¿Quién puede promover un proceso participativo?
El proceso participativo se puede convocar por voluntad del equipo de gobierno, a propuesta de un grupo municipal (hasta un máximo de dos al año por grupo), a petición del Consejo de Ciudad o por instancia de la ciudadanía mediante una iniciativa ciudadana.
El grupo impulsor del proceso participativo estará formado por las personas que han liderado la propuesta de llevarlo a cabo. Su finalidad es ordenar y organizar el proceso que se debe seguir, definiendo los perfiles de las personas llamadas a participar, así como los métodos que se utilizarán.
Los procesos participativos promovidos por una iniciativa ciudadana se pueden iniciar cuando se validan las firmas recogidas que son necesarias para llevarlo a cabo y definiendo cuál será el objeto de debate durante el proceso y a qué ámbito territorial está circunscrito.
Los procesos participativos disponen de la Comisión de Seguimiento de los procesos participativos y de la Comisión Asesora de los procesos participativos. Ambas tienen por objetivo velar por que el despliegue de los instrumentos permita la máxima inclusión y diversidad de las personas participantes y se garanticen los principios de igualdad y no discriminación.
Comisión de Seguimiento
Todo proceso participativo tiene una Comisión de Seguimiento que se encargará de velar por la calidad del proceso, asegurar la pluralidad de participantes y garantizar la accesibilidad, la inclusión y la no discriminación de género.
También puede emitir informes sobre las enmiendas presentadas por las personas participantes, conocer y debatir el informe de resultados del proceso y añadir sugerencias o mejoras.
La Comisión de Seguimiento estará formada por un mínimo de 5 y un máximo de 25 personas, que procurarán la máxima pluralidad en cuanto a edad, origen y género. En caso de que el proceso se haya promovido a partir de una iniciativa ciudadana, se integrarán en la comisión de seguimiento tres personas propuestas por la comisión promotora.
Durante el proceso participativo, se puede ampliar la composición de las personas miembro a propuesta de una tercera parte, como mínimo, de sus componentes.
Ninguna de las personas que forma parte de la Comisión de Seguimiento puede ser un cargo electo en ninguna institución municipal, nacional o europea. Tampoco pueden ser funcionarios eventuales ni cargos directivos municipales.
Comisión Asesora de los procesos participativos
La Comisión Asesora es un grupo de personas con una trayectoria conocida y reconocida, con un amplio conocimiento de los procesos participativos y las dinámicas que se establecen.
Tiene como funciones asesorar, acompañar y velar por que los procesos participativos se lleven a cabo con la máxima calidad y rigor posibles.
La Comisión Asesora debe emitir informes y hacer recomendaciones sobre las metodologías, las herramientas y los mecanismos necesarios para conseguir pluralidad y diversidad de voces en el desarrollo del proceso.
La Comisión Asesora es de carácter consultivo y está formada por seis personas con experiencia, que acreditarán su pericia sobre procesos participativos y conocimientos especializados en género, diversidad y accesibilidad, entre otros.
En ningún caso podrán formar parte de la Comisión Asesora cargos electos de instituciones municipales, nacionales o europeas. Tampoco podrán ser funcionarios eventuales ni cargos directivos municipales.
La configuración de la Comisión Asesora se establece con una tercera parte a propuesta del Consejo de Ciudad, una tercera parte a propuesta de la Comisión de Gobierno y una tercera parte a propuesta ciudadana, y los miembros se escogen mediante elección directa a través de la plataforma digital.
¿Cómo me puedo informar y qué procesos hay en marcha?
Decidim.barcelona es la plataforma digital de participación del Ayuntamiento de Barcelona para construir una ciudad más democrática y transparente. Un espacio de referencia para construir una ciudad abierta, participativa y con un marcado protagonismo ciudadano.
La plataforma recoge todos los procesos participativos en curso. Mediante la plataforma puedes participar también en los procesos, informarte de su estado y de las convocatorias a los debates y encontrar los informes de resultados finales y hacer el seguimiento.
Actos y debates
Durante los procesos participativos se organizan actos y debates en función de las características específicas de cada proceso y de las personas que participan en estos. Estos espacios de debate estarán planificados y pueden ser convocatorias abiertas o puntos de encuentro mediante invitación. En todos los casos, se asegurará la plena accesibilidad e igualdad de condiciones para todas las personas que participen en ellos, además de garantizar que estén representadas todas las voces.
Siempre contarán con un facilitador o una facilitadora que colaborará para desarrollar y dinamizar la sesión.
Los resultados de estas sesiones se publicarán en la plataforma digital y se enviarán a todas las personas que participen en el proceso.
Durante la fase de retorno del proceso participativo, el informe de resultados incluirá el conjunto de conclusiones a las que se llegue en los espacios de debate, ya sean convocatorias físicas o virtuales a través de la plataforma digital.