Este mas de mayo, a los servicios infoJOVE de Barcelona han llegado muchas dudas sobre requisitos, documentación necesaria y tramitación del Bono Alquiler Joven. Reproducimos en este artículo, algunas de las más destacadas.
1.- ¿Todos los contratos de alquiler sirven para solicitar el Bono Alquiler Joven?
No. Sólo los contratos de alquiler de vivienda habitual registrados en el INCASÒL.
2.- Si el contrato está modificado por un anexo, ¿este anexo será válido?
Siempre que el anexo esté registrado en el INCASÒL, también se podrá presentar y se tendrá en cuenta a la hora de resolver la solicitud.
3.- Cuando se pide el Bono Alquiler Joven con un contrato de habitación, ¿este contrato tiene que estar registrado en el INCASÒL?
No, no es necesario que el contrato de habitación esté registrado en el INCASÒL, ni tampoco requiere ningún tipo de formalidad.
4.- No firmaré contrato hasta el mes de julio y todavía no estoy empadronado/a en la vivienda. ¿En mi caso, entonces, no puedo solicitar el Bono Alquiler Joven?
Sí. Puedes solicitarlo si todavía no tienes contrato de alquiler o habitación, pero prevés tenerlo. La ayuda, en caso de que te la concedan, queda condicionada a la presentación del contrato de alquiler en dos meses y del empadronamiento, en tres meses.
6.- ¿Qué pasa si no estoy empadronado/a en la vivienda?
Si presentas un contrato de alquiler o de habitación y no estás empadronado/a en la vivienda no podrás pedir el Bono Alquiler Joven.
7- Comparto piso con mi compañero y el pago lo hacemos con una cuenta que está a su nombre (yo le hago el traspaso a él). En las bases de la convocatoria pone que se tienen que adjuntar los comprobantes del pago del piso donde tiene que constar el nombre de la persona quien hace la solicitud y a quién va dirigido. ¿Qué pasa si los recibos están a su nombre?
En principio, si sois más de dos compañeros de piso que solicitáis el Bono Alquiler Joven, presentaréis los mismos recibos que harán referencia a la misma vivienda. Será conveniente hacer una pequeña explicación como observaciones o hacer una declaración firmada por todos vosotros y adjuntarla también en la solicitud, explicando que aunque uno de vosotros hace el ingreso, todos pagáis conjuntamente la vivienda.
8.- Para justificar el recibo del pago de rentas, ¿se considera válido un recibo firmado por la persona arrendadora?
Sólo se admiten las siguiente formas de pago: recibo domiciliado, transferencia bancaria, Bizum o recibo firmado por el administrador de la finca. Los recibos manuscritos no serán admitidos.
9.- ¿Qué documentación se tiene que presentar para justificar los propios ingresos?
La documentación que se tiene que presentar para justificar ingresos dependerá de cuándo has empezado a trabajar:
- Si trabajas desde antes del 2021, tendrás que aportar la declaración de la renta del 2020 o el certificado de imputaciones del año 2020, si no has hecho la renta.
- Si has empezado a trabajar este 2022, tienes que aportar una declaración responsable de ingresos, el contrato laboral y las nóminas de hasta el momento que presentes la solicitud.
- Si empezaste a trabajar en el 2021, entrega el certificado de imputaciones de este año o declaración de la renta 2021 o certificado de retenciones e ingresos de la empresa o empresas en que trabaste en 2021, y una declaración responsable.
10.- En el 2020 ya trabajaba, pero no hice la declaración de renta porque no tenía obligación de hacerla. ¿Cómo justifico los ingresos?
Si el año 2020 trabajaste, pero no presentaste la declaración de la renta, justificarás tus ingresos con un certificado de imputaciones del año 2020.
11.- Llevo trabajando para la misma empresa desde el 2013, después estuve en ERTO desde marzo del 2020 hasta junio del 2021, entonces, ¿qué tendría que poner? ¿Que he empezado a trabajar en el 2021?
No, llevas trabajando desde antes del 2021, por lo tanto tienes que justificar ingresos con la declaración del IRPF del 2020. Si no la hiciste, lo tendrás que justificar con un certificado de imputación de rentas del año 2020.
Si autorizas a la Administración a consultar tus datos, no hará falta que presentes ninguno de estos dos documentos. Pero, para eso, recuerda que es importante autorizar esta consulta en el formulario de la solicitud.
12.- ¿En qué casos tengo que presentar declaración responsable de ingresos?
Sólo tienes que presentar la declaración responsable de ingresos si has empezado a trabajar (inicio vida laboral) el año 2021 o en el 2022.
13.- ¿Tenemos que justificar también ingresos de las personas titulares del contrato que no estén empadronadas?
No, para justificar ingresos sólo se tendrán en cuenta las personas empadronadas en la vivienda.
14.- Tengo un compañero de piso que no puede pedir el Bono Alquiler Joven, pero está empadronado en mi vivienda, ¿se tendrán en cuenta también sus ingresos para calcular los ingresos máximos?
Si tu compañero de piso no solicita el Bono Alquiler Joven, se tendrán en cuenta los ingresos de toda la unidad de convivencia, es decir, todas las personas empadronadas en la vivienda.
15.- Si mi compañera de piso y yo pedimos el Bono Alquiler Joven, ¿qué ingresos se tendrán en cuenta para calcular los ingresos máximos?
Si el Bono Alquiler Joven lo pide más de una personarse titular de la misma vivienda, se tendrán en cuenta los ingresos individuales de cada solicitante.
16.- ¿Qué se entiende por unidad de convivencia?
Por unidad de convivencia se entiende todas las personas empadronadas en la vivienda.
17.- Si mi contrato es posterior al 1 de enero del 2022, ¿a partir de cuando empezarán a pagarme?
Si presentas un contrato de alquiler o de habitación posterior al 1 de enero del 2022, te pagarán a partir del mes siguiente a la entrada en vigor del contrato.
18.- ¿El Bono Alquiler Joven tiene efectos sobre la declaración de la renta a nivel impositivo?
Sí, afecta ya que se considera una ganancia patrimonial (siempre que supere los 1.000€) y, por lo tanto, te obliga a hacer la declaración aunque no estés obligado por ingresos de trabajo y te aumenta la base imponible y, por lo tanto, la cuota a pagar.
19.- En la hoja SEPA, cuando tienes que poner los datos bancarios dice «Diligencia de conformidad de la entidad de crédito (firmado y sellado)». ¿Qué quiere decir?
La hoja SEPA o de datos de transferencia bancaria acredita que eres titular de la cuenta bancaria donde recibirás cada mes la ayuda. Es uno de los documentos básicos que tienes que tener preparado para solicitar la ayuda.
La diligencia de conformidad de la entidad es el sello de la entidad bancaria con la firma. Tienes que ir a la entidad bancaria para que pongan el sello de la entidad y firmen según los datos son correctos.
Recuerda que el documento de datos de transferencia bancaria u hoja SEPA se puede sustituir por un certificado de titularidad de la cuenta bancaria emitida por la entidad bancaria (si tienes banca, se puede descargar al momento).
20.- Si, por el motivo que sea, los ingresos anuales del 2022 aumentan y superan el importe indicado como máximo, ¿podría ser un problema?
Cualquier modificación de las condiciones que fueron tenidas en cuenta para la concesión, significará el retorno de las cantidades cobradas desde el momento de la modificación.
La persona beneficiaria siempre tiene la obligación de comunicar este cambio a la Agencia de la Vivienda en un plazo máximo de quince días.
Éstas han sido las dudas más consultadas sobre el Bono Alquiler Joven. Puedes consultar la respuesta a otras preguntas frecuentes sobre la ayuda en este enlace.
Recuerda que si, necesitas más información o asistencia en la tramitación de la ayuda puedes dirigirte a las Oficinas de la Vivienda de Barcelona.