Ya se puede solicitar el voto por correo

05/04/2023 - 12:18 h

Para las personas que el día de las elecciones, el 28 de mayo, prevén estar fuera de Barcelona, existe la opción del voto por correo. El trámite para solicitarlo empieza una vez convocadas las elecciones municipales, y se puede realizar hasta el 18 de mayo.

¿Cómo se hace para solicitar el voto por correo?

El trámite para solicitar el voto por correo se puede realizar en cualquier oficina de Correos, pidiendo el impreso de solicitud de voto por correo. También se puede solicitar en el web de Correos. Después se tiene que rellenar indicando la dirección donde quieres recibir toda la documentación y enviarlo a través de una oficina de Correos, donde requieren el DNI para realizar el trámite. Se puede presentar hasta el 18 de mayo.

¿Quién puede votar por correo?

Se deben cumplir los mismos requisitos requeridos para ejercer el voto presencial: ser mayor de edad y estar empadronado, es decir, estar inscrito en el censo electoral. La inscripción se realiza de manera automática, pero a partir de mediados de abril se podrá consultar el censo electoral para comprobar que no haya errores y presentar alegaciones.

Las personas extranjeras también lo pueden solicitar, pero en su caso tienen que ser de la Unión Europea o de alguno de los trece países con acuerdo de reciprocidad que tienen derecho al voto. Previamente han tenido que cumplir ciertos requisitos, como estar inscritos en el padrón y el censo electoral.

¿Cómo se vota por correo?

Una vez se ha solicitado que se quiere votar por correo, la persona recibirá en casa la documentación electoral: las papeletas, los sobres electorales, el certificado de inscripción al censo e información sobre cómo votar y la mesa electoral correspondiente.

Una vez escogida la candidatura y si se han seguido todas las instrucciones, el sobre se devuelve a una oficina de Correos y se envía por correo certificado. La documentación se tiene que recibir antes del 22 de mayo, y el plazo para enviarla finaliza el 24 de mayo.

¿Cómo se hace efectivo el voto por correo?

Correos es el encargado de la custodia de los votos hasta las 9.00 horas del día de la votación, el 28 de mayo. A partir de aquella hora, que es cuando abren las mesas electorales, se distribuyen los sobres entre las mesas correspondientes, para que se puedan incluir en el recuento.

Una vez solicitado, ya no se puede votar de forma presencial el día de las elecciones. Igualmente, solicitarlo no impide entrar en el sorteo para formar parte de una mesa electoral.