¿Qué puedo hacer si tengo problemas para pagar el alquiler?

28/12/2020 - 11:52

La Asesora de Vivienda Compartida de la Red de Puntos de Información Juvenil, Mari Carmen Jiménez, y la abogada de la Oficina de Vivienda de Nou Barris, Maria Romero, hablan sobre los recursos para mantener la vivienda en caso de que el inquilino tenga problemas para pagar el alquiler y evitar los desahucios en una sesión del ciclo «Juventud Conectada». En este ciclo, organizado por los puntos de Información Juvenil de Barcelona, ​​se han hecho una serie de charlas online para dar a conocer los servicios y equipamientos juveniles del Ayuntamiento de Barcelona y resolver dudas a través de las preguntas de los jóvenes.

En esta sesión se explican los recursos que la Red de Oficinas de Vivienda ofrece a aquellas personas que, debido a su situación de vulnerabilidad, tienen problemas para pagar el alquiler. A continuación os resumimos los conceptos clave de la sesión, pero si queréis profundizar encontrareis la charla completa en el siguiente enlace.

 

La clave es prevenir

Si pensamos que podemos tener problemas para pagar el alquiler, la clave es adelantarse al problema y prevenir antes de dejar de pagar y generar una deuda, según explicó la abogada de la Oficina de Vivienda de Nou Barris, Maria Romero. En este sentido ha hablado de dos ayudas que pueden ser útiles:

– Ayuda estatal al alquiler: se publica habitualmente entre los meses de abril y junio, y se otorga en función de la renta. Hay que dirigirse a la Oficina de Vivienda y solicitarla.

– Prestación municipal derivada de la mediación: estas prestaciones están abiertas casi todo el año y se otorgan tras un proceso de mediación con el propietario. La condición para obtenerla es conseguir que el propietario baje el alquiler un mínimo de 50 euros y que el contrato tenga una duración de un mínimo de 12 meses.

 

Recursos disponibles cuando se debe alguna mensualidad

Si no se ha llegado a tiempo y el inquilino ya debe alguna mensualidad, todavía tiene herramientas que le pueden ayudar a sufragar esta deuda, como la Prestación Especial de Urgencia. Para poder pedirla hay que cumplir una serie de requisitos: el alquiler debe ser como máximo de 750 €, el contrato debe tener un año de vigencia a partir de la fecha de la ayuda, la deuda debe ser como máximo de 3.000 euros y se han de demostrar algunos ingresos para poder hacer frente al alquiler tras recibir la ayuda que está destinada sólo a pagar una deuda puntual.

Si el inquilino no cumple alguno de estos requisitos siempre se puede recurrir a la mediación de la Oficina de Vivienda para renegociar la renta, ampliar la vigencia del contrato o la deuda en caso de que supere la cantidad de las ayudas.

 

Si nada de esto funciona y se inicia el proceso de desahucio

Si el proceso de mediación no ha tenido éxito, el inquilino no ha conseguido ninguna de las ayudas disponibles y deja de pagar, el propietario puede iniciar un proceso judicial de desahucio por impago. Romero ha aclarado que, contrariamente a lo que muchos piensan, el propietario puede iniciar un proceso de desahucio desde el primer mes de impago, incluso si el alquiler se paga con retraso. No es una práctica habitual, pero podría hacerlo.

Una vez el inquilino recibe la demanda de desahucio, el inquilino tiene un plazo de diez días para entregar las llaves de manera voluntaria, liquidar la deuda o continuar el proceso judicial a través de un abogado porque no está de acuerdo. Es importante tener en cuenta que, dependiendo de sus ingresos, puede tener derecho a justicia gratuita. Hay pedirlo durante los tres primeros días después de recibir la demanda y, hasta que se le asigne el abogado de oficio, el proceso se detendrá.

El inquilino también puede dirigirse a la Oficina de Vivienda donde se le pueden ofrecer varios recursos. Por un lado, siempre se puede iniciar un proceso de mediación para optar a una prestación especial de urgencia, que es más rápida si hay un proceso de desahucio abierto. Si la deuda es muy elevada se puede proponer al propietario incluir la vivienda en la Bolsa de Vivienda para que el inquilino pueda mantener la vivienda y el propietario tenga una cobertura de rentas en caso de impago, además de otras bonificaciones y una subvención para obras, que se han de poder hacer mientras los inquilinos viven en ella.

 

Si a pesar de todo no se consigue detener el desahucio

Puede que la mediación no funcione y llegue la fecha de lanzamiento. Si el proceso judicial continúa el Servicio de Intervención en situaciones de Pérdida de la Vivienda y/Empleos (SIPHO) acompañará al inquilino en todo el proceso de desahucio hasta el día del lanzamiento intentando la última negociación para suspenderlo.

Si a pesar de esto se acaba ejecutando el desahucio, el inquilino todavía tiene opciones:

– Acogerse a la mesa de emergencia.

– Buscar una nueva vivienda y pedir la prestación por personas desahuciadas que subvenciona hasta el 60% del alquiler de la nueva vivienda y 600 euros para pagar la fianza. Para solicitarla es necesario que la persona desahuciada sea titular del nuevo contrato de alquiler, aunque no sea la única.

– Inscribirse como demandante en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial para optar a una vivienda pública.

 

Más recursos e información a la Red de Oficinas de Vivienda

Las Oficinas de Vivienda de Barcelona ofrecen información sobre estos servicios y muchos otros así como asesoramiento en materia legal. Hay diez, una en cada distrito de la ciudad, y cuentan con un equipo técnico especializado que se encarga de ofrecer atención personalizada a los usuarios.

Actualmente atienden sólo con cita previa y en los casos en que los trámites no se puedan hacer telemáticamente. Su personal, sin embargo, ofrece asesoramiento telefónico a través del servicio «Vivienda te llama» y, en caso de que sea imprescindible realizar el trámite de manera presencial, se dará día y hora para una de las Oficinas de Vivienda de Barcelona.