Subvenciones para mejorar la imagen y la accesibilidad de los locales de la Plaza del Mercadal

03/03/2021 - 15:51

Las tiendas y locales comerciales se pueden acoger a partir de unos requisitos. Te los explicamos.

AYUDAS PARA LOCALES COMERCIALES

¿Cuál es el ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN de esta subvención 2021?

Dentro de la convocatoria 2021 de ayudas en el comercio que publica el Instituto Municipal del Paisaje Urbano de Barcelona, hay un apartado de especial interés que comprende el ámbito de la plaza Mercadal.

¿QUIÉN puede pedir subvención?

Propietarios o inquilinos de locales comerciales de menos de 500 m2.

. Con una inversión mínima de 750 €.

. no haber cambiado de titular o de actividad los dos años anteriores a la solicitud de informe previo.

¿Cuáles son las ACTUACIONES SUBVENCIONABLES?

Las subvenciones irán destinadas a la mejora de la imagen exterior y la accesibilidad de los locales comerciales teniendo en cuenta la normativa vigente y, en especial, la Ordenanza de los Usos del Paisaje Urbano y la normativa vigente en materia de accesibilidad.

¿Cuáles son las AYUDAS?

. 50% para comercios situados en el ámbito de actuación, con un tope de 15.000 €.

. Éste ayudas serán complementados hasta un máximo del 75% con un tope de 2.000 €, suplementarios para los conceptos directamente atribuibles a obras de accesibilidad (incluyendo todo aquello imprescindible de acuerdo con los requisitos técnicos del programa).

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

¿Cuál es el PROCEDIMIENTO para solicitar las ayudas del Instituto Municipal de Paisaje Urbano?

1. Solicitud de informe técnico previo (fecha máxima de entrega el 30 de noviembre de 2020).

Documentación: Solicitud de informe técnico previo, declaración responsable y presupuesto de las obras y resumen de los presupuestos, acreditación de solicitante y de titularidad (licencia de actividades, identificación titular y conformidad de la propiedad).

Requisitos: No haber iniciado obras y haber efectuado la solicitud de permiso de obra, de acuerdo con el proyecto de un técnico calificado.

2. Emisión del informe técnico previo por parte del Instituto Municipal del Paisaje Urbano.

3. Inicio de las obras y solicitud de las ayudas (fecha máxima de entrega el 31 de diciembre de 2021).

Documentación: Comunicar el inicio de obras de acuerdo con el modelo normalizado.

Requisitos: haber recogido el informe técnico previo y tener concedido el permiso.

4. Finalización de las obras (no hay fecha máxima de entrega. Es la dataestablerta al permiso de obras).

Documentación: Certificado final de obra, facturas y comprobantes de pago de las obras realizadas, resumen de las facturas y los recibos (modelo normalizado), documento de domiciliación bancaria (modelo normalizado) y, si se quiere endosar la subvención, documento de endoso (modelo normalizado).

Requisitos: Entrega de la documentación dentro de los 3 meses posteriores a la fecha de finalización de las obras.

5. Valoración y pago de la subvención por parte del Instituto Municipal del Paisaje Urbano y Calidad de Vida.

¿DÓNDE se pueden dirigir las consultas?

Instituto Municipal del Paisaje Urbano y Calidad de Vida. Por correo electrónico: paisatgeurba@bcn.cat.

¿Dónde tengo que ENTREGAR la documentación?

Mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Barcelona.