Convocatoria de subvenciones para las inversiones a fin de llevar a cabo estudios de impacto acústico de los establecimientos de música en vivo para el año 2022
- Estado:
- En justificación
- Plazo de presentación:
Del 22 de junio al 20 de julio de 2022 (ambos inclusive)
- Temas:
- Cultura
- Ciudad
- 2022
- Acceso al trámite:
- Ir a la Oficina Virtual
Última actualización:
Esta convocatoria se dirige a los establecimientos de pública concurrencia o de difusión cultural que dispongan o estén en trámite de obtener una licencia que les permita hacer música en vivo, o a los establecimientos que deseen llevar a cabo un estudio de impacto acústico con la finalidad de cooperar en la mejora, la modernización y la adecuación a las normativas vigentes de los establecimientos privados de creación, producción, difusión y comercio cultural de la ciudad de Barcelona.
Los establecimientos que hacen música en vivo o que quieren adecuar las instalaciones para hacerla, pueden solicitar la subvención en las modalidades siguientes:
- Modalidad A: Espacios de pequeño formato, con aforo inferior a 150 personas, espacios de difusión cultural u otros similares (establecimientos de música en vivo, bares, cafeterías, restaurantes u otros), que quieren adecuar el local para la realización de música en vivo amplificada.
- Modalidad B: Espacios de medio y gran formato, como salas de conciertos, salas de fiestas, bares musicales, discotecas o similares, con aforo superior a 150 personas que hacen o quieren hacer música en vivo amplificada.
Pueden optar a estas subvenciones las personas físicas o personas jurídicas constituidas legalmente, titulares de la gestión de los espacios beneficiarios de las subvenciones. El establecimiento debe estar situado en la ciudad de Barcelona y tiene que haber realizado las inversiones durante el año 2022 o hacerlas durante el año 2023 y acabarlas antes del 30 de septiembre de 2023.
Para las personas jurídicas, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es obligatorio rellenar y presentar la solicitud a través de la Oficina Virtual de Trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona. Las personas físicas, de acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán hacerlo telemáticamente, a través de la Oficina Virtual de Trámites de la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona, o presencialmente, solicitando cita previa en las oficinas de atención ciudadana (OAC) o cita previa en la Oficina Ciudadana de la Cultura (OCCU).
Plazo de presentación de solicitudes: del 22 de junio al 20 de julio de 2022 (ambos inclusive).
- Bases [Ca] (PDF 117.76 KB)
- Convocatoria [Ca] (PDF 406.75 KB)
- Instancia (PDF 166.02 KB)
- Descripción del proyecto (PDF 41.23 KB)
- Plantilla de inversión modalidad A IVA NO subvencionable (XLSX 12.61 KB)
- Plantilla de inversión modalidad A IVA subvencionable (XLSX 12.33 KB)
- Plantilla de inversión modalidad A IVA subvencionable. Prorrata (XLSX 14.1 KB)
- Plantilla de inversión modalidad B IVA no subvencionable (XLSX 12.68 KB)
- Plantilla d'inversió modalitat B iva subvencionable (XLSX 12.33 KB)
- Plantilla de inversión modalidad B IVA subvencionable. Prorrata (XLSX 14.1 KB)
- Datos del acreedor (DOCX 87.24 KB)
- Declaración de transparencia (DOCX 48.04 KB)
- Trámite
- Memoria justificación (DOCX 148.53 KB)
- Modalidad A - Memoria económica - IVA no subvencionable (XLSX 15.63 KB)
- Modalidad A - Memoria económica - IVA subvencionable (XLSX 15.36 KB)
- Modalidad B - Memoria económica - IVA no subvencionable (XLSX 15.43 KB)
- Modalidad B - Memoria económica - IVA subvencionable (XLSX 15.26 KB)
- Declaración responsable facturas originales (DOC 20.89 KB)
- Carta Reintegro (DOCX 62.95 KB)
- Estado:
- En justificación
- Plazo de presentación:
Del 22 de junio al 20 de julio de 2022 (ambos inclusive)
- Temas:
- Cultura
- Ciudad
- 2022
- Acceso al trámite:
- Ir a la Oficina Virtual