JOSEP TARRADELLAS
VIA AUGUSTA
RONDA DEL MIG
MERIDIANA
DIAGONAL
GRAN VIA
EJES PRINCIPALES
ZONA 1
Viviendas de uso turístico (VUT)
5.27432.962 plazas
Establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, hoteles apartamentos, hostales y pensiones, apartamentos turísticos)
55952.875 plazas
Albergues de juventud
837.211 plazas
Alojamientos turísticos / plazas turísticas
5.91693.048 plazas
Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona
292.966 plazas
ZONA 2
Viviendas de uso turístico (VUT)
3.13418.995 plazas
Establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, hoteles apartamentos, hostales y pensiones, apartamentos turísticos)
13921.653 plazas
Albergues de juventud
301.629 plazas
Alojamientos turísticos / plazas turísticas
3.30342.277 plazas
Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona
163.149 plazas
ZONA 3
Viviendas de uso turístico (VUT)
1.0165.699 plazas
Establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, hoteles apartamentos, hostales y pensiones, apartamentos turísticos)
658.504 plazas
Albergues de juventud
151.792 plazas
Alojamientos turísticos / plazas turísticas
1.09615.995 plazas
Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona
316.471 plazas
ZONA 4
Viviendas de uso turístico (VUT)
1042 plazas
Establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, hoteles apartamentos, hostales y pensiones, apartamentos turísticos)
31.156 plazas
Albergues de juventud
00 plazas
Alojamientos turísticos / plazas turísticas
131.198 plazas
Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona
61.979 plazas
  ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4
Viviendas de uso turístico (VUT) 5.27432.962 plazas 3.13418.995 plazas 1.0165.699 plazas 1042 plazas
Establecimientos de alojamiento turístico (hoteles, hoteles apartamentos, hostales y pensiones, apartamentos turísticos) 55952.875 plazas 13921.653 plazas 658.504 plazas 31.156 plazas
Albergues de juventud 837.211 plazas 301.629 plazas 151.792 plazas 00 plazas
Alojamientos turísticos / plazas turísticas 5.91693.048 plazas 3.30342.277 plazas 1.09615.995 plazas 131.198 plazas
Residencias colectivas docentes de alojamiento temporal en suelo de zona 292.966 plazas 163.149 plazas 316.471 plazas 61.979 plazas

¿Por qué se ha hecho?

  • Maletes
    Aligeramiento de la presión turística

    Para aliviar aquellas áreas o zonas de la ciudad con una fuerte presión turística.

  • Mans
    Respuesta a demandas ciudadanas

    Para dar respuesta a la preocupación y al malestar de la ciudadanía hacia los fenómenos derivados del turismo, teniendo en cuenta el incremento desmesurado y sin orden ni control de las plazas de alojamiento turístico en la ciudad.

  • Balança
    Equilibrio

    Para buscar un equilibrio urbano y una diversificación que aseguren un encaje sostenible de la actividad turística y, específicamente, de los alojamientos turísticos con el resto de actividades.

  • Habitatge
    Garantía del derecho a la vivienda

    Para garantizar el derecho a la vivienda (ningún tipo de alojamiento turístico puede sustituir una vivienda) y el descanso, la intimidad y el bienestar del vecindario, así como la calidad del espacio.

Il·lustració que representa l'equilibri entre turime i habitants de la ciutat
Il·lustració que representa l'equilibri entre turime i habitants de la ciutat

La finalidad del PEUAT es mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y construir:

Una Barcelona para todo el mundo

Una ciudad para vivir

Que garantice la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de Barcelona y preserve el derecho de las personas a la vivienda, al descanso y a la intimidad, a la movilidad sostenible y a un medio ambiente saludable.

Parc de la creueta del Coll

Una ciudad que preserve la calidad del espacio público

Donde se detecten los ámbitos más sensibles y con un uso ya muy intenso, ya sea por la presencia de alguno de los principales atractivos turísticos o por el hecho de concentrar actividad comercial y de servicios en las plantas bajas de los edificios.

Persones jugant al futbol a la platja de la Barceloneta

Una ciudad con una mixtura de usos equilibrada

Donde la diversidad urbana, la convivencia de usos y las diferentes actividades económicas puedan coexistir sin generar conflictos y garanticen el bienestar de los vecinos y vecinas.

Vista panoràmiques de Barcelona des del Tibidabo

Una ciudad con diversidad morfológica de los tejidos urbanos

Donde se gradúe el tamaño y la dimensión de los alojamientos en función de las características de la trama urbana.

 Parella de persones grans asseguda a un banc de l'Avinguda Mistral