Los tributos que quedan incluidos en esta tarifa plana son los tributos de padrón periódico:
- Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
- Impuesto de circulación (IVTM)
- Tasa de vados
- Tasa de terrazas
- Tasa de residuos.
El importe de la cuota no variará en todo el ejercicio, excepto los meses de noviembre y diciembre, porque durante estos meses ya se habrá podido calcular la deuda del año y se podrá ajustar. Si el ajuste es a favor de la persona contribuyente, se efectuará la devolución de oficio en la cuenta domiciliada de la tarifa plana. Si no, se hará un último cargo a cuenta. Al final del ejercicio se calculará el importe de la cuota para el año siguiente y se le comunicará al titular por medio electrónico.
En caso de que la persona contribuyente se quiera dar de baja del servicio, lo podrá hacer a través del Portal de Trámites y se hará efectiva en el ejercicio siguiente. Por otro lado, el retorno de un pago será motivo para dar de baja el servicio y se le notificará al titular junto con la carta de pago de los tributos que tenga con deuda pendiente.
Las personas interesadas se podrán dar de alta en este servicio hasta el 10 de enero mediante el enlace siguiente: https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/ca/tramit/20220001572