Aquí encontrarás una recopilación de los derechos de las personas LGTBI para garantizar el respeto y un trato digno. Toma nota.

 

Formación y sensibilización de los y las profesionales

Los y las profesionales de la salud, de la educación, del mundo laboral, de los servicios sociales, de la justicia y los cuerpos de seguridad, del deporte y el ocio y de la comunicación tienen derecho a que las administraciones públicas catalanas les garanticen una formación y sensibilización adecuadas como profesionales de tareas de prevención, detección, atención, asistencia y recuperación.

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Los y las profesionales de la salud, de la educación, del mundo laboral, de los servicios sociales, de la justicia y los cuerpos de seguridad, del deporte y el ocio y de la comunicación tienen el deber de denunciar una situación de riesgo o la sospecha fundada de discriminación o violencia por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género.

Deben comunicárselo a los cuerpos y fuerzas de seguridad y al órgano competente.

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Educación

Tienes derecho a la coeducación, es decir, a que la diversidad sexual y afectiva, la identidad de género y los diferentes modelos de familia sean respetados en los diferentes ámbitos educativos, a través de:

  • Mecanismos de detección de situaciones de discriminación o exclusión de cualquier persona por su orientación sexual o identidad de género.
  • Planes de acción tutorial y reglamentos de convivencia de los centros educativos.
  • Materiales escolares, educativos y formativos.

Esto afecta a los centros y las entidades de formación, la educación de adultos, la formación de madres y padres, las actividades deportivas escolares, las actividades de ocio infantil y juvenil y las universidades.

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Cultura, ocio y deporte

Tienes derecho a que las administraciones públicas de Cataluña velen por la incorporación de actividades para la no discriminación por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género en:

  • Certámenes culturales y actividades deportivas.
  • Proyectos sobre la recuperación de la memoria histórica.
  • Espectáculos y producciones culturales infantiles y juveniles.
  • Recursos didácticos y fondos documentales en la educación no formal

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Tienes derecho a que las administraciones públicas de Cataluña:

  • Promuevan y difundan buenas prácticas de las asociaciones y las empresas de educación en el tiempo libre y de las entidades juveniles en relación con los principios de igualdad, respeto y tolerancia.
  • Garanticen la libre participación y un trato correcto hacia las personas LGTBI en las competiciones deportivas, con la implicación de las federaciones deportivas.
  • Amplíen las funciones del Observatorio Catalán del Deporte con respecto a las acciones contra la violencia y la discriminación en el ámbito deportivo y la recogida de las buenas prácticas de sensibilización de los clubes, las agrupaciones y las federaciones deportivas.
  • Permitan el acceso a bibliografía específica sobre la temática LGTBI.
  • Adopten medidas para evitar que se puedan cometer actos homofóbicos, bifóbicos o transfóbicos en espectáculos y actividades deportivas. 

     

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Medios de comunicación

Tienes derecho a que el Consejo del Audiovisual de Cataluña:

  • Garantice que el código deontológico de los medios de comunicación cumpla los principios de esta ley de acuerdo con el respeto a la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las diversas expresiones afectivas.
  • Haga recomendaciones sobre cómo referirse a la homosexualidad, la bisexualidad, la transidentidad y la intersexualidad.
  • Vele por que los contenidos de los medios y la publicidad sean respetuosos con las personas LGTBI.
  • Vele por que los medios de comunicación traten con normalidad la diversidad de opciones afectivas y sexuales y de modelos diversos de familia y de identidad o expresión de género, de modo que se favorezca la visibilidad de referentes positivos.
  • Vele por que los medios de comunicación muestren en la programación la diversidad respecto a la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género y respecto a los modelos de familia.
  • Haga un seguimiento de las informaciones que no respeten la diversidad sexual, la identidad de género o la expresión de género, e informar a la Sindicatura de Agravios, al Parlamento y al Consejo Nacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales.

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Salud

Tienes derecho a que el sistema sanitario de Cataluña tenga en cuenta las necesidades específicas de las personas LGTBI, para garantizarles el derecho a recibir la atención sanitaria y a disfrutar de los servicios de salud en condiciones de igualdad. También se debe garantizar que los miembros de parejas estables, con independencia de su orientación sexual o identidad de género, tengan los mismos derechos que la normativa sectorial sanitaria reconoce a los cónyuges o familiares más próximos.

Tienes derecho a que las administraciones públicas catalanas:

  • Velen por que la política sanitaria sea respetuosa con las personas LGTBI y no trate directa o indirectamente la condición de estas personas, especialmente transgéneros e intersexuales, como una patología.
  • Elaboren políticas de salud pública que velen por el derecho a la salud de las personas LGTBI, con la adaptación de los protocolos establecidos, en su caso.
  • Garanticen estrategias específicas para afrontar los problemas de salud específicos de las personas LGTBI, respetando el derecho a la intimidad de los afectados.
  • Creen mecanismos de participación de las personas, entidades y asociaciones LGTBI en las políticas relativas a la salud sexual.
  • Garanticen el estudio, la investigación y el desarrollo de políticas sanitarias específicas para personas LGTBI.
  • Se aseguren de que la documentación administrativa y los formularios médicos se adecuan a la diversidad de modelos de familias y a la diversidad por identidad de género.

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Tienes derecho a que las administraciones públicas catalanas:

  • Promuevan prácticas sanitarias o terapias psicológicas lícitas y respetuosas, nunca aversivas, hacia la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género.
  • Fomenten el uso de métodos preventivos para garantizar prácticas sexuales seguras y evitar infecciones de transmisión sexual.
  • Hagan acciones de promoción de la salud, sensibilización y prevención del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual.

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Tienes derecho a que las administraciones públicas catalanas:

  • Incorporen en el sistema sanitario la atención integral a personas transgénero y a personas intersexuales y definan los criterios de acceso al tratamiento hormonal y a la intervención quirúrgica.

 

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Tienes derecho a que las administraciones públicas catalanas:

  • Garanticen a las mujeres lesbianas la igualdad de acceso a las técnicas de reproducción asistida.

 

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Acción social

Tienes derecho a que las administraciones públicas catalanas pongan especial cuidado en el apoyo a adolescentes y jóvenes LGTBI que estén en riesgo de exclusión social para prevenir situaciones que pongan en peligro su vida o su salud. Asimismo, la Generalitat debe impulsar medidas y acciones de apoyo a adolescentes y jóvenes LGTBI que se hayan marchado de casa por malos tratos físicos o psicológicos.

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Tienes derecho a que se establezcan medidas para prevenir la discriminación múltiple de las personas LGTBI y evitar la exclusión social.

Tienes derecho a que en los servicios sociales o en las residencias para las personas mayores se vele por no discriminar por motivos de orientación sexual o identidad de género.

Tienes derecho a que en las residencias o en otros equipamientos en que se diferencian los espacios por sexos se procure que las personas transgénero puedan utilizar el espacio del género con el que se identifican.

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Orden público y privación de libertad

Tienes derecho a que el Gobierno:

  • Establezca las medidas pertinentes para garantizar un trato y una estancia adecuados de las personas LGTBI en las dependencias policiales.
  • Establezca normas de identificación y cacheo para personas transgénero de acuerdo con la identidad sentida.
  • Permita y facilite a las personas transgénero detenidas o internas que continúen su tratamiento médico u hormonal.
  • Garantice que las personas internas transgénero en los centros penitenciarios sean tratadas de manera adecuada al género con el que se identifican.
  • Garantice que en la formación inicial y continuada del personal de seguridad (policías locales, cuerpo de Mossos d’Esquadra y personal penitenciario, etcétera) se trate la diversidad con respecto a la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género, y también la normativa que protege a las personas LGTBI.

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Tienes derecho a que el Gobierno:

  • Aplique un protocolo para tratar íntegra y adecuadamente a las víctimas de agresiones por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • Promueva la denuncia por parte de las víctimas de violencia por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

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Participación y solidaridad

Tienes derecho a que la Generalitat promueva la lucha por los derechos de las personas LGTBI en las políticas de cooperación y fomento de la paz:

  • Introduciendo la diversidad respecto a la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género como un área más de trabajo en el ámbito de la inmigración.
  • Apoyando a las personas que han sufrido persecución o represalias en sus países de origen.
  • Manteniendo contacto con el conjunto de representantes de las creencias religiosas que conviven en Cataluña.

 

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Mercado de trabajo

Tienes derecho a que el departamento competente en materia de trabajo tenga en cuenta, en sus políticas, el derecho de las personas a no ser discriminadas por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género. Las empresas deben adoptar medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral.  El Gobierno debe promover que las empresas adopten de forma voluntaria planes de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, con el apoyo técnico necesario.

Tienes derecho a que el Departamento de Trabajo:

  • Garantice la no discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género y el pleno ejercicio de los derechos de las personas LGTBI, en la contratación y en las condiciones de trabajo y empleo, al personal de la Administración de la Generalitat.
  • Impulse acciones para garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación en las empresas: incorporar criterios de igualdad de oportunidades en las convocatorias de subvención o incentivar a los sindicatos y las empresas a hacer campañas de sensibilización.
  • Fomente la implantación progresiva de indicadores de igualdad que tengan en cuenta la realidad de las personas LGTBI en el sector público y privado y de un distintivo para las empresas que destaquen en políticas de igualdad y no discriminación.
  • Promueva la formación del personal responsable de la inspección de trabajo y de la prevención de riesgos laborales sobre las discriminaciones que pueden sufrir las personas LGTBI y la diversidad de orientación sexual, identidad y expresión de género.
  • Inste a los y las responsables de la inspección de trabajo a informar de los casos de discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • Impulse espacios de participación y campañas divulgativas específicas en colaboración con las asociaciones LGTBI.

 

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Tienes derecho a que el Departamento de Trabajo:

  • Promueva la inserción laboral de las personas transgénero.
  • Impulse nuevas formas de gestionar el tiempo de trabajo y de conciliar la vida laboral, personal y familiar.

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Familias

Como familia, tenéis derecho a la protección jurídica que determina la ley, que ampara las relaciones familiares derivadas del matrimonio, de la convivencia en pareja estable y de las familias monoparentales.

Tenéis derecho a que, en la valoración de la idoneidad en los procesos de adopción, no haya discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género.

En caso de muerte de un miembro de una pareja estable, el otro miembro de la pareja tiene los mismos derechos que los matrimonios a participar en la identificación del cadáver y en el entierro y a recibir los objetos personales, entre otros trámites necesarios.

Tenéis derecho a que el servicio de atención integral, en coordinación con los gobiernos locales, atienda a las víctimas de violencia machista y a las personas LGTBI que sufren discriminación en el ámbito familiar. Las administraciones públicas de Cataluña deben procurar que la documentación administrativa se adecue a las relaciones afectivas de las personas LGTBI y a la diversidad de familias.

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Tenéis derecho a que los órganos competentes de la Generalitat en materia de familia e igualdad y los ayuntamientos hagan campañas de información dirigidas a las familias con los siguientes objetivos:

  • Divulgar las diversas realidades afectivas y de género.
  • Combatir la discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • Promover la igualdad de trato de las personas LGTBI más vulnerables, como los adolescentes, la juventud y las personas mayores.

 

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Personas transgénero e intersexuales

Tienes derecho a que las administraciones públicas de Cataluña y, especialmente, las del ámbito educativo y universitario, establezcan por reglamento las condiciones para que las personas transgénero y las intersexuales sean tratadas y llamadas de acuerdo con el nombre del género con el que se identifican, aunque sean menores de edad. También deben garantizar el secreto de los datos sobre la identidad de género

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Tienes derecho a que se te garanticen los derechos de consulta y de información específica para las personas transgénero y las intersexuales en ámbitos como el acceso al mercado de trabajo, los tratamientos hormonales y las intervenciones quirúrgicas o la salud sexual y reproductiva.

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Como persona transgénero o intersexual, tienes derecho a acogerte a lo que establece esta ley sin que sea necesario ningún diagnóstico de trastorno de identidad de género ni ningún tratamiento médico.

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Derecho a la igualdad de las personas LGTBI

Es el derecho que tienen todas las personas de reclamar a juzgados y tribunales que inicien un proceso para obtener una resolución motivada.

Según cada caso, será necesario lo siguiente:

  • Adoptar medidas necesarias para detener la discriminación.
  • Adoptar medidas cautelares.
  • Prevenir futuras violaciones.
  • Indemnizar por los daños causados.
  • Restablecer a la persona perjudicada para que pueda volver a ejercer su derecho.

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El ejercicio del derecho de admisión no puede comportar en ningún caso discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Los criterios y las limitaciones de las condiciones, tanto de acceso como de estancia, deben ser visibles mediante letreros en las entradas.

Las personas titulares de establecimientos y espacios abiertos al público y los organizadores de espectáculos y actividades recreativas están obligados a impedir el acceso o a expulsar a las personas que:

  • Violenten de palabra o de hecho a otras personas por razón de orientación sexual, de identidad de género o de expresión de género.
  • Exhiban públicamente símbolos, indumentaria u objetos que inciten a la violencia, a la discriminación o a la homofobia, la bifobia o la transfobia.

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Las administraciones públicas deben garantizar el derecho de las personas LGTBI a recibir información y asistencia jurídica especializada relacionada con la discriminación y los diversos tipos de violencia contra ellas.

También deben garantizar la protección integral inmediata a las personas LGTBI víctimas de violencia o discriminación.

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Si una persona denuncia discriminación por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género y aporta indicios fundados, corresponde a la parte demandada demostrar que no ha vulnerado el principio de igualdad.

Este principio no se aplica en procedimientos penales ni administrativos sancionadores.

El órgano administrativo o sancionador, de oficio o a instancia de la parte, puede pedir informes a los órganos competentes en materia de igualdad.

 

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