La propuesta se tendrá que presentar por el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Barcelona, aportando la documentación siguiente:
- Instancia genérica indicando a quién se hace la propuesta de premio, a persona individual o grupo de personas.
- Aval de 100 firmas de personas residentes en el distrito o de 3 entidades también del distrito debidamente inscritas en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Barcelona a la propuesta de premio presentada.
- Currículum de la persona o grupo de personas candidatas, donde se indiquen los méritos para optar al premio, así como todos los documentos que se crean oportunos con el fin de acreditarlos.
Tanto las entidades como las personas a título individual sólo pueden avalar una candidatura por año.
Los premios pueden ser otorgados a título póstumo, siempre que la persona candidata haya fallecido en el transcurso del cierre de la presentación de las candidaturas del año anterior y el momento de la entrega de los premios.
Las candidaturas deben estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener ninguna deuda con el Ayuntamiento de Barcelona.